Autorizan viaje de personal militar FAP a los EE.UU., en misión de estudios,
Resolución Ministerial
Nº 1120-2022-DE
Lima, 27 de octubre de 2022
VISTOS:
Los Oficios Extra FAP Nº 001596-2022-SECRE/FAP y Nº 001751-2022-SECRE/FAP de la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; el Oficio N° 02487-2022-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 01763-2022-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Oficio Nº 0202/MAAG/AFSEC, el Jefe Accidental del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos de América remite al Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú, el Memorándum de fecha 16 de mayo de 2022, a través del cual el Comandante de la Academia Interamericana de las Fuerzas Aéreas (IAAFA) y el Jefe Suboficial de Alta Jerarquía de dicha Academia, realizan el ofrecimiento a la Fuerza Aérea del Perú, para que un (1) Oficial del grado de Mayor o Capitán, participe en el Programa de Instructor Invitado en la Academia Interamericana de las Fuerzas Aéreas (IAAFA), en la Base Aérea de Lackland, ciudad de San Antonio, Estado de Texas, Estados Unidos de América;
Que, con Oficio Extra FAP Nº 000088-2022-EMGRA-EMAI/FAP, la Jefatura del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú hace de conocimiento al Jefe Accidental del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos de América la designación del Capitán FAP José Ricardo GASTIABURÚ HERRERA (titular) y del Capitán FAP Juan Carlos MARCILLA BARBARÁN (suplente), personal militar propuesto para participar en el referido programa;
Que, mediante Memorándum de fecha 16 de setiembre 2022, el Comandante de la Academia Interamericana de las Fuerzas Aéreas (IAAFA) informa al Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú la aceptación del Capitán FAP José Ricardo GASTIABURU HERRERA, para que participe en el Programa de Instructor Invitado en la Academia Interamericana de las Fuerzas Aéreas (IAAFA), desde el 2022 al 2024, por un periodo de dos (2) años, precisando que debe de asumir sus funciones a más tardar el 31 de octubre de 2022;
Que, a través del Informe Legal Nº 005-2022-LOAJ, la Jefatura de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Fuerza Aérea del Perú emite opinión favorable al viaje al exterior, en misión de estudios, del mencionado personal militar FAP, para que participe en el Programa de Instructor Invitado en la Academia Interamericana de las Fuerzas Aéreas (IAAFA), a realizarse en la Base Aérea de Lackland, ubicada en la ciudad de San Antonio, Estado de Texas, Estados Unidos de América, del 30 de octubre de 2022 al 31 de octubre de 2024;
Que, por medio del Oficio FAP Nº 001368-2022-DIGLO/FAP, la Dirección General de Logística de la Fuerza Aérea del Perú remite a la Dirección General de Personal de la citada Institución Armada la documentación que sustenta la presente autorización de viaje al exterior, en misión de estudios, del Capitán FAP José Ricardo GASTIABURÚ HERRERA;
Que, la Exposición de Motivos anexada al Oficio FAP Nº 001368-2022-DIGLO/FAP, señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Capitán FAP José Ricardo GASTIABURÚ HERRERA, para que participe en el Programa de Instructor Invitado en la Academia Interamericana de las Fuerzas Aéreas (IAAFA), por cuanto, le permitirá mejorar su capacidad para asumir cargos de supervisión con responsabilidad compleja de liderazgo y de administración. Asimismo, como instructor adquirirá las suficientes herramientas administrativas para desenvolverse en cargos de liderazgo enseñando los siguientes temas: pensamiento crítico, solución de problemas, formación y trabajo en equipo, sesiones de retroalimentación, gestión del tiempo, manejo del estrés, oratoria, implementación de conceptos de calidad en el área de trabajo y aplicación de los conceptos del comportamiento humano. De esta manera le permitirá a la Fuerza Aérea del Perú contar con personal calificado y con experiencia como instructor, lo cual repercutirá en la capacitación del personal de la citada Institución Armada, haciéndolos más competentes en relación con las Fuerzas Aéreas de la Región;
Que, adicionalmente, conforme a lo indicado en el acotado documento, los gastos por concepto de pasajes aéreos ida y vuelta, alojamiento, viáticos para alimentación y T.U.U.A, a excepción de transporte local para el participante serán cubiertos por el Gobierno de los Estados Unidos de América, de acuerdo al Memorándum de fecha 16 de mayo de 2022; por lo que, de conformidad con lo establecido en el inciso c) del artículo 3 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por compensación extraordinaria por servicios en caso de misión de estudios, comisión de servicio y tratamiento médico altamente especializado con financiamiento parcial, corresponde se le otorgue el pago del veinte por ciento (20%) de la compensación extraordinaria por servicios en el extranjero para cubrir el gasto de transporte interno del personal autorizado;
Que, de acuerdo con la Hoja de Gastos Nº 0088 DGVC-ME/SIAF-SP suscrita por el Jefe del Departamento de Viajes y Comisiones de la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, los gastos por conceptos de traslado de ida y del veinte por ciento (20%) de compensación extraordinaria mensual por servicios en el extranjero, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2022 de la Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, concordante con los artículos 7 y 8 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG;
Que, asimismo, se cuenta con la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 0000000014, emitida por el Jefe de Departamento de Ejecución Presupuestal de la Fuerza Aérea del Perú, se garantiza el financiamiento del presente viaje durante el Año Fiscal 2022, debiendo imputarse los pagos correspondientes a los años posteriores con cargo al Presupuesto del Sector Público del Año Fiscal que corresponda;
Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal militar designado en la referida actividad, resulta necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación; así como, su retorno un (1) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público;
Que, con Oficios Extra FAP Nº 001596-2022-SECRE/FAP y Nº 001751-2022-SECRE/FAP, la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú solicita se autorice el viaje al exterior, en misión de estudios, del Capitán FAP José Ricardo GASTIABURÚ HERRERA, para que participe en el Programa de Instructor Invitado en la Academia Interamericana de las Fuerzas Aéreas (IAAFA), en la Base Aérea de Lackland, ubicada en la ciudad de San Antonio, Estado de Texas, Estados Unidos de América, del 30 de octubre de 2022 al 31 de octubre de 2024; así como, autorizar su salida del país el 29 de octubre de 2022 y su retorno el 1 de noviembre de 2024;
Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior,
dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, será reducido en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1132, que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú;
Que, de conformidad con el artículo 26 de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificada por Decreto Legislativo Nº 1143, el Oficial nombrado en comisión de servicio o misión de estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio previsto en la ley de la materia;
Que, a través del Oficio N° 02487-2022-MINDEF/VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 532-2022-MINDEF/VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la presente autorización de viaje al exterior;
Que, mediante el Informe Legal N° 01763-2022-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el viaje al exterior, en misión de estudios, del Capitán FAP José Ricardo GASTIABURÚ HERRERA, para que participe en el Programa de Instructor Invitado en la Academia Interamericana de las Fuerzas Aéreas (IAAFA), en la Base Aérea de Lackland, ubicada en la ciudad de San Antonio, Estado de Texas, Estados Unidos de América, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Secretaría General; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y modificatoria; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y sus modificatorias; y, el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, modificado por Decreto Supremo N° 414-2019-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, al personal militar FAP que se detalla a continuación, para participar en el Programa de Instructor Invitado en la Academia Interamericana de las Fuerzas Aéreas (IAAFA), en la Base Aérea de Lackland, ubicada en la ciudad de San Antonio, Estado de Texas, Estados Unidos de América, del 30 de octubre de 2022 al 31 de octubre de 2024; así como, autorizar su salida del país el 29 de octubre de 2022 y su retorno el 1 de noviembre de 2024:
TITULAR
Capitán FAP José Ricardo GASTIABURÚ HERRERA
NSA: O-9766007 DNI: 45816102
SUPLENTE
Capitán FAP Juan Carlos MARCILLA BARBARAN
NSA: O-9755206 DNI: 44632483
Artículo 2.- La participación del personal suplente queda supeditada a la imposibilidad de participación del personal titular.
Artículo 3.- La Fuerza Aérea del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2022, de acuerdo a los siguientes conceptos:
Gastos de Traslado de ida (equipaje, bagaje e instalación)
US$ 5,346.90 x 1 x 1 persona US$ 5,346.90
Compensación extraordinaria por servicio en el extranjero
US$ 5,346.90 / 31 x 2 días x 1 persona x 20% US$ 68.99
US$ 5,346.90 x 2 meses x 1 persona x 20% US$ 2,138.76
Total a pagar US$ 7,554.65
Artículo 4.- El gasto que origine el cumplimiento de la presente autorización de viaje en misión de estudios, se efectuará con cargo a las partidas presupuestales del Sector Defensa – Fuerza Aérea del Perú del Año Fiscal correspondiente, de conformidad con la normativa vigente.
Artículo 5.- El monto de la compensación extraordinaria mensual es reducido por la Fuerza Aérea del Perú, en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, en cumplimiento al segundo párrafo del numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF.
Artículo 6.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, se hace por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de viajes al exterior del personal militar del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, con cargo al respectivo presupuesto institucional del año fiscal correspondiente.
Artículo 7.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados, y/o variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes.
Artículo 8.- El personal autorizado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país.
Artículo 9.- El citado Oficial está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia.
Artículo 10.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Daniel Hugo Barragán Coloma
Ministro de Defensa
2120172-1