Eliminan e incorporan procedimientos administrativos del Ministerio del Ambiente, para su trámite a través de la VUCE

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 296-2022-MINCETUR

Lima, 8 de noviembre de 2022

VISTOS, el Informe Técnico Legal N° 0011-2022-MINCETUR/VMCE/DGFCE/DVUCEPT-YND y el Memorándum N° 371-2022-MINCETUR/VMCE/DGFCE/DVUCEPT de la Dirección de la Ventanilla Única de Comercio Exterior y Plataformas Tecnológicas de la Dirección General de Facilitación del Comercio Exterior; el Memorándum N° 401-2022-MINCETUR/VMCE/DGFCE de la Dirección General de Facilitación del Comercio Exterior; el Memorándum N° 745-2022-MINCETUR/VMCE del Viceministerio de Comercio Exterior; y,

CONSIDERANDO:

Que, según el artículo 2 de la Ley Nº 30860, Ley de Fortalecimiento de la Ventanilla Única de Comercio Exterior, la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE) es el sistema integrado para la facilitación del comercio exterior que, a través de medios electrónicos, permite a las partes involucradas en el comercio exterior y el transporte internacional, intercambiar información requerida o relevante para el ingreso, la salida o el tránsito de las mercancías y de los medios de transporte desde o hacia el territorio nacional, así como gestionar la documentación e información relativa a los procedimientos y servicios que se realicen a través de dicho sistema;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2020-MINCETUR, se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 30860, Ley de Fortalecimiento de la Ventanilla Única de Comercio Exterior, que establece, entre otros temas, las reglas para el funcionamiento de la VUCE, a través de los diversos componentes y servicios que presta a la comunidad del comercio exterior;

Que, la Primera Disposición Complementaria Final del citado Reglamento, detalla las entidades públicas comprendidas dentro del ámbito de aplicación de la VUCE, que cuentan con procesos, procedimientos y trámites vinculados al ámbito de aplicación de la misma, entre las cuales figura el Ministerio del Ambiente; mientras que su Primera Disposición Complementaria Transitoria establece que los procedimientos y servicios que se incorporan a la VUCE inician operaciones al día siguiente de la publicación en el Diario Oficial “El Peruano”, de la Resolución Ministerial del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR) que aprueba su incorporación;

Que, mediante el Anexo I de la Resolución Ministerial N° 241-2019-MINCETUR, se modificó y actualizó los procedimientos administrativos sobre residuos sólidos que el Ministerio del Ambiente asume a su cargo, entre los cuales se consignaron los siguientes: (i) “Inscripción en el registro autoritativo de las Empresas Operadoras de Residuos Sólidos”; (ii) “Ampliación de operaciones de manejo de residuos sólidos en el registro autoritativo de las Empresas Operadoras de Residuos Sólidos”; y, (iii) “Modificación de la información en el registro autoritativo de las Empresas Operadoras de Residuos Sólidos”; la base normativa de tales procedimientos administrativos se encontraba en los artículos 89, 90 y 91 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1278, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gestión de Residuos Sólidos, aprobado por Decreto Supremo N° 014-2017-MINAM;

Que, los citados artículos han sido modificados mediante el Decreto Supremo N° 001-2022-MINAM, que modifica el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1278, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 014-2017-MINAM, y el Reglamento de la Ley Nº 29419, Ley que regula la actividad de los recicladores, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2010-MINAM; asimismo, se ha emitido el Decreto Supremo N° 012-2022-MINAM, que efectúa la correspondiente modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2010-MINAM;

Que, mediante el Acta de Certificación Nº 2022-001-MNM, se ha validado la operación del trámite de siete (7) procedimientos administrativos del Ministerio del Ambiente, los cuales devienen de los tres (3) procedimientos administrativos consignados en el Anexo I de la Resolución Ministerial N° 241-2019-MINCETUR, referidos en el cuarto considerando de la presente Resolución Ministerial;

Que, en atención a lo señalado por la Dirección de la Ventanilla Única de Comercio Exterior y Plataformas Tecnológicas de la Dirección General de Facilitación del Comercio Exterior, mediante los documentos de Vistos, resulta necesario emitir el acto resolutivo que elimine dichos procedimientos, a fin de incorporar los siete (7) procedimientos administrativos a cargo del Ministerio del Ambiente para que inicien su operación a través de la VUCE;

De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio Comercio Exterior y Turismo, y sus modificatorias; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR, y sus modificatorias; la Ley Nº 30860, Ley de Fortalecimiento de la Ventanilla Única de Comercio Exterior; y, su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2020-MINCETUR;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Eliminar de la relación de procedimientos administrativos del Ministerio del Ambiente, que se tramitan a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE), los siguientes tres (3) procedimientos administrativos: (i) “Inscripción en el registro autoritativo de las Empresas Operadoras de Residuos Sólidos”, (ii) “Ampliación de operaciones de manejo de residuos sólidos en el registro autoritativo de las Empresas Operadoras de Residuos Sólidos”; y, (iii) “Modificación de la información en el registro autoritativo de las Empresas Operadoras de Residuos Sólidos”, que fueran comprendidos en el Anexo I de la Resolución Ministerial N° 241-2019-MINCETUR.

Artículo 2.- Incorporar siete (7) procedimientos administrativos del Ministerio del Ambiente, para su trámite a través de la VUCE, los mismos que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal Web Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/mincetur), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ROBERTO SÁNCHEZ PALOMINO

Ministro de Comercio Exterior y Turismo

ANEXO

Incorporación de siete (7) procedimientos administrativos del Ministerio del Ambiente para su trámite a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior

Denominación del procedimiento administrativo

Entidad

competente

1

Inscripción en el Registro Autoritativo de Empresas Operadoras de Residuos Sólidos para el manejo de residuos sólidos no peligrosos.

Ministerio del Ambiente

2

Inscripción en el Registro Autoritativo de Empresas Operadoras de Residuos Sólidos para el manejo de residuos sólidos peligrosos.

Ministerio del Ambiente

3

Ampliación de las operaciones, del manejo de residuos sólidos peligrosos, de las plantas de operaciones y de las infraestructuras de residuos sólidos de la Empresa Operadora de Residuos Sólidos en el Registro Autoritativo de Empresas Operadoras de Residuos Sólidos.

Ministerio del Ambiente

4

Ampliación de las operaciones, del manejo de residuos sólidos no peligrosos, de las plantas de operaciones, de las áreas de acondicionamiento y de las infraestructuras de residuos sólidos de la Empresa Operadora de Residuos Sólidos en el Registro Autoritativo de Empresas Operadoras de Residuos Sólidos.

Ministerio del Ambiente

5

Ampliación y/o modificación de la lista, ámbito de gestión de los residuos sólidos y/o unidades vehiculares para el manejo de los residuos sólidos no peligrosos en el Registro Autoritativo de Empresas Operadoras de Residuos Sólidos.

Ministerio del Ambiente

6

Ampliación y/o modificación de la lista, ámbito de gestión de los residuos sólidos y/o unidades vehiculares para el manejo de los residuos sólidos peligrosos en el Registro Autoritativo de Empresas Operadoras de Residuos Sólidos.

Ministerio del Ambiente

7

Modificación de la información consignada en el Registro Autoritativo de EO-RS relacionada con el cambio del representante legal, del domicilio legal, de la razón social de la empresa y/o del responsable técnico y ubicación de la planta de operaciones.

Ministerio del Ambiente

2122757-1