Autorizan a docente de la Universidad Nacional Intercultural de la Selva Central Juan Santos Atahualpa, a participar como ponente en evento a realizarse en Chile
Universidad Nacional Intercultural de la Selva Central Juan Santos Atahualpa
Resolución de Comisión Organizadora
Nº 321-2022-CO/UNISCJSA
Chanchamayo, 28 de setiembre de 2022
LA COMISIÓN ORGANIZADORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL INTERCULTURAL DE LA SELVA CENTRAL JUAN SANTOS ATAHUALPA
VISTOS:
El Acuerdo de Sesión Ordinaria de Comisión Organizadora de fecha 28 de setiembre de 2022; MEMORANDO Nº 0875-2022-PCO/UNISCJSA de fecha 27 de setiembre de 2022 emitido por la Presidencia de la Comisión Organizadora; INFORME LEGAL Nº 373-2022-OAJ/UNISCJSA de fecha 27 de setiembre de 2022 emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; INFORME Nº 0062-2022-OPP/UNISCJSA de fecha 23 de setiembre de 2022 emitido por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; INFORME Nº 212-2022-EPANI-CFCA/UNISCJSA de fecha 20 de setiembre de 2022 emitido por el Coordinador de la Facultad de Ciencias Administrativas; INFORME Nº 079-2022-VPI-UNISCJSA de fecha 22 de setiembre de 2022 emitido por Vicepresidencia de Investigación; y demás documentos que escoltan el expediente administrativo; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 18º prevé que cada Universidad es autónomo en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico, y el artículo 8º de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, establece que la referida autonomía inherente a las Universidades, se ejerce de conformidad con la Constitución y las Leyes de la República e implica las organizaciones de sus sistema académico, económico y administrativo, así como la administración de sus bienes y rentas, elaborar su presupuesto y aplicar sus fondos con la responsabilidad que impone la Ley;
Que, de conformidad con la Ley Nº 29616 de fecha 19/11/2010, se creó la Universidad Nacional Intercultural de la Selva Central Juan Santos Atahualpa, la misma que fue modificado por la Ley Nº 29840, donde en su artículo 2º establece lo siguiente: “créase la Universidad Nacional Intercultural de la Selva Central Juan Santos Atahualpa como persona jurídica de derecho público interno, con pliego presupuestal propio; con sedes académicas en las ciudades de Pichanaki, localidad en la que se creará su primera carrera profesional, La Merced y Satipo. La sede administrativa y el rectorado de la Universidad funcionarán en la ciudad de La Merced”. Asimismo, a través de la Resolución del Consejo Directivo Nº 033-2018-SUNEDU/CD, el Concejo Directivo de la SUNEDU, le otorgó la Licencia Institucional a la Universidad Nacional Intercultural de la Selva Central Juan Santos Atahualpa;
Que, el artículo 29º de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria establece que “aprobada la ley de creación de una universidad pública, el Ministerio de Educación (MINEDU), constituye una Comisión Organizadora integrada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, que cumplan los mismos requisitos para ser Rector (…). Esta Comisión tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno que, de acuerdo a la presente Ley, le correspondan”;
Que, los numerales 6.1 y 6.5 del artículo 6º de la Ley Universitaria Nº 30220, señala: “6.1 Preservar, acrecentar y transmitir de modo permanente la herencia científica, tecnológica, cultural y artística de la humanidad (…) y 6.5 Realizar y promover la investigación científica, tecnológica y humanística la creación intelectual y artística (…)”;
Que, el literal b) del artículo 8º de la Directiva Nº 005-2020-CO-UNISCJSA establece facilidades para el apoyo institucional en la gestión de fondos externos para la subvención de proyectos u otras actividades de investigación o desarrollo tecnológico o innovación;
Que, el al art. 27º del Reglamento de Docentes, aprobado con R.CO. Nº 102-2016-UNISCJSA, establece que es un derecho del docente gozar de incentivos a la excelencia académica con la percepción de bolas de viaje para asistir a certámenes nacionales o internacionales, publicación y divulgación de su producción intelectual por parte de la universidad;
Que, con Informe Nº 079-2022-VPI/UNISCJSA de fecha 22 de setiembre de 2022, el Sr. Vicepresidente de Investigación, respecto a la solicitud del Dr. Gregorio Cisneros Santos, docente Investigador adscrito a la Facultad de Ciencias Administrativas, sobre autorización y apoyo económico para participar como ponente en el VIII Congreso Internacional CIIA 2022 organizado por la Red UNIA y la Universidad de Concepción – Chile, a llevarse a cabo del 24 al 28 de octubre de 2022 en la sede Chillan, Concepción, Chile, manifiesta que contando con opinión favorable del Instituto de Investigación, invoca se autorice la participación del citado docente investigador en el Congreso en mención, recomendando que se haga una evaluación de disponibilidad presupuestaria acorde a la Directiva Nº 005-2020-CO-UNISCJSA, para el pago de la inscripción, pasajes y viáticos necesarios hasta un máximo del 50% y el otro 50% por el docente referido;
Que, con Informe Nº 0062-2022-OPP/UNISCJSA de fecha 23 de setiembre de 2022, la Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, comunica la habilitación presupuestal hasta por el monto de S/ 3,875.56 para la atención de viáticos y pasajes al exterior del Dr. Gregorio Cisneros Santos, para participar como ponente en el VIII Congreso Internacional CIIA 2022 organizado por la Red UNIA y la Universidad de Concepción – Chile, conforme al cuadro allí indicado;
Que, mediante Informe Legal Nº 373-2022-OAJ-UNISCJSA de fecha 27 de setiembre de 2022, el Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica, señala que en virtud al art. 27º del Reglamento de Docentes, aprobado con R.C.O. Nº 102-2016-UNISCJSA, se reconoce como derecho del docente gozar de incentivos a la excelencia académica con la percepción de bolas de viaje para asistir a certámenes nacionales o internacionales, publicación y divulgación de su producción intelectual por parte de la universidad, y considerando asimismo la disponibilidad presupuestal para la atención de viáticos y pasajes al exterior a favor del Dr. Gregorio Cisneros Santos para participar como ponente en el VIII Congreso Internacional CIIA 2022 organizado por la Red UNIA y la Universidad de Concepción – Chile, señala resultar factible la participación del docente en mención en dicho Congreso Internacional;
Que, el numeral 6.2 del artículo 6º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General señala que el acto administrativo: “Puede motivarse mediante la declaración de conformidad con los fundamentos y conclusiones de anteriores dictámenes, decisiones o informes obrantes en el expediente, a condición de que se les identifique de modo certero, y que por esta situación constituyan parte integrante del respectivo acto”;
Que, la Norma Técnica “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las Comisiones Organizadoras de las Universidades Públicas en proceso de Constitución”, aprobado mediante la Resolución Viceministerial Nº 088-2017-MINEDU, en el numeral 6.1.3, establece las funciones de la Comisión Organizadora, señalando que las funciones de la Comisión Organizadora es: literal a) conducir y dirigir la Universidad hasta que se constituyan los órganos de gobierno que, de acuerdo a la Ley, le correspondan; literal e) emitir resoluciones en el ámbito de su competencia; literal g) otras que señale el Estatuto y el Reglamento de Organización y Funciones; literal h) otras que les sean encargadas por el MINEDU, en el marco de sus competencias;
Que, conforme a lo expuesto y en uso de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 18º de la Constitución política del Perú; la Ley Nº 30220, Ley Universitaria; el Documento Normativo denominado: “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las Comisiones Organizadoras de las Universidades Públicas en proceso de Constitución”, aprobado mediante la Resolución Viceministerial Nº 244-2021-MINEDU, y en las Resoluciones Viceministeriales Nº 175-2020 y 034-2021-MINEDU, así como en el Estatuto de la UNISCJSA y demás normas concordantes;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- AUTORIZAR al Dr. Gregorio Cisneros Santos, docente Investigador adscrito a la Facultad de Ciencias Administrativas, la participación como ponente en el VIII Congreso Internacional CIIA 2022 organizado por la Red UNIA y la Universidad de Concepción – Chile, a llevarse a cabo del 24 al 28 de octubre de 2022 en la sede Chillan, Concepción, Chile.
Artículo Segundo.- OTORGAR a favor del docente precitado, subvención económica por el monto de S/ 3,875.56 soles, conforme a la disponibilidad presupuestal señalado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto en el Informe Nº 0062-2022-OPP/UNISCJSA.
Artículo Tercero.- ENCOMENDAR a la Dirección General de Administración a través de las dependencias competentes, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 4º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución a la Dirección General de Administración, y oficinas correspondientes.
Artículo Quinto.- DISPONER que el Secretario General remita copia de la presente Resolución a Presidencia de Comisión Organizadora, Vicepresidencia Académica, Vicepresidencia de Investigación, Dirección General de Administración, dependencias administrativas y académicas correspondientes, así como al docente, para su conocimiento y fines de Ley.
Artículo Sexto.- ENCARGAR, a la Oficina de Comunicación e Imagen Institucional, la publicación de la presente Resolución en el portal de transparencia de la Universidad Nacional Intercultural de la Selva Central Juan Santos Atahualpa.
Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.
Moisés R. Vásquez Caicedo Ayras
Presidente
Comisión Organizadora
Pedro Corilloclla Coz
Secretario General
2120284-1