Modifican el Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería

UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA

Resolución Rectoral

Nº 2366-2022-UNI

Lima, 17 de noviembre de 2022

Visto el Oficio Nº 517-2022-VA/UNI de fecha 15 de setiembre de 2022 del Vicerrectorado Académico y el Oficio Nº 2022-2022-OCAL-UNI de fecha 03 de octubre de 2022 de la Oficina Central de Asesoría Legal de la Universidad Nacional de Ingeniería;

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 57º, Numeral 57.2, de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, establece como una de las atribuciones de la Asamblea Universitaria: “Reformar los estatutos de la universidad con la aprobación de por lo menos dos tercios del número de miembros, y remitir el nuevo Estatuto a la SUNEDU”;

Que, con Oficio Nº 517-2022-VA/UNI de fecha 15 de setiembre de 2022, el Vicerrectorado Académico trasladó al Despacho del Rectorado el Acuerdo Nº 001 de la Sesión Nº 001-2022 de la Comisión de Reforma Estatutaria de la UNI, llevada a cabo el 26 de agosto de 2022, respecto a la propuesta de modificación de la Quinta Disposición Complementaria Final del Estatuto UNI:

ACUERDO Nº 001: Se acordó por unanimidad aprobar el texto de Modificación Parcial a la Quinta Disposición Complementaria Final del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería cuyo texto es el siguiente:

“QUINTA.- Las Empresas de la Universidad Nacional de Ingeniería son personas jurídicas de derecho privado constituidas conforme a las disposiciones de la Ley General de Sociedades bajo la forma de sociedades anónimas cerradas, en las cuales la Universidad tiene la mayoría del accionariado.

El Rector preside el directorio de las empresas de la Universidad Nacional de Ingeniería y de la Junta General de Accionistas, designa al Gerente General y está facultado para invitar a los vicerrectores y decanos a formar parte de los directorios de las empresas.

El Rector alternativamente puede proponer que sea una empresa de prestigio la búsqueda y evaluación de ejecutivos, la que se encargue de seleccionar al Presidente del Directorio, Presidente de la Junta General de Accionistas, miembros del Directorio y Gerente General (...)”

Que, mediante Oficio Nº 2022-2022-OCAL-UNI de fecha 03 de octubre de 2022, la Oficina Central de Asesoría Legal, respecto a la modificación a la Quinta Disposición Complementaria Final del Estatuto UNI, recomendó la siguiente redacción:

“La Universidad Nacional de Ingeniería es representada por el Rector ante la Junta General de Accionistas y del directorio de la sociedad en las que cuenta con accionariado y/o participación. Asimismo, se encuentra facultado de proponer ante las empresas, a los vicerrectores y decanos, como directores de la sociedad.

El Rector, alternativamente, puede proponer que una empresa de prestigio realice la búsqueda y evaluación de ejecutivos, para la selección del Presidente de Directorio, miembros del Directorio y Gerente General.

Lo expuesto en la presente disposición podrá aplicarse siempre y cuando no contravenga el estatuto de las sociedades en las que la UNI tenga accionariado y sea aprobado por la Junta General de Accionistas y/o el Directorio, según corresponda.”

Que, el Consejo Universitario en Sesión Ordinaria Virtual Nº 18 de fecha 21 de octubre de 2022 acordó por mayoría aprobar la propuesta de modificación a la Quinta Disposición Complementaria Final del Estatuto UNI, presentada por la Oficina Central de Asesoría Legal;

Que, la Asamblea Universitaria en Sesión Extraordinaria Nº 07 de fecha 07 de noviembre de 2022 sometió a votación la propuesta de modificación a la Quinta Disposición Complementaria Final del Estatuto UNI, presentada por la Oficina Central de Asesoría Legal, la cual fue debatida y reformulada por los miembros de la Asamblea Universitaria; aprobándose por “unanimidad” la modificación a la Quinta Disposición Complementaria Final del Estatuto UNI con el siguiente texto:

QUINTA.- Las Empresas de la Universidad Nacional de Ingeniería son personas jurídicas de derecho privado constituidas conforme a las disposiciones de la Ley General de Sociedades, bajo la forma de sociedades anónimas cerradas, en las cuales la Universidad tiene la mayoría del accionariado.

La Universidad Nacional de Ingeniería es representada por el Rector ante la Junta General de Accionistas y el directorio de las sociedades en las que cuenta con accionariado y/o participación. Asimismo, se encuentra facultado de proponer ante las empresas, a docentes de la Universidad Nacional de Ingeniería, que cumplan con el perfil idóneo y de reconocido prestigio, previamente aprobado por el Consejo Universitario, como directores de la sociedad.

El Rector, alternativamente, puede proponer que una empresa de prestigio realice la búsqueda y evaluación de ejecutivos, para la selección del Presidente del Directorio y miembros del Directorio.

Lo expuesto en la presente disposición podrá aplicarse siempre y cuando no contravenga el estatuto de las sociedades en las que la Universidad Nacional de Ingeniería tenga accionariado y sea aprobado por la Junta General de Accionistas y/o el Directorio, según corresponda.

(...)

Estando a lo aprobado por la Asamblea Universitaria en Sesión Extraordinaria Virtual Nº 07 de fecha 07 de noviembre de 2022, de conformidad con lo establecido en los Artículos 14º y 25º del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería, y en concordancia con el Artículo 57º, Numeral 57.2, de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Modificar la Quinta Disposición Complementaria Final del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería, en los términos siguientes:

QUINTA.- Las Empresas de la Universidad Nacional de Ingeniería son personas jurídicas de derecho privado constituidas conforme a las disposiciones de la Ley General de Sociedades, bajo la forma de sociedades anónimas cerradas, en las cuales la Universidad tiene la mayoría del accionariado.

La Universidad Nacional de Ingeniería es representada por el Rector ante la Junta General de Accionistas y el directorio de las sociedades en las que cuenta con accionariado y/o participación. Asimismo, se encuentra facultado de proponer ante las empresas, a docentes de la Universidad Nacional de Ingeniería, que cumplan con el perfil idóneo y de reconocido prestigio, previamente aprobado por el Consejo Universitario, como directores de la sociedad.

El Rector, alternativamente, puede proponer que una empresa de prestigio realice la búsqueda y evaluación de ejecutivos, para la selección del Presidente del Directorio y miembros del Directorio.

Lo expuesto en la presente disposición podrá aplicarse siempre y cuando no contravenga el estatuto de las sociedades en las que la Universidad Nacional de Ingeniería tenga accionariado y sea aprobado por la Junta General de Accionistas y/o el Directorio, según corresponda.

La designación de los demás representantes de la Universidad a la Junta de Accionistas de la empresa de la Universidad, se debe ajustar al perfil profesional que contribuya a la gestión especializada de la empresa.

Los representantes de la Universidad Nacional de Ingeniería ante las empresas de la Universidad, propugnarán una gestión técnica especializada y altamente competente en el giro de la actividad empresarial respectiva, debidamente alineada con los fines de la Universidad en la investigación y el perfeccionamiento de la formación profesional. Para ello, la empresa de la Universidad, conjuntamente con la Alta Dirección de la Universidad, formularán y aprobarán los respectivos planes y programas de acción conjunta.

Anualmente el Consejo Universitario, a través del Rector, convocará al Presidente del Directorio y de la Junta General de Accionistas así como al Gerente General de cada empresa, para que rinda informe sobre su situación económica, financiera y técnica.

Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución a la Superintendencia Nacional de Educación Universitaria - SUNEDU - para conocimiento y fines pertinentes.

Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Web de la Universidad Nacional de Ingeniería, en el Órgano Oficial de la UNI “La Gaceta” y en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

PABLO ALFONSO LÓPEZ CHAU NAVA

Rector

2127370-1