Ordenanza que aprueba Plan Distrital de Manejo de Residuos Sólidos de San Isidro 2022-2026

ORDENANZA Nº 573-MSI

EL ALCALDE DE SAN ISIDRO

POR CUANTO:

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

VISTOS: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen N° 041-2022-CAJLI/MSI de la Comisión de Asuntos Jurídicos, Laborales e Informática; el Dictamen N° 013-2022-CDUEAIPSM/MSI de la Comisión de Desarrollo Urbano, Económico y Ambiental, Inversiones Públicas y Servicios Municipales; el Memorándum N° 474-2022-1600-GDAS/MSI de la Gerencia de Desarrollo Ambiental Sostenible; el Informe N° 695-2022-1610-SGA-GDAS/MSI de la Subgerencia de Gestión Ambiental; el Informe N° 074-2022-0500-GPPDC/MSI de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo; el Informe N° 438-2022-0510-SPP-GPPDC/MSI de la Subgerencia de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe N° 216-2022-0400-GAJ/MSI de la Gerencia de Asesoría Jurídica; referidos al proyecto de Ordenanza que aprueba el Plan Distrital de Manejo de Residuos Sólidos de San Isidro 2022-2026; y,

CONSIDERANDO:

Que, los artículos 194° y 195°, numerales 5 y 8, de la Constitución Política del Perú establecen que las municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo competentes para organizar, reglamentar y administrar los servicios públicos locales de su responsabilidad, y desarrollar y regular actividades y/o servicios en materia de salud, saneamiento y medio ambiente, conforme a ley;

Que, el artículo 80°, numeral 3.1, de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972 y modificatorias, prescribe que, en materia de saneamiento, es función específica exclusiva de las municipalidades distritales, proveer del servicio de limpieza pública, determinando las áreas de acumulación de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios;

Que, el artículo 119º, numeral 119.1, de la Ley General del Ambiente, Ley Nº 28611, indica que la gestión de los residuos sólidos de origen doméstico, comercial o que siendo de origen distinto presenten características similares a aquellos, son de responsabilidad de los gobiernos locales, y que por ley se establece el régimen de gestión y manejo de los residuos sólidos municipales;

Que, los artículos 7º, 23º, literal e), y 24°, numeral 24.1, literal d), del Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, Decreto Legislativo Nº 1278, modificado por Decreto Legislativo Nº 1501, establecen que el Plan Distrital de Manejo de Residuos Sólidos Municipales (PMR) es un instrumento para el uso eficiente de los materiales y la gestión de los residuos sólidos, y que las Municipalidades Distritales en materia de manejo de residuos sólidos son competentes para aprobar y actualizar el plan distrital de manejo de residuos, para la gestión eficiente de los residuos de su jurisdicción, en concordancia con los planes provinciales y el plan nacional, así como que las Municipales Provinciales son competentes para emitir opinión fundamentada sobre los proyectos de ordenanzas distritales referidos al manejo de residuos sólidos;

Que, a su vez, el artículo 10º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1278, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2017-MINAM, modificado por Decreto Supremo Nº 005-2022-MINAM, prescribe que el Plan Distrital de Manejo de Residuos Sólidos Municipales es un instrumento de planificación en materia de residuos sólidos de gestión municipal, que tiene por objetivo generar las condiciones necesarias para una adecuada, eficaz y eficiente gestión y manejo de los residuos sólidos, desde la generación hasta la disposición final; que se actualizan cada cinco (05) años y deben contener como mínimo lo siguiente: a) Diagnóstico de la situación del manejo de los residuos sólidos de gestión municipal, b) Objetivos estratégicos, metas y un plan de acción; c) Mecanismos y actividades de seguimiento y evaluación de avances y resultados; así como que los planes de gestión de residuos sólidos municipales deben formularse conforme al contenido y a los plazos señalados en las guías técnicas que emita el MINAM;

Que, por su parte, por Resolución Ministerial N° 100-2019-MINAM se aprueba la “Guía para elaborar el Plan Distrital de Manejo de Residuos Sólidos”, la cual establece disposiciones para la elaboración del PMR, a través de cuatro (04) etapas, en las que se considera conformar el Equipo Técnico Municipal – ETM, mediante Resolución de Alcaldía, el cual estará encargado del proceso para la elaboración del PMR (1. Presentación; 2. Marco legal; 3. Diagnostico Distrital; 4. Desarrollo del PMRs; y, 5. Seguimiento y Monitoreo); y una vez culminada la elaboración del mismo, éste deberá ser aprobado mediante Ordenanza Municipal para su ejecución, y que las Municipalidades Provinciales emitirán la opinión a los proyectos de Planes Distritales de Manejo de Residuos Sólidos Municipales formulados por las Municipalidades Distritales;

Que, mediante Ordenanza Nº 398-MSI, publicado el 30 de julio de 2015, se aprobó el Plan de Manejo de Residuos Sólidos de San Isidro;

Que, por Resolución de Alcaldía N° 151 del 20 de julio de 2020 se conformó el Equipo Técnico Municipal (ETM) para la elaboración del Plan Distrital de Manejo de Residuos Sólidos de la Municipalidad de San Isidro, y mediante Resolución de Alcaldía N° 374 del 07 de setiembre de 2022 se actualiza la conformación de dicho Equipo Técnico Municipal (ETM);

Que, en este contexto, acorde con sus funciones previstas en el Reglamento de Organización y Funciones -ROF de la Municipalidad de San Isidro, aprobado por Ordenanza N° 505-MSI y modificatoria, con los documentos de los vistos, la Gerencia de Desarrollo Ambiental Sostenible y la Subgerencia de Gestión Ambiental remiten el proyecto de Ordenanza que aprueba el Plan Distrital de Manejo de Residuos Sólidos de San Isidro 2022-2026, elaborado por el Equipo Técnico Municipal (ETM), que tiene como finalidad buscar soluciones sostenibles desde un punto de vista técnico - financiero, social, institucional, legal y ambiental para mejorar la gestión de los residuos sólidos municipales, desarrollando políticas para la minimización de residuos sólidos en coordinación con los actores involucrados, y trazando metas y acciones específicas acordes con la realidad actual del distrito para cumplir con los objetivos desarrollados en dicho Plan Distrital; el que cuenta con las opiniones favorables de las áreas competentes de la Municipalidad de San Isidro, de la Comisión Ambiental Municipal (CAM) de San Isidro, y de la Municipalidad Metropolitana de Lima;

Que, asimismo el referido Plan cuenta con la conformidad de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo y de la Subgerencia de Planeamiento y Presupuesto, con los informes de la referencia, opinando que cumple con lo establecido en la “Guía para elaborar el Plan Distrital de Manejo de Residuos Sólidos”;

Que, en consecuencia, la propuesta normativa se encuentra conforme con los lineamientos de la gestión integral de residuos sólidos previstos en el Decreto Legislativo Nº 1278, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2017-MINAM y modificatorias, la “Guía para elaborar el Plan Distrital de Manejo de Residuos Sólidos”, aprobada por Resolución Ministerial N° 100-2019-MINAM, y demás normativa aplicable;

Que, por tales consideraciones, corresponde la aprobación del proyecto de Ordenanza que aprueba el Plan Distrital de Manejo de Residuos Sólidos de San Isidro 2022-2026, elaborado por el Equipo Técnico Municipal (ETM) y propuesto por la Gerencia de Desarrollo Ambiental Sostenible y la Subgerencia de Gestión Ambiental, conforme a su competencia funcional;

Que, con las opiniones favorables de la Gerencia de Desarrollo Ambiental Sostenible; Subgerencia de Gestión Ambiental; Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo; Subgerencia de Planeamiento y Presupuesto; y Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante los documentos del visto, es pertinente la aprobación de la citada propuesta normativa;

Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del artículo 9° y el artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y modificatorias, el Concejo Municipal, por mayoría, y con la dispensa del trámite de su lectura y aprobación del Acta, aprobó la siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA PLAN DISTRITAL

DE MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS DE

SAN ISIDRO 2022-2026

Artículo Primero.- APROBAR el PLAN DISTRITAL DE MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS DE SAN ISIDRO 2022-2026, el que en Anexo forma parte de la presente Ordenanza.

Artículo Segundo.- DEROGAR la Ordenanza Nº 398-MSI que aprueba el Plan de Manejo de Residuos Sólidos de San Isidro.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Ambiental Sostenible, a través de la Subgerencia de Gestión Ambiental, el cumplimiento de la presente Ordenanza, de acuerdo con sus competencias y funciones.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General disponga la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, la publicación de la citada norma y su anexo, en el portal institucional www.munisanisidro.gob.pe.

POR TANTO:

Mando se registre, comunique, publique y cumpla.

Dado en San Isidro a los 14 días del mes de octubre de 2022.

AUGUSTO CÁCERES VIÑAS

Alcalde

2118357-1