Aprueban el Manual de Clasificador de Cargos del Ministerio de Salud

RESOLUCIÓN SECRETARIAL

N° 230-2022/MINSA

Lima, 18 de noviembre de 2022

Visto, el expediente N° OGGRH020220000327, que contiene el Informe N° D000011-2022-OGGRH-ODRH-ECCDO-MINSA, de la Oficina de Desarrollo de Recursos Humanos de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos y el Informe D000103-2022-OGPPM-OOM-MINSA de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y, el Informe N° D000335-2022-OGAJ-MINSA de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud; y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 6 de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, establece que las oficinas de recursos humanos de las entidades públicas, o las que hagan sus veces, constituyen el nivel descentralizado responsable de la gestión de recursos humanos, sujetándose a las disposiciones que emita el ente rector, teniendo entre sus funciones, ejecutar e implementar las disposiciones, lineamientos, instrumentos o herramientas de gestión establecidas por la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) y por la entidad;

Que, mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR/PE, se formaliza la aprobación de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional” (en adelante, la Directiva), la misma que contiene, entre otras, las reglas que permitan a las entidades públicas, elaborar, aprobar, modificar y actualizar su Manual de Clasificador de Cargos;

Que, el literal c) del sub numeral 5.1 del numeral 5 de la Directiva, define al Manual de Clasificador de Cargos como el documento de gestión institucional en el que se describen de manera ordenada todos los cargos de la entidad, estableciendo su denominación, clasificación, funciones y requisitos mínimos para el ejercicio de las funciones y cumplimiento de objetivos de la entidad;

Que, el numeral 6.1.7 de la Directiva, señala que la Oficina de Recursos Humanos o la que haga las veces debe elevar la propuesta de Manual de Clasificador de Cargos (MCC) al(la) titular de la entidad, previa opinión favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto (OPP) o la que haga las veces, en lo concerniente al ámbito de su competencia; asimismo, dispone que de obtener la validación, el(la) titular de la entidad aprueba el MCC y gestiona la publicación de la resolución en el Diario Oficial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano, en el Portal Institucional, en el Portal de Transparencia, y/o en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la jurisdicción, o en otro medio que asegure de manera ineludible su publicidad; dependiendo del nivel de gobierno de la entidad;

Que, de acuerdo al literal h) del sub numeral 5.1 del numeral 5 de la Directiva, el Titular de la entidad es la máxima autoridad administrativa para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos;

Que, el artículo 12 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado con Decreto Supremo N° 008-2017-SA y modificatorias, establece que la Secretaría General es la máxima autoridad administrativa de la entidad;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 595-2008/MINSA, de fecha 27 de agosto de 2008, se aprobó el Manual de Clasificación de Cargos del Ministerio de Salud, modificado con las Resoluciones Ministeriales N° 554-2010/MINSA, N° 583-2011/MINSA, N° 516-2012/MINSA, N° 938-2012/MINSA, N° 231-2014/MINSA, N° 038-2016/MINSA, N° 341-2016/MINSA, N° 536-2016/MINSA, N° 454-2017/MINSA, N° 830-2017/MINSA, N° 1312-2018-MINSA y N° 1331-2018-MINSA, y las Resoluciones Secretariales N° 157-2020-MINSA, N° 069-2021-MINSA y N° 225-2021-MINSA;

Que, la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, tiene por objeto establecer los requisitos mínimos y los impedimentos para el acceso a los cargos de funcionarios y directivos públicos de libre designación y remoción, con el fin de garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de su función; y, señala en su Segunda Disposición Complementaria Final, que las entidades públicas, cuando corresponda, formulan o adecúan, de manera gradual, sus instrumentos de gestión en el marco del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos;

Que, la Cuarta Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley N° 31419, aprobado por el Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, establece que para el cumplimiento de la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley, cuando corresponda, las entidades actualizan o modifican sus instrumentos de gestión de recursos humanos, en el marco de los lineamientos aprobados por SERVIR para la elaboración, aprobación, actualización y modificación del CAP Provisional o el CPE y el Manual de Clasificador de Cargos o el Manual de Perfiles de Puestos, según corresponda, en un plazo no mayor a ciento ochenta (180) días calendario contados a partir de la entrada en vigencia del referido Reglamento;

Que, mediante el Informe N° D000011-2022-OGGRH-ODRH-ECCDO-MINSA, de la Oficina de Desarrollo de Recursos Humanos de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, sustenta y propone la aprobación del Manual de Clasificador de Cargos del Ministerio de Salud, conforme a las disposiciones contenidas en la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, y a lo dispuesto en la Ley N° 31419 y su Reglamento;

Que, con Informe N° D000103-2022-OGPPM-OOM-MINSA, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, emite opinión favorable sobre la propuesta de aprobación del Manual de Clasificador de Cargos del Ministerio de Salud, de conformidad con lo establecido en la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH;

Que, el sub numeral 2.3.1 del numeral 2.3 del artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 003-2022/MINSA, que delega facultades a diversos funcionarios del Ministerio de Salud, durante el Año Fiscal 2022, prevé la delegación al/a la Secretario/a General del Ministerio de Salud, para el Ejercicio Fiscal 2022, en materia de Acciones Administrativas del Pliego 011: Ministerio de Salud, la facultad de aprobar, modificar y dejar sin efecto, entre otros documentos de gestión, el Clasificador de Cargos;

Con el visado de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31419, Ley que establece Disposiciones para Garantizar la Idoneidad en el Acceso y Ejercicio de la Función Pública de Funcionarios y Directivos de Libre Designación y Remoción; el Decreto Legislativo N° 1161 y modificatorias, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; el Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 31419, Ley que establece Disposiciones para Garantizar la Idoneidad en el Acceso y Ejercicio de la Función Pública de Funcionarios y Directivos de Libre Designación y Remoción, y otras disposiciones; el Decreto Supremo N° 008-2017-SA y modificatorias, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR-PE, que formaliza la aprobación de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal” y la Resolución Ministerial N° 003-2022/MINSA;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Dejar sin efecto el Manual de Clasificación de Cargos del Ministerio de Salud, aprobado con la Resolución Ministerial N° 595-2008/MINSA y sus modificatorias.

Artículo 2.- Aprobar el Manual de Clasificador de Cargos del Ministerio de Salud, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Secretarial, y que se publica en la sede digital del Ministerio de Salud.

Artículo 3.- Encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Secretarial y su Anexo en la sede digital del Ministerio de Salud.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LOLY WIDER HERRERA LAVADO

Secretario General

2126798-1