Autorizan la modificación del artículo primero del Estatuto Social de la Edpyme Santander Consumo Perú S.A.

RESOLUCIÓN SBS Nº 03350-2022

Lima, 4 de noviembre de 2022

La Superintendenta de Banca, Seguros y

Administradoras Privadas de Fondos de

Pensiones

VISTA:

La solicitud presentada por la Edpyme Santander Consumo Perú S.A. (en adelante, la Edpyme), para que esta Superintendencia le autorice la modificación del artículo primero de su Estatuto Social; y,

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo dispuesto mediante Resolución SBS Nº 1158-2022, las Entidades de Desarrollo a la Pequeña y Micro Empresa cuentan con plazo hasta el 30 de abril de 2023 para efectuar los actos societarios y registrales que resulten necesarios para el cambio de su denominación a Empresas de Créditos;

Que, en la sesión de la Junta General de Accionistas (JGA) celebrada el 30 de septiembre de 2022, se acordó la modificación del artículo primero del Estatuto Social de la Edpyme, a efectos de adecuar la denominación social de la entidad de “Entidad de Desarrollo a la Pequeña y Micro Empresa Santander Consumo Perú S.A.” a “Empresa de Créditos Santander Consumo Perú S.A.”, pudiendo denominarse también de manera abreviada “Empresa de Créditos Santander Consumo Perú”;

Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias, toda modificación estatutaria debe contar con la aprobación previa de esta Superintendencia, sin la cual no procede su inscripción en los Registros Públicos; exceptuándose las modificaciones derivadas de aumentos de capital social, a los que se refiere el primer párrafo del artículo 62 de la citada Ley que, sin embargo, deben ser puestas en conocimiento de esta Superintendencia;

Que, la Edpyme ha cumplido con presentar la documentación requerida en el Procedimiento Nº 44 “Autorización de modificación de estatuto social” del Texto Único de Procedimientos Administrativos de esta Superintendencia, aprobado por la Resolución SBS Nº 1678-2018 y sus modificatorias, la cual se encontró conforme tras su evaluación;

Contando con el visto bueno de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfinanzas, y de Asesoría Jurídica;

RESUELVE:

Artículo Único.- Autorizar, en los términos propuestos, la modificación del artículo primero del Estatuto Social de la Edpyme Santander Consumo Perú S.A., cuyos documentos pertinentes quedan archivados en este organismo de supervisión y control; y, devuélvase la minuta que lo formaliza con el sello oficial de esta Superintendencia, para su elevación a escritura pública, en la que se insertará el texto de la presente resolución para su correspondiente inscripción en los Registros Públicos.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARIA DEL SOCORRO HEYSEN ZEGARRA

Superintendenta de Banca, Seguros y AFP

2123799-1