Aprueban el inicio del Proceso de Formulación del Plan de Desarrollo Regional Concertado del Gobierno Regional del Callao 2023 - 2033

Ordenanza Regional

Nº 006

Callao, 1 de septiembre de 2022

EL GOBERNADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO

POR CUANTO:

El Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao en Sesión Ordinaria Virtual celebrada el 01 de septiembre de 2022.

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad al Artículo 191 de la Constitución Política del Perú modificado por el Artículo Único de la Ley Nº 30305, “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia (…); y el Inciso 2) del Artículo 192, establece que los Gobiernos Regionales son competentes para “Formular y aprobar el plan de desarrollo regional concertado con las municipalidades y la sociedad civil.”;

Que, mediante Ley Nº 27783, publicada el 20 de julio de 2002 en el Diario Oficial “El Peruano”, se aprueba la Ley de Bases de la Descentralización, en cuyo Artículo 35 sobre Competencias Exclusivas de los Gobiernos Regionales, establece que son competentes para “(…) c) Aprobar su organización interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes anuales de Presupuesto. (…)”. Asimismo, establece que los Gobierno Regionales tienen la facultad de adoptar y concordar, las políticas, planes y normas de los asuntos de su competencia;

Que, mediante Ley Nº 27867, publicada el 18 de noviembre de 2002 en el Diario Oficial “El Peruano”, se aprueba la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y demás modificatorias;

Que, el Artículo 6 de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, señala que: “El desarrollo regional comprende la aplicación coherente y eficaz de las políticas e instrumentos de desarrollo económico social, poblacional, cultural y ambiental, a través de planes, programas y proyectos orientados a generar condiciones que permitan el crecimiento económico armonizado con la dinámica demográfica, el desarrollo social equitativo y la conservación de los recursos naturales y el ambiente en el territorio regional, (…)”; asimismo, en el Inciso 1) del literal p. del Artículo 21, establece que, es atribución del Gobernador Regional, presentar ante el Consejo Regional “El Plan de Desarrollo Regional Concertado.”, y en su Artículo 32 señala que “La gestión de Gobierno Regional se rige por el Plan de Desarrollo Regional Concertado de mediano y largo plazo, así como el Plan Anual y el Presupuesto Participativo Regional, aprobados de conformidad con políticas nacionales y en cumplimiento del ordenamiento jurídico vigente. (…)”;

Que, el Numeral 5 del Artículo 8 sobre Principios rectores de las políticas y la gestión regional de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, establece que en virtud al principio de“(…) Eficacia.- Los Gobiernos Regionales organizan su gestión en torno a los planes y proyectos de desarrollo regional concertados, al cumplimiento de objetivos y metas explícitos y de público conocimiento. (…)”;

Que, el Artículo 11 de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, señala que: “(…) Los gobiernos regionales tienen la estructura orgánica básica siguiente: (…) EL CONSEJO DE COORDINACIÓN REGIONAL es un órgano consultivo y de coordinación del gobierno regional con las municipalidades. Está integrado por los alcaldes provinciales y por los representantes de la sociedad civil, con las funciones y atribuciones que le señala la presente Ley. (…)”;

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1088, publicado el 28 de junio de 2008 en el Diario Oficial “El Peruano”, se crea y regula la organización y funcionamiento del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, orientados al desarrollo de la planificación estratégica como instrumento técnico de gobierno y gestión para el desarrollo armónico y sostenido del país y el fortalecimiento de la gobernabilidad democrática en el marco del Estado constitucional de derecho;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 054 – 2011 – PCM, publicado el 23 de junio de 2011 en el Diario Oficial “El Peruano”, se aprueba el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional denominado PLAN BICENTENARIO: El Perú hacia el 2021, presentado por el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN; el cual ha sido realizado en un proceso eminentemente participativo, en el que han intervenido, entre otros, representantes de entidades del gobierno nacional, gobiernos regionales, organismos constitucionalmente autónomos y entidades privadas, así como de organismos no gubernamentales, entidades cooperantes, colegios profesionales, instituciones académicas y de entidades gremiales;

Que, por Decreto Supremo Nº 089 – 2011 – PCM, publicado el 29 de noviembre de 2011 en el Diario Oficial “El Peruano”, se autoriza el inicio del proceso de actualización del referido Plan Estratégico de Desarrollo Nacional, a cargo del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, el cual se realizará mediante coordinación multisectorial, interinstitucional e intergubernamental; se dispone además que durante el proceso de actualización, las entidades conformantes del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico continuarán desarrollando y ajustando sus planes estratégicos a los objetivos estratégicos del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional vigente, conforme a las directivas y normas que expida con tal propósito el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN;

Que, por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 026 – 2017 / CEPLAN / PCD de fecha 02 de mayo de 2017, se aprueba la Directiva Nº 001 – 2017 – CEPLAN / PCD, “Direciva para la Actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional”, con la finalidad de implementar progresivamente en las entidades de la Administración Pública conforme al ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua y a los lineamientos orientadores que sobre el particular difundirá el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN;

Que, mediante la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 00028 – 2021 / CEPLAN / PCD de fecha 21 de mayo de 2021, el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN aprobó la Guía para el Plan Estratégico de Desarrollo Regional Concertado para la mejora de los planes estratégicos con enfoque territorial, deben asegurar el desarrollo humano en sus territorios, en concordancia de la Política de Estado 34. Ordenamiento y gestión territorial, proceso que debe basarse en el conocimiento y la investigación de la excepcional diversidad en el territorio y la sostenibilidad de sus ecosistemas; en la articulación intergubernamental e intersectorial; en el fomento de la libre iniciativa pública y privada; y en la promoción del diálogo, la participación ciudadana y de actores claves públicos, privados, sociedad civil, academia y medios de comunicación;

Que, mediante la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 00008 – 2022 / CEPLAN / PCD de fecha 10 de febrero de 2022, el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, resuelve: “Artículo 1.- Autorizar a ampliar de forma excepcional el horizonte temporal hasta el año 2025 de los Planes de Desarrollo Regional Concertado y los Planes de Desarrollo Local Concertado (provincial y distrital) que tiene su horizonte temporal hasta el año 2021, siendo aplicable a los Planes de Desarrollo Concertado que hayan sido aprobados debidamente y cuenten con informe técnico del CEPLAN. (…) Artículo 5.- Disponer que los gobiernos regionales y gobiernos locales a nivel provincial y distrital, inicien la formulación del Plan de Desarrollo Concertado antes de junio del presente año, el horizonte temporal del plan deberá ser del 2022 al 2032”;

Que, el objetivo general del GORE CALLAO es institucionalizar un proceso de planeamiento que revalore el territorio y su entorno, identificando y priorizando ejes estratégicos de desarrollo que permitan una mejor orientación, coordinación y articulación de la gestión del Gobierno Regional con la sociedad civil y el sector privado para potenciar el desarrollo humano en el largo plazo;

Que, mediante el Informe Nº 902 – 2020 – GRC / GRPPAT de fecha 16 de noviembre de 2020, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, solicita a la Gerencia General Regional, la autorización del inicio del proceso de elaboración del Informe de Evaluación de Resultados (IER) del PDRC de la Región Callao vigente; bajo la conducción de la Gerencia Regional en mención y el acompañamiento de asistencia técnica y metodológica elaborada por la Oficina de Planificación, que sustenta el proceso en mención y acompaña el documento denominado: “Diseño Metodológico para la Evaluación del PDCR de la Región Callao 2011 – 2021”. El IER es un documento previo a la formulación del nuevo Plan de Desarrollo Regional Concertado, el cual debe contar con opinión del CEPLAN;

Que, con Informe Nº 246 – 2021 – GRC / GRPPAT / OP de fecha 26 de mayo de 2021, la Oficina de Planificación de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, manifiesta que se requiere contar con el Informe de Evaluación de Resultados (IER) del PDC (Plan de Desarrollo Regional Concertado) vigente, entre otros documentos necesarios para el inicio del proceso de formulación del nuevo PDRC (Plan de Desarrollo Regional Concertado) de la Región Callao;

Que, mediante el Informe Nº 350 – 2021 – GRC / GRPPAT de fecha 26 de mayo de 2021, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, eleva a la Gerencia General Regional, el Informe de Evaluación de Resultados (IER) del PDRC de la Región Callao vigente, cuya elaboración ha estado bajo la conducción de la mencionada Gerencia Regional y el acompañamiento de asistencia técnica y metodología elaborada por la Oficina de Planificación, a efectos de facilitar el proceso, adjunta el Informe Nº 246 – 2021 – GRC / GRPPAT / OP, que sustenta el proceso en mención y acompaña el Documento Técnico “Informe de Evaluación de Resultados (IER) del Plan de Desarrollo Concertado de la Región Callao 2011 – 2021”, entre otros considerandos para el inicio de la formulación del nuevo PDRC;

Que, con Informe Nº 389 – 2021 – GRC / GRPPAT de fecha 08 de junio de 2021, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, se dirige a la Gerencia General Regional, concluyendo que, es necesario contar con una metodología para la elaboración del “Mapeo de Actores Claves (MAC) en el Marco del Proceso de Formulación del Plan de Desarrollo Regional Concertado (PDRC) de la Región Callao”, que sustentará la propuesta de la conformación del Equipo Ampliado, solicitando su autorización, a fin que disponga las acciones de su aplicación con la asistencia técnica de la Oficina de Planificación;

Que, mediante Informe Nº 588 – 2021 – GRC / GRPPAT de fecha 13 de agosto de 2021, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, eleva a la Gobernación Regional el Informe Nº 393 – 2021 – GRC / GRPPAT / OP de la Oficina de Planificación, con relación a lo solicitado por el Asesor Consultor, Luis Alberto Ruiz Delgado mediante el Informe Nº 048 – 2021 – GRC / GR / FAG / LARD, sobre el proceso de elaboración del Cronograma de Trabajo y la Propuesta del Equipo Ampliado, de acuerdo a lo establecido en la Sección III. Consideraciones para el proceso de elaboración (formulación o actualización) del PDRC de la “Guía para el Plan de Desarrollo Regional Concertado para la mejora de planes estratégicos con enfoque territorial”, aprobada mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 00028 – 2021 / CEPLAN / PCD;

Que, mediante el Informe Nº 716 – 2021 – GRC / GRPPAT de fecha 24 de setiembre de 2021, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, eleva a la Gerencia General Regional, el documento: “Mapeo de Actores Claves (MAC) en el Marco del Proceso de Formulación del Plan de Desarrollo Regional Concertado (PDRC) de la Región Callao”, que sustenta la propuesta del Equipo Ampliado, sugiriendo su presentación ante la Comisión de Planeamiento Estratégico del Gobierno Regional del Callao para su validación y entre otros documentos, una vez conformado el Consejo de Coordinación Regional (CCR) en su totalidad, se procederá a su presentación y en su posterioridad, solicitar la aprobación del inicio del Proceso de Formulación del nuevo Plan de Desarrollo Regional Concertado (PDRC) de la Región Callao y la conformación del Equipo Ampliado;

Que, a través del Memorando Múltiple Nº 119 – 2021 – GRC – GRPPAT de fecha 19 de noviembre de 2021, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, convoca a la Gerencia General Regional, a las Gerencias Regionales y Oficinas, para la presentación del documento: “Mapeo de Actores Claves (MAC) en el Marco del Proceso de Formulación del Plan de Desarrollo Regional Concertado (PDRC) de la Región Callao”;

Que, mediante el Acta de fecha 23 de noviembre de 2021, la Comisión de Planeamiento Estratégico, acordó por unanimidad validar el documento: “Mapeo de Actores Claves (MAC) en el Marco del Proceso de Formulación del Plan de Desarrollo Regional Concertado (PDRC) de la Región Callao”, que sustenta la propuesta del Equipo Ampliado, según la Guía del CEPLAN;

Que, a través del Oficio Nº 058 – 2022 – GRC / CD / RFG con fecha de recepción 18 de febrero de 2022, el Consejero Delegado del Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, Sr. Roberto Eliazar Fernández Geldres, dispuso la devolución del Informe Nº 588 – 2021 – GRC / GRPPAT sobre el Informe de Evaluación de Resultados (IER) del Plan de Desarrollo Regional Concertado (PDRC): “Plan de Desarrollo Concertado Región Callao 2011 – 2021”, a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial , indicando que falta la Propuesta de Ordenanza Regional, Informe Legal de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y el fedateo de las copias simples, a fin de poder completar la documentación faltante, para el trámite correspondiente;

Que, mediante Informe Nº 198 – 2022 – GRC / GRPPAT de fecha 04 de marzo de 2022, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, eleva a la Gerencia General Regional, los documentos y anexos que sustentan la solicitud de aprobación del Inicio del Proceso de Formulación del Plan de Desarrollo Regional Concertado (PDRC) 2023 – 2033, a través del Informe Nº 102 – 2022 – GRC / GRPPAT / OP de la Oficina de Planificación, sugiriendo derivar los actuados a la Gerencia de Asesoría Jurídica para opinión legal y prosiga su trámite correspondiente ante el Consejo de Coordinación regional (CCR), adjuntando el proyecto de Ordenanza Regional, en el marco de la “Guía para el Plan Estratégico de Desarrollo Regional Concertado para la mejora de los planes estratégicos con enfoque territorial”, aprobada mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 00028 – 2021 / CEPLAN / PCD, sobre la aprobación del Inicio del Proceso de Formulación del Plan de Desarrollo Regional Concertado (PDRC);

Que, con Informe Nº 281 – 2022 – GRC / GAJ de fecha 11 de marzo de 2022, la Gerencia de Asesoría Jurídica, emite opinión, señalando que encuentra conforme el proyecto de Ordenanza remitido que aprueba el Inicio del Proceso de Formulación del Plan de Desarrollo Regional Concertado del Gobierno Regional del Callao 2023 – 2033, recomendando que la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, en su calidad de Secretario Técnico del Consejo de Coordinación Regional, sustente ante el Consejo Regional del Callao, el Inicio de la Formulación del nuevo Plan de Desarrollo Regional Concertado de la Región Callao y lo demás que contiene relacionado al Plan de Desarrollo Regional Concertado 2023 – 2033;

Que, mediante el Acta de Reunión del Consejo de Coordinación Regional de fecha 28 de abril de 2022, se validan los documentos establecidos en las consideraciones generales de la Guía de CEPLAN, y el Proyecto de Ordenanza Regional para su aprobación por el Consejo Regional para formalizar el inicio del proceso de formulación del PDRC 2023 – 2033, por lo que, en señal de conformidad, el Consejo de Coordinación Regional, suscriben el Acta en la fecha;

Que, por Informe Nº 454 – 2022 – GRC / GRPPAT de fecha 10 de mayo de 2022, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, informa a la Gerencia General Regional, que mediante la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 00008 – 2022 / CEPLAN / PCD de fecha 10 de febrero de 2022, el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, resuelve en su Artículo 5.- Disponer que los gobiernos regionales y gobiernos locales a nivel provincial y distrital, inicien la formulación del Plan de Desarrollo Concertado antes de junio del presente año, el horizonte temporal del plan deberá ser del 2022 al 2032; por lo que en tal sentido, para el proceso de formulación del nuevo Plan de Desarrollo Regional Concertado a cargo del Gobierno Regional del Callao, el horizonte corresponderá del 2023 al 2033, siempre y cuando se apruebe en el presente año; por lo que remite los documentos y anexos de los actuados, sugiriendo elevar ante el Despacho de la Gobernación Regional, para que convoque a Sesión de Consejo Regional y poner en consideración el proyecto de Ordenanza Regional, que aprueba el inicio del Proceso de Formulación del Plan de Desarrollo Regional Concertado (PDRC) 2023 – 2033;

Que, estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones otorgadas al Gobernador Regional por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales – Ley Nº 27867 y modificatorias; el Consejo Regional ha aprobado la siguiente:

ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL INICIO DEL PROCESO DE FORMULACIÓN DEL PLAN DE DESARROLLO REGIONAL CONCERTADO DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO 2023 – 2033

Artículo 1º.- APROBAR, el inicio del Proceso de Formulación del Plan de Desarrollo Regional Concertado del Gobierno Regional del Callao 2023 – 2033, de acuerdo al cronograma adjunto al presente documento en Anexo I.

Artículo 2º.- APROBAR, la Conformación del Equipo Ampliado para el Proceso de Formulación del Plan de Desarrollo Regional Concertado del Gobierno Regional del Callao 2023 – 2033, sustentado en el Informe Nº 716-2021-GRC/GRPPAT de fecha 24 de setiembre de 2021, de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, “Mapeo de Actores Claves (MAC) en el Marco del Proceso de Formulación del Plan de Desarrollo Regional Concertado (PDRC) de la Región Callao”, de acuerdo al Anexo II, adjunto al presente.

Artículo 3º.- ENCARGAR, a la Gerencia General Regional, para que en coordinación con la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, se proceda con la asignación de los recursos presupuestales necesarios para la formulación, difusión y comunicación del Plan de Desarrollo Regional Concertado (PDRC) 2023-2033 del Gobierno Regional del Callao, y proponer las normas reglamentarias y complementarias en facilitar el proceso de formulación del PDRC.

Artículo 4º.- ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Ordenanza Regional a la Gobernación Regional, Gerencia General Regional y Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, quienes deberán de cumplir las resoluciones y directivas correspondientes.

Artículo 5º.- DISPONER, que la presente Ordenanza Regional sea publicada en el Diario Oficial “El Peruano” y en un diario de circulación regional, la misma que entrará en vigencia el día siguiente de su publicación.

Artículo 6º.- ENCARGAR, a la Oficina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones la publicación de la presente Ordenanza Regional, en el Portal Institucional www.regioncallao.gob.pe.

Artículo 7º.- ENCARGAR, a la Oficina de Trámite Documentario y Archivo del Gobierno Regional del Callao, notificar la presente Ordenanza Regional, a las Unidades Orgánicas del Gobierno Regional del Callao, para su conocimiento y fines pertinentes.

POR TANTO:

Regístrese, publíquese y cúmplase.

DANTE MANDRIOTTI CASTRO

Gobernador Regional

2119916-1