Disponen la publicación, en el portal institucional, del Proyecto de Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general y publicación de proyectos normativos, la Exposición de Motivos que lo sustenta y el Decreto Supremo que lo aprobaría

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 0354-2022-JUS

Lima, 18 de noviembre de 2022

VISTOS, el Proveído N° 6076-2022/JUS-VMJ del Despacho Viceministerial de Justicia; el Informe Legal N° 321-2022-JUS/DGDNCR de la Dirección General de Desarrollo Normativo y Calidad Regulatoria; y, el Informe N° 1030-2022-JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, el literal f) del artículo 4 de la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos establece que dicho ministerio es competente en defensa, coherencia y perfeccionamiento del ordenamiento jurídico;

Que, en el marco de las mencionadas competencias, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos tiene como una de sus funciones específicas, estudiar y proponer la dación y reformas de la legislación, de conformidad con lo señalado en el literal I) del artículo 7 de la citada Ley;

Que, la Quinta Disposición Complementaria Final del Reglamento que desarrolla el Marco Institucional que rige el Proceso de Mejora de la Calidad Regulatoria y establece los Lineamientos Generales para la aplicación del Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante (Reglamento AIR Ex Ante), aprobado mediante Decreto Supremo Nº 063-2021-PCM, dispone que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos actualiza el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS;

Que, el numeral 3) del artículo 13 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que los proyectos de reglamento se publican en el portal electrónico respectivo por no menos de cinco (5) días calendario, para recibir aportes de la ciudadanía, cuando así lo requiera la Ley;

Que, en atención al principio de participación y transparencia en la gestión pública que recoge el artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y; los principios previstos en el artículo 5 del Reglamento AIR Ex Ante, para la mejora de la calidad regulatoria, es que dada la trascendencia del “Proyecto de Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general y publicación de proyectos normativos” resulta necesario difundirlo, disponiendo su publicación, así como la del Decreto Supremo que lo aprobaría y la Exposición de Motivos que lo sustenta, en el Portal del Estado Peruano y en el Portal Institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a fin de permitir que los interesados formulen las sugerencias, comentarios y/o recomendaciones sobre dicha propuesta normativa;

Con el visado del Viceministerio de Justicia; de la Dirección General de Desarrollo Normativo y Calidad Regulatoria; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Reglamento que desarrolla el Marco Institucional que rige el Proceso de Mejora de la Calidad Regulatoria y establece los Lineamientos Generales para la aplicación del Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante aprobado mediante Decreto Supremo Nº 063-2021-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1. Disponer la publicación durante cinco (5) días calendario del Proyecto de Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general y publicación de proyectos normativos, la Exposición de Motivos que lo sustenta y el Decreto Supremo que lo aprobaría, en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.gob.pe/minjus).

Artículo 2. Establecer un plazo de cinco (05) días hábiles contados desde el día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial, a fin de recibir las sugerencias, comentarios o recomendaciones de las personas interesadas.

Artículo 3. Las sugerencias, comentarios o recomendaciones podrán ser presentadas en la Mesa de Partes del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, ubicado en Calle Scipión Llona N° 350, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima; así como, a través de la mesa de trámite documentario virtual, cuya dirección web es https://sgd.minjus.gob.pe/sgd-virtual/public/ciudadano/ciudadanoMain.xhtml, o, a través del correo electrónico asesoriadgdncr@minjus.gob.pe.

Artículo 4. Encargar a la Dirección General de Desarrollo Normativo y Calidad Regulatoria recibir, procesar y sistematizar las sugerencias, comentarios o recomendaciones que se presenten.

Artículo 5. Disponer que la Oficina General de Tecnologías de Información y la Oficina General de Imagen y Comunicaciones procedan en el ámbito de sus competencias a implementar lo dispuesto en el artículo 1 de la presente, en la misma fecha de publicación de la Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FÉLIX I. CHERO MEDINA

Ministro de Justicia y Derechos Humanos

2126484-1