Autorizan viaje de representante de OSINERGMIN para participar en evento a realizarse en Paraguay
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 297-2022-PCM
Lima, 8 de noviembre de 2022
VISTOS: El Oficio N° 352-2022-OS/PRES y la Resolución de Presidencia de Osinergmin N° 117-2022-OS/PRES, del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (OSINERGMIN), y;
CONSIDERANDO:
Que, el 26 de mayo de 2022, a convocatoria del Comité Nacional Peruano de la CIER (PECIER), asociación que representa a la Comisión de Integración Energética Regional (CIER), OSINERGMIN postula al “Premio CIER de Innovación – Ing. José Vicente Camargo” (Premio CIER de Innovación 2022), que tiene como objetivo reconocer proyectos de innovación, a nivel corporativo y/o académico de empresas e instituciones que operan en diferentes segmentos del sector eléctrico, a fin de reflejar las inminentes transformaciones previstas para el sector eléctrico, llevando la modernización a los procesos, la exploración de nuevos servicios y una perspectiva de impacto socio ambiental;
Que, el PECIER, con fecha 08 de julio de 2022, comunica al OSINERGMIN que ha sido seleccionado de un total de treinta (30) proyectos de innovación de diversas empresas del sector eléctrico del país en la Primera Etapa – Nacional, obteniendo el primer lugar con el mayor puntaje y consideración por parte del Comité Evaluador encargado para la categoría de Digitalización, con el proyecto: Transformación digital en la gestión de “Big data” derivado de los procesos de supervisión del sector energético minero del Perú;
Que, el 18 de octubre de 2022, en el Foro sectorial CIER: Premio CIER de Innovación 2022, se dieron a conocer los proyectos ganadores del primer puesto de cada categoría en la Segunda Etapa – Latinoamericana; obteniendo el OSINERGMIN el primer lugar en la categoría de Digitalización, siendo invitado a participar con la exposición del Proyecto ganador en la ceremonia de premiación en el marco de la 57ª RAE - Reunión de Altos Ejecutivos de la CIER;
Que, la CIER será anfitrión de la mencionada reunión, la cual tendrá lugar en la ciudad de Asunción, República del Paraguay, los días 15 y 16 de noviembre de 2022, evento que, además, reunirá a importantes especialistas nacionales e internacionales del sector energético;
Que, asimismo, en el referido evento, se analizarán, por medio de paneles y conversatorios diversos, temas referidos a: Las Empresas Eléctricas del futuro y las finanzas sostenibles; Integración Energética – Desafíos y Oportunidades; Descarbonización – La transición de la matriz energética, la gestión del sistema y atención de la demanda; Retos y Oportunidades para el Sector Eléctrico; Aporte de las nuevas tecnologías y sus beneficios; Movilidad Eléctrica – Oportunidades y desafíos para el futuro; y, Sustentabilidad Ambiental y Social;
Que, es importante la participación del OSINERGMIN en el mencionado evento, en tanto permitirá intercambiar, reflexionar, analizar y debatir con expertos y profesionales de empresas e instituciones del ámbito energético mundial acerca de los temas de mayor interés que inciden en el desarrollo y la integración del sector energético regional;
Que, en ese sentido, resulta de interés institucional, autorizar el viaje del Ingeniero David Eliseo Carcausto Rossel, Asesor Experto en Energía de la Gerencia de Supervisión de Energía del OSINERGMIN e integrante del equipo y líder del desarrollo del proyecto de innovación ganador, para que participe en la 57ª RAE - Reunión de Altos Ejecutivos de la CIER;
Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos que se deriven de la participación en el citado evento serán asumidos con cargo al presupuesto institucional del OSINERGMIN;
Que, el segundo párrafo del numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, dispone que la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias;
Que, según lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios y de los Organismos Públicos se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo sector;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial N° 156-2021-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje del Ingeniero DAVID ELISEO CARCAUSTO ROSSEL, Asesor Experto en Energía de la Gerencia de Supervisión de Energía del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (OSINERGMIN), a la ciudad de Asunción, República del Paraguay, del 14 al 17 de noviembre de 2022, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial son asumidos con cargo al presupuesto institucional del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (OSINERGMIN), de acuerdo con el siguiente detalle:
Pasajes (Incluye TUUA) US$ 1,313.00
Viáticos (US$ 370.00 x 3 días) US$ 1,110.00
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Total: US$ 2,423.00
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la persona cuyo viaje se autoriza mediante el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial debe presentar ante su entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos.
Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ANÍBAL TORRES VÁSQUEZ
Presidente del Consejo de Ministros
2122891-1