UNIVERSIDAD NACIONAL DE

SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO

SECRETARÍA GENERAL

RESOLUCIÓN Nº R-813-2022-UNSAAC

Cusco, 22 de septiembre de 2022

EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO:

VISTO, el Expediente Nº 424660, presentado por Don FLORENTINO MAQQUERA HUALLPA, egresado de la hoy Escuela Profesional de Derecho de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, con Código Universitario Nº 081863, solicitando emisión de duplicado de Diploma de Título Profesional de Abogado, por motivo de deterioro, y;

CONSIDERANDO:

Que, por Ley Nº 28626 y la modificatoria del TUO del Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país, aprobado por Resolución Nº 1256-2013-ANR, se faculta a las universidades públicas y privadas, la expedición de duplicados de diplomas de Grados y Títulos Profesionales, por motivos de pérdida, deterioro y mutilación; siempre que se cumpla las formalidades y requisitos de seguridad previstos por cada universidad; norma concordante con el Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos de la SUNEDU, aprobado por Resolución del Consejo Directivo Nº 009-2015-SUNEDU/ CD, de fecha 18 de diciembre de 2015 y modificado por Resolución del Consejo Directivo Nº 038-2016-SUNEDU/CD de fecha 11 de noviembre de 2016 y Resolución de Consejo Directivo Nº 010-2017-SUNEDU/CD de fecha 16 de marzo de 2017;

Que, el otorgamiento de Duplicado de Diploma de Grados y Títulos Profesionales emitidos por la Universidad Nacional de San Antonio Abad de Cusco, está regulado por la Directiva aprobada por Resolución Nº CU-224-2006-UNSAAC, de fecha 09 de febrero de 2006, actualizada por Resolución Nº R-1152-2017-UNSAAC, de fecha 19 de setiembre de 2017;

Que, el administrado mediante expediente del Visto, solicita emisión de duplicado de Diploma de Título Profesional de Abogado, por la causal de deterioro, para cuyo efecto cumple con adjuntar a su petición los requisitos exigidos en la Directiva para el otorgamiento de Duplicados de Grados y Títulos Profesionales emitidos por la UNSAAC;

Que, mediante Informe Nº 048-2022-GT-UNSAAC, el Equipo de Grados y Títulos de Secretaría General, hace de conocimiento que, de acuerdo a la Base de Datos y el Libro de Registros del Equipo de Grados y Títulos de la UNSAAC, Don FLORENTINO MAQQUERA HUALLPA ha optado el Título Profesional de Abogado, según consta de la Resolución Nº CU-2211-2018-GT/UNSAAC con fecha 02 de agosto de 2018, inscrito en el Libro Nº 14, Folio Nº 2510, Diploma Nº 2211;

Que, al respecto, con Oficio Nº 173-2022-FDCS-UNSAAC, la Decana de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Institución informa que, de acuerdo a los archivos de la Escuela Profesional de Derecho, el administrado, ha optado el Título Profesional de Abogado, aprobándose su expediente mediante Resolución Nº D-017-2017-DE-FDCS-UNSAAC de fecha 10 de enero de 2017;

Que, mediante Resolución Nº R-0148-2020-UNSAAC, se autoriza la rectificación administrativa de nombre por mandato judicial del señor FLORENTINO MAQQUERA HUALLPA en lugar de Florentino Ilachoque Huallpa, en todos los documentos académicos y administrativos que obran en la Institución.

Que, la Autoridad Universitaria ha tomado conocimiento del referido expediente y ha dispuesto la emisión de la Resolución correspondiente, con cargo a dar cuenta al Consejo Universitario de la Institución;

Estando a lo solicitado, Oficio Nº 173-2022-FDCS-UNSAAC, Informe Nº 048-2022-GT-UNSAAC y en uso de las atribuciones conferidas a este Rectorado por la Ley y el Estatuto Universitario;

RESUELVE:

Primero.- AUTORIZAR a la Secretaría General de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, proceda a la emisión de DUPLICADO DE DIPLOMA de Título Profesional de Abogado, a favor de Don FLORENTINO MAQQUERA HUALLPA, egresado de la hoy Escuela Profesional de Derecho de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, por motivo de deterioro y por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución, anulándose el diploma otorgado anteriormente.

Segundo.- DAR CUENTA de la presente Resolución a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria – SUNEDU.

Tercero.- DISPONER que la Oficina de Trámite Documentario de la UNSAAC, notifique bajo cargo la presente Resolución al interesado.

Cuarto.- DISPONER que la Unidad de Abastecimiento de la Dirección General de Administración, proceda a la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”, bajo responsabilidad.

La Secretaría General deberá adoptar las medidas complementarias necesarias para el cumplimiento de la presente resolución.

Regístrese, comuníquese y archívese.

Eleazar Crucinta Ugarte

Rector

María Myluska Villagarcia Zereceda

Secretaria General (e)

2125509-1