Autorizan la apertura del Punto de Atención Permanente en el distrito de Marcona, provincia de Nasca, departamento de Ica, a cargo de la Oficina Regional 12 - Ica de la Dirección de Servicios Registrales

RESOLUCIóN JEFATURAL

N° 000194-2022/JNAC/RENIEC

Lima, 2 de noviembre del 2022

VISTOS:

Las Hojas de Elevación Nº 000289-2022/DSR/RENIEC (02NOV2022), Nº 000257-2022/DSR/RENIEC (11OCT2022) y el Memorando Nº 001086-2022/DSR/RENIEC (14SET2022), de la Dirección de Servicios Registrales; el Informe Nº 000015-2022/DSR/RENIEC (30MAY2022) de la Sub Dirección de Operaciones Registrales de la Dirección de Servicios Registrales; la Hoja de Elevación Nº 000085-2022/OPP/RENIEC (08JUL2022) y el Memorando Nº 000570-2022/OPP/RENIEC (05OCT2022), de la Oficina de Planificación y Presupuesto; el Informe Nº 000203-2022/OPP/UP/RENIEC (05OCT2022) de la Unidad de Presupuesto de la Oficina de Planificación y Presupuesto; el Memorando Nº 000372-2022/GG/RENIEC (28OCT2022), de la Gerencia General; la Hoja de Elevación Nº 000538-2022/OAJ/RENIEC (31OCT2022) de la Oficina de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomo, encargado de manera exclusiva y excluyente, de organizar y actualizar el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales, así como de inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil;

Que el artículo 11° de la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, establece que el Jefe Nacional del RENIEC, tiene la facultad de designar las oficinas registrales en todo el país. Asimismo, está autorizado para efectuar las modificaciones convenientes para el mejor servicio a la población, creando las dependencias que fueren necesarias;

Que en ese mismo sentido, los artículos 11° y 13° del Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado mediante Decreto Supremo N° 015-98-PCM, establecen que cada oficina registral estará dotada de los mecanismos suficientes para atender a la población, facultando al Jefe Nacional la decisión sobre la creación de las mismas, atendiendo a las circunstancias, densidad de la población o localidades donde no exista oficina registral;

Que, la Municipalidad Distrital de Marcona, de la provincia de Nasca, departamento de Ica, mediante Resolución de Alcaldía Nº 264-2021-ALC/MDM (30DIC2021), ha dispuesto aprobar la afectación en uso del local ubicado en el sótano de la Municipalidad Distrital de Marcona a favor del RENIEC;

Que, la Dirección de Servicios Registrales, mediante documento de vistos, comunica sobre la evaluación de la sostenibilidad para la creación del Punto de Atención Permanente en el distrito de Marcona, provincia de Nasca, departamento de Ica; y manifiesta la viabilidad de que se pueda crear un Punto de Atención Permanente en la localidad de San Juan de Marcona, debido a la formalización de sesión en uso a plazo indeterminado, otorgado por la Municipalidad Distrital de Marcona, según acta de entrega del local, firmada entre la autoridad Municipal y el Jefe de la Oficina Regional 12 - Ica;

Que la Oficina de Planificación y Presupuesto, a través de los documentos de vistos, emite opinión favorable en relación a la propuesta presentada por la Dirección de Servicios Registrales, señalando que considera viable la propuesta de creación del citado Punto de Atención Permanente teniendo en cuenta que para su apertura no se generarán gastos adicionales a la entidad;

Que la Gerencia General mediante el documento de vistos, opina favorablemente sobre la creación del Punto de Atención Permanente en el distrito de Marcona, provincia de Nasca, departamento de Ica;

Que teniendo en consideración lo expuesto y lo opinado por los órganos competentes, la Oficina de Asesoría Jurídica mediante documento de vistos, emite opinión favorable considerando que resulta viable la emisión de la Resolución Jefatural para la apertura del Punto de Atención Permanente RENIEC en el distrito de Marcona, provincia de Nasca, departamento de Ica, a cargo de la Oficina Regional 12 - Ica;

Que la presente Resolución Jefatural debe ser puesta a conocimiento de la ciudadanía, a través de la correspondiente publicación; y,

De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 26497, Ley Orgánica del RENIEC, el Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo N° 015-98-PCM, el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado por Resolución Jefatural N° 000086-2021/JNAC/RENIEC (04MAY2021) y su modificatoria; y lo dispuesto por el numeral 1) del artículo 10° del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS (15ENE2009) y su modificatoria;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Autorizar la apertura, a partir del 03 de noviembre del 2022, del Punto de Atención Permanente en el distrito de Marcona, el cual se encuentra ubicado en la Av. Andrés Avelino Cáceres Nº 101, distrito de Marcona, provincia de Nasca, departamento de Ica, a cargo de la Oficina Regional 12 - Ica de la Dirección de Servicios Registrales.

Artículo Segundo.- Encargar a la Dirección de Servicios Registrales la implementación de lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural y a la Oficina de Comunicaciones y Prensa su difusión.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

CARMEN MILAGROS VELARDE KOECHLIN

Jefa Nacional

2121025-1