Disponen la publicación del proyecto de “Contenido Mínimo del Plan de Minimización y Manejo de Residuos Sólidos No Municipales”, en la sede digital del Ministerio del Ambiente
Resolución Ministerial
Nº 218-2022-MINAM
Lima, 20 de octubre de 2022
VISTOS; el Memorando N° 00982-2022-MINAM/VMGA, del Viceministerio de Gestión Ambiental; el Memorando N° 01007-2022-MINAM/VMGA/DGRS de la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos; el Memorando N° 0021-2022-MINAM/VMGA/DGRS/DIGRS y el Informe N° 00159-2022-MINAM/VMGA/DGRS/DIGRS de la Dirección de Instrumentos de Gestión de Residuos Sólidos de la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos; el Informe N° 00490-2022-MINAM/SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 22 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú establece que toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida;
Que, según lo dispuesto en el literal k) del artículo 7 del Decreto Legislativo N° 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, este tiene dentro de sus funciones específicas promover y coordinar la adecuada gestión de residuos sólidos, la protección de la calidad del aire, y el control del ruido y de las radiaciones no ionizantes y sancionar su incumplimiento;
Que, conforme lo señalado en el literal g) del artículo 15 del Decreto Legislativo N° 1278, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, el Ministerio del Ambiente, tiene dentro de sus funciones, normar sobre el manejo de residuos sólidos, incluyendo los correspondientes a infraestructura de manejo de residuos sólidos, actividades de reutilización, recuperación, valorización material y energética; gestión de áreas degradadas por la acumulación de residuos sólidos de gestión municipal:
Que, el artículo 7 del precitado Decreto Legislativo, señala que el Plan de Minimización y Manejo de residuos sólidos no municipales es uno de los instrumentos para el uso eficiente de los materiales y la gestión de los residuos sólidos;
Que, el artículo 49 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1278, aprobado mediante Decreto Supremo N° 014-2017-MINAM, modificado por Decreto Supremo N° 001-2022-MINAM, dispone que el Plan de Minimización y Manejo de Residuos Sólidos no Municipales, también denominado Plan de Manejo de Residuos Sólidos, de los proyectos de inversión y actividades, forma parte de los instrumentos de gestión ambiental, sujetos al Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental (SEIA) y complementarios a este;
Que, la Sexta Disposición Complementaria Final del precitado Reglamento, establece que el Ministerio del Ambiente, a través de la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos, aprueba el contenido mínimo del Plan de Minimización y Manejo de Residuos Sólidos;
Que, el artículo 39 del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM, señala que los proyectos de normas que regulen asuntos ambientales generales o que tengan efectos ambientales, serán puestos en conocimiento del público para recibir opiniones y sugerencias de los interesados; precisando, además, que el aviso de publicación del proyecto deberá publicarse en el Diario Oficial El Peruano y el cuerpo completo del proyecto en el portal de transparencia de la entidad, por un período mínimo de diez (10) días útiles;
Que, artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, prevé que las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el Diario Oficial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales; permitiendo que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas;
Que, de acuerdo con el literal a) del artículo 106 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Resolución Ministerial N° 167-2021-MINAM, la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos tiene por función proponer instrumentos técnicos-normativos sobre la gestión y manejo de residuos sólidos, en coordinación con las entidades competentes, según corresponda;
Que, en este contexto, mediante Memorando N° 01007-2022-MINAM/VMGA/DGRS la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos propone el proyecto de “Contenido Mínimo del Plan de Minimización y Manejo de Residuos Sólidos No Municipales”; a fin que sea puesto en conocimiento del público para recibir las opiniones y sugerencias de los interesados;
Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental, de la Secretaría General, de la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos, y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Decreto Legislativo N° 1278; Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 014-2017-MINAM; el Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM; el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobada por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Resolución Ministerial N° 167-2021-MINAM;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Disponer la publicación del proyecto de “Contenido Mínimo del Plan de Minimización y Manejo de Residuos Sólidos No Municipales”.
Dicha publicación se realiza en la sede digital del Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/1024-consultas-publicas-de-proyectos-normativos-minam), para recibir opiniones y/o sugerencias de los interesados, por un plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 2.- Las opiniones y/o sugerencias sobre el proyecto señalado en el artículo precedente deben ser remitidas por escrito al Ministerio del Ambiente, sito en la Avenida Antonio Miroquesada N° 425, 4to piso, Magdalena del Mar, Lima; o a la dirección electrónica digrs@minam.gob.pe.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Wilbert Gabriel Rozas Beltrán
Ministro del Ambiente
2118783-1