Aprueban el Manual de Clasificador de Cargos del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL

RESOLUCIÓN DIRECTORAL

N° 1616-2022-MTC/20

Lima, 4 de noviembre de 2022

VISTOS:

El Informe N° 140-2022-MTC/20.5, el Memorándum N° 2417-2022-MTC/20.5 y el Memorándum N° 2463-2022-MTC/20.5, todos de la Oficina de Recursos Humanos, e Informe N° 5616-2022-MTC/20.4 de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, así como el Informe N° 0637-2022-MTC/11.01 y el Informe N° 0657-2022-MTC/11.01 de la Oficina de Administración de Recursos Humanos del MTC, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo N° 033-2002-MTC, modificado por los Decretos Supremos Nos. 021-2018-MTC y 014-2019-MTC se creó el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, en adelante PROVIAS NACIONAL, encargado de las actividades de preparación, gestión, administración y ejecución de proyectos de infraestructura de transporte relacionada a la Red Vial Nacional no concesionada, así como de la planificación, gestión y control de actividades y recursos económicos que se emplean para el mantenimiento y seguridad de las carreteras y puentes de la Red Vial Nacional no concesionada. Asimismo, realiza actividades relacionadas con los aspectos técnicos, administrativos y legales vinculados con la adquisición, expropiación, transferencia interestatal, liberación de interferencias y saneamiento físico legal de derecho de vía de las carreteras de la Red Vial Nacional no concesionada; así como, emite autorizaciones para el uso del derecho de vía y de los vehículos especiales en toda la Red Vial Nacional;

Que, mediante Informe N° 140-2022-MTC/20.5 de fecha 03.10.2022, la Oficina de Recursos Humanos informa a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, concluyendo: “1. El MCC y CAP Provisional se adecuarán con documentos de gestión institucionales aprobados mediante los resolutivos correspondientes, por lo que la descripción de los puestos se mantendrán de acuerdo al Manual de Organización y Funciones vigente, aprobado mediante Resolución Directoral N° 993-2012-MTC/20; 2. Se incluirán los puestos de jefaturas creadas en el CAP Provisional vigente en situación de previstos, estos no podrán ser utilizados como sustento para convocar bajo modalidad CAS u otra que se implemente, en tanto no estén aprobadas formalmente las áreas a las que pertenecen; 3. Se requiere el sustento mediante Informe Técnico de Modernización Institucional sobre los cambios de la estructura interna antes de incluirlos en los documentos de gestión de la Oficina de Recursos Humanos, así como las coordinaciones y la conformidad de las unidades funcionales para evitar problemas laborales como por ejemplo la creación del área de logística que absorbió las áreas de Procesos de Selección y Abastecimiento y Servicios, ambas con sus respectivas jefaturas y con personal que ocupan esos puestos; y, 4. Se necesita el MCC aprobado mediante Resolución Directoral de PVN, para presentar la adecuación del CAP Provisional, por ser requisito indispensable”;

Que, con Informe N° 5616-2022-MTC/20.4 de fecha 06.10.2022, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, señala a la Oficina de Recursos Humanos, concluyendo: “…. Considerando la validación de la Oficina de Recursos Humanos a la propuesta presentada, en base a las coordinaciones realizadas con SERVIR, esta Oficina emite opinión favorable al proyecto de Manual de Clasificador de Cargos, en cuanto al alineamiento de cargos con las unidades funcionales aprobadas en el Manual de Operaciones aprobado mediante Resolución Ministerial N° 0828-2020-MTC/01.02, en el marco de las disposiciones contenidas en la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH”;

Que, por Informe N° 146-2022-MTC/20.5 de fecha 10.10.2022, la Oficina de Recursos Humanos, solicita a la Dirección Ejecutiva, elevar el proyecto de MCC a la Secretaría General para obtener opinión técnica favorable de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del MTC antes de aprobar el documento mediante Resolución Directoral de la Entidad;

Que, a través del Memorándum N° 1699-2022-MTC/20 de fecha 11.10.2022, la Dirección Ejecutiva de PROVIAS NACIONAL remite al Secretario General del Ministerio de Transportes y Comunicaciones el Manual de Clasificador de Cargos de PROVIAS NACIONAL, acorde al numeral 6.1.8 de la Primera Disposición Específica 6.1 Elaboración y Aprobación del Clasificador de Cargos de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, precisando que la misma cuenta con la opinión favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Entidad, para lo cual adjunta el Informe N° 5616-2022-MTC/20.4, solicitando su remisión a la Oficina de Recursos Humanos o la que haga sus veces, para su evaluación y opinión técnica favorable para su posterior emisión del acto administrativo correspondiente;

Que, mediante Memorando N° 2165-2022-MTC/11 de fecha 21.10.2022, la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en atención al Memorándum N° 1699-2022-MTC/20 de la Dirección Ejecutiva de PROVIAS NACIONAL, remite el Informe N° 0637-2022-MTC/11.01 de fecha 21.10.2022 elaborado por la Oficina de Administración de Recursos Humanos, en la cual concluye: “4.1 La revisión de la propuesta del Manual de Clasificador de Cargos de PROVIAS NACIONAL se ha realizado específicamente en el marco de la concordancia con la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso del ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y su Reglamento el Decreto Supremo N° 053-2022-PCM; y 4.2 Conforme a lo expuesto en el presente Informe, no es factible emitir opinión favorable a la propuesta de Manual de Clasificador de Cargos de PROVIAS NACIONAL debido que se han identificados ajustes necesarios a la propuesta de dicho documento de gestión, conforme se ha detallado en los sub numerales 3.2.7 al 3.2.9 del presente Informe”;

Que, el 26.10.2022 con Memorándum N° 2417-2022-MTC/20, la Jefa de la Oficina de Recursos Humanos remite al Director General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, la propuesta modificada para su evaluación y de considerarlo pertinente su opinión técnica favorable para su posterior aprobación por la Entidad;

Que, por Informe N° 0657-2022-MTC/11.01 de fecha 03.11.2022, la Oficina de Administración de Recursos Humanos informa al Director General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, concluyendo que: “4.1 Mediante Memorando N° 1699-2022-MTC/20 del 11.10.2022, la Dirección Ejecutiva de PROVIAS NACIONAL remitió a la Secretaría General del MTC el Informe N° 146-2022-MTC/20.5, solicitando la opinión técnica favorable de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del MTC sobre su propuesta de Manual de Clasificador de cargos (MCC); 4.2 Mediante Memorando N° 2165-2022-MTC/11 del 21.10.2022 la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del MTC remitió a la Jefa de la Oficina de Recursos Humanos de PROVIAS NACIONAL el Informe N° 0637-2022-MTC/11.01, a través del cual se efectuaron distintas observaciones a su propuesta de MCC, por lo que no se brindó la opinión favorable solicitada; 4.3 Mediante Memorando N° 2417-2022-MTC/20.5 del 26.10.2022, la Oficina de Recursos Humanos de PROVIAS NACIONAL levantó las observaciones realizadas con los documentos citados en el numeral precedente; y, 4.4 Conforme a lo expuesto en el presente Informe, se brinda la opinión favorable a la propuesta de Manual de Clasificador de Cargos (MCC) de PROVIAS NACIONAL, para que prosiga con las gestiones administrativas para su aprobación conforme a lo establecido en la Directiva N° 006-2021-SERVIR.GDSRH “Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional” aprobada por SERVIR a través de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR-PE”. Documento que es remitido por la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a través del Memorando N° 2275-2022-MTC/11 de fecha 03.11.2022;

Que, con Memorándum N° 2463-2022-MTC/20.5 de fecha 03.11.2022, la Oficina de Recursos Humanos, solicita a la Oficina de Asesoría Jurídica, la elaboración de la Resolución Directoral, en base a los documentos adjuntos que sustentan las etapas previas definidas por la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH y así dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, para la adecuación del Manual de Clasificador de Cargos y el CAP Provisional de PROVIAS NACIONAL;

Que, a través de la Resolución Directoral N° 993-2012-MTC/20 del 22.11.2012, y modificatorias, se aprobó el Manual de Organización y Funciones del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL;

Que, con Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR-PE, que aprueba la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, que tiene como objetivo establecer y precisar normas técnicas y procedimientos de observancia obligatoria, que las entidades públicas deben seguir para la administración de cargos y posiciones consignadas en el documento de gestión de carácter temporal de recursos humanos.

Que, la citada Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, señala en el numeral 6 Disposiciones Específicas, sub numeral 6.1 Elaboración y aprobación del Manual de Clasificador de Cargos, entre otros, lo siguiente:

6.1.1 La propuesta de MCC de la entidad debe contener los cargos estructurales que la entidad requiere para que los órganos y unidades orgánicas cumplan con las funciones mínimas indispensables dispuestas en el ROF o el MOP, según corresponda, no siendo obligatorio el uso de todas las clasificaciones dispuestas en la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público.

6.1.2. Los cargos estructurales contenidos en el MCC deben ser empleados en la propuesta de CAP Provisional, siendo dispuestos en los diferentes órganos y unidades orgánicas listados en el Formato N° 2 del CAP Provisional, en atención a la estructura organizacional desarrollada en el ROF o el MOP, según corresponda.

6.1.3 El listado de cargos debe ser formulado en atención a la normativa sustantiva que dispone la creación de determinados cargos con ciertas funciones y/o requisitos, a la normativa sustantiva que dispone impedimentos y/o establece requisitos para funcionarios(as) públicos(as) y/o servidores(as) civiles o un subgrupo de estos, y a la normativa dispuesta por SERVIR conteniendo disposiciones para la formulación de perfiles en el Estado; debiendo contener, de manera excepcional, una tabla de equivalencias en caso de existir cargos con posiciones ocupadas, respetando las funciones desarrolladas y los requisitos cumplidos por los(as) ocupantes al momento de acceder a los cargos correspondientes. Dicho listado deberá respetar la denominación y clasificación de los cargos bajo regímenes laborales de los Decretos Legislativos N° 276 y N° 728 en situación de ocupado.

(…)

6.1.6. La información presentada sobre clasificación y requisitos debe tener sustento técnico y/o legal, no debiendo consignarse la clasificación de cargos como régimen especial (RE) y/o establecerse requisitos propios de un régimen especial, cuando los cargos no hubieran sido contemplados dentro de una carrera especial en una norma con rango de Ley y/o en una norma reglamentaria; así como tampoco consignarse cargos administrativos cuando la norma sustantiva expresamente dispone la clasificación como RE en atención a una carrera especial.

6.1.7. La ORH o la que haga las veces debe elevar la propuesta de MCC al(la) titular de la entidad, previa opinión favorable de la OPP o la que haga las veces, en lo concerniente al ámbito de su competencia. De obtener la validación, el(la) titular de la entidad aprueba el MCC y gestiona la publicación de la resolución en el Diario Oficial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano, en el Portal Institucional, en el Portal de Transparencia, y/o en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la jurisdicción, o en otro medio que asegure de manera ineludible su publicidad; dependiendo del nivel de gobierno de la entidad.

6.1.8. La entidad, en caso de constituir una entidad Tipo B, previo a la aprobación del MCC por parte del (la) titular, debe remitir su propuesta al (la) titular de la entidad Tipo A a la que se encuentra adscrita. La entidad Tipo A, a través de su ORH, o la que haga las veces, debe evaluar la propuesta según los lineamientos dispuestos en la presente directiva y en atención a su propio MCC. De darse opinión técnica favorable, dicha aprobación debe ser comunicada por la ORH o la que haga las veces de la entidad Tipo A a la ORH o la que haga las veces de la entidad Tipo B mediante oficio, para que gestione su aprobación, mediante los documentos que correspondan, según cuadro dispuesto en el numeral 6.3.1.8 de la presente directiva, y posterior publicación en el Diario Oficial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano, en el Portal Institucional, y/o en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la jurisdicción, o en otro medio que asegure de manera ineludible su publicidad; dependiendo del nivel de gobierno de la entidad.”

Que, la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, tiene por objeto establecer los requisitos mínimos y los impedimentos para el acceso a los cargos de funcionarios y directivos públicos de libre designación y remoción, con el fin de garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de su función. Además, señala en su Segunda Disposición Complementaria Final que las entidades públicas, cuando corresponda, formulan o adecúan, de manera gradual, sus instrumentos de gestión en el marco del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, conforme a lo dispuesto en la referida ley; debiendo culminar la implementación integral de estas disposiciones en un plazo no mayor de ciento ochenta días calendario contados a partir de la publicación de su reglamento;

Que, el Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 31419, señala en su artículo 2, numeral 2.1 que: “Las Oficinas de Recursos Humanos, o las que hagan sus veces en las entidades públicas, son responsables de verificar los requisitos mínimos para el acceso a cargos o puestos de funcionarios/as y, Directivos/as públicos/as de libre designación y remoción”;

Que, asimismo, establece en su numeral 2.3 que “La Autoridad Nacional de Servicio Civil (SERVIR) es la responsable de brindar asistencia técnica a las entidades públicas para efecto de la aplicación de la Ley y el presente reglamento, así como establecer los criterios técnicos para su correcta aplicación e interpretación; y, supervisar su adecuado cumplimiento”;

Que, por medio de la Resolución Ministerial N° 0828-2020-MTC/01.02, de fecha 23.11.2020, se aprobó el Manual de Operaciones del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, en adelante el Manual de Operaciones;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 352-2021-MTC/01.02 publicada el 24.04.2021, se aprobó el Cuadro para la Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL;

Que, el literal c) del artículo 20 del Manual de Operaciones, establece que la Oficina de Recursos Humanos tiene la función de proponer y actualizar los instrumentos de gestión correspondientes al sistema administrativo de gestión de recursos humanos;

Que, el literal l) del artículo 16 del Manual de Operaciones. Señala que es función de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, conducir el proceso de formulación, evaluación y actualización de los documentos de gestión institucional y documentos normativos;

Que, la Oficina de Asesoría Jurídica a través del Informe N° 1947-2022-MTC/20.3 de fecha 04.11.2022 concluye que: “Estando a lo señalado en el Informe N° 140-2022-MTC/20.5, Memorándum N° 2417-2022-MTC/20.5 y, Memorándum N° 2463-2022-MTC/20.5, por la Oficina de Recursos Humanos, Informe N° 5616-2022-MTC/20.4 de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, a lo precisado en el Informe N° 0637-2022-MTC/11.01 e Informe N° 0657-2022-MTC/11.01 por la Oficina de Administración de Recursos Humanos del MTC, el proyecto de Manual de Clasificador de Cargos de PROVIAS NACIONAL, se ha realizado siguiendo el procedimiento establecido en la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, dentro de los alcances de la Ley N° 31419 y, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, contando con la opinión favorable de la Dirección General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del MTC, por lo que resulta legalmente procedente, proseguir con el acto administrativo de aprobación del Manual de Clasificador de Cargos de PROVIAS NACIONAL.”;

Que, el literal c) del artículo 8 del Manual de Operaciones, señala que es función de la Dirección Ejecutiva la de dirigir y supervisar el cumplimiento de los objetivos y metas de PROVIAS Nacional, y aprobar los documentos de gestión que correspondan;

Con la conformidad y visación de las Oficinas de Recursos Humanos y de Planeamiento y Presupuesto y la visación de la Oficina de Asesoría Jurídica de PROVIAS NACIONAL, en lo que es de su competencia;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 033-2002-MTC, modificado por los Decretos Supremos Nos. 021-2018-MTC y N° 014-2019-MTC, la Resolución Ministerial N° 0828-2020-MTC/01.02; y la Resolución Ministerial N° 842-2022-MTC/01;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el Manual de Clasificador de Cargos del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, el cual en Anexo adjunto forma parte integrante de la presente Resolución, por los fundamentos expuestos que anteceden.

Artículo 2.- Las Unidades Funcionales deberán indicar los requisitos específicos detallados para la contratación del personal a su cargo al momento de efectuar el requerimiento de dicha contratación, la cual complementará los requisitos mínimos establecidos en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 3.- Transcribir la presente Resolución, a todas las Unidades Funcionales de Administración Interna, de Línea y Desconcentradas del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, para su conocimiento y fines pertinentes

Regístrese y comuníquese.

Rufino Galindo Caro

Director Ejecutivo

PROVIAS NACIONAL

2124214-1