Rectifican error material contenido en el Artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 354-2022-MINEM/DM
Resolución Ministerial
Nº 382-2022-MINEM/DM
Lima, 20 de octubre de 2022
VISTOS: el Informe Nº 310-2022-MINEM/DGER-JAL de la Jefatura de Asesoría Legal de la Dirección General de Electrificación Rural, el Informe N° 290-2022/MINEM-OGPP-OPRE de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 1030-2022-MINEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría y Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 354-2022-MINEM/DM de fecha 30 de setiembre de 2022, se autorizó la transferencia financiera de recursos provenientes de la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora Nº 005:Dirección General de Electrificación Rural del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas, por la suma de S/ 17 435 869,00 (Diecisiete millones cuatrocientos treinta y cinco mil ochocientos sesenta y nueve y 00/100 soles), a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Norte S.A., para financiar el Proyecto “Mejoramiento y Ampliación del Sistema de Electrificación Rural de 23 Comunidades del distrito de Llama, provincia de Chota, departamento de Cajamarca”;
Que, mediante Informe Nº 310-2022-MINEM/DGER-JAL, la Jefatura de Asesoría Legal de la Dirección General de Electrificación Rural advierte un error material en la Resolución Ministerial N° 354-2022-MINEM/DM, en lo que corresponde a la codificación de la Fuente de Financiamiento de la Estructura Programática, por lo que solicita la rectificación conforme lo señalado en el citado informe, toda vez que no altera el contenido ni el sentido de la Resolución Ministerial N° 354-2022-MINEM/DM;
Que, con Informe Nº 290-2022/MINEM-OGPP-OPRE, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, desde el punto de vista presupuestal recomienda que se rectifique la codificación de la Fuente de Financiamiento de la Estructura Programática contenido en el Artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 354-2022-MINEM/DM, a efectos de que se realice la transferencia a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Norte S.A., para la ejecución del citado Proyecto;
Que, el numeral 212.1 del artículo 212 del del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, en adelante TUO de la LPAG, señala que los errores materiales o aritméticos en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión; asimismo, el numeral 212.2 del artículo 212 del citado dispositivo legal establece que la rectificación adopta las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original;
Que, mediante Informe Nº 1030-2022-MINEM/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina que resulta legalmente viable rectificar el error material contenido en el Artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 354-2022-MINEM/DM de fecha 30 de setiembre de 2022, dejando subsistente los demás extremos de la citada resolución;
Que, en consecuencia, es necesario rectificar el error material advertido en el Artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 354-2022-MINEM/DM de fecha 30 de setiembre de 2022, en aplicación del artículo 212 del TUO de la LPAG, los mismos que por su carácter material y formal, no alteran el contenido ni el sentido de lo resuelto;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; y el Decreto Supremo N° 031-2007-EM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Rectificar el error material contenido en el Artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 354-2022-MINEM/DM de fecha 30 de setiembre de 2022, conforme al siguiente detalle:
DICE:
SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO : 016 Ministerio de Energía y Minas
UNIDAD EJECUTORA : 005 Dirección General de Electrificación Rural
FUNCIÓN : 12 Energía
DIVISIÓN FUNCIONAL : 028 Energía Eléctrica
PROGRAMA PRESUPUESTAL : 0046 Acceso y Uso de la Electrificación Rural
PRODUCTO/PROYECTO : 3000001 Acciones Comunes
ACTIVIDAD : 5004833 Transferencia a Entidades para Proyectos de Electrificación
FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 09 Recursos Directamente Recaudados
GASTOS DE CAPITAL (En soles)
2.4 Donaciones y Transferencias 17 435 869,00
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TOTAL 17 435 869,00
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DEBE DECIR:
SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO : 016 Ministerio de Energía y Minas
UNIDAD EJECUTORA : 005 Dirección General de Electrificación Rural
FUNCIÓN : 12 Energía
DIVISIÓN FUNCIONAL : 028 Energía Eléctrica
PROGRAMA PRESUPUESTAL : 0046 Acceso y Uso de la Electrificación Rural
PRODUCTO/PROYECTO : 3000001 Acciones Comunes
ACTIVIDAD : 5004833 Transferencia a Entidades para Proyectos de Electrificación
FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 05 Recursos Determinados
GASTOS DE CAPITAL (En soles)
2.4 Donaciones y Transferencias 17 435 869,00
-------------------
TOTAL 17 435 869,00
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Artículo 2.- Mantener subsistentes los demás extremos de la Resolución Ministerial Nº 354-2022-MINEM/DM de fecha 30 de setiembre de 2022.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALESSANDRA G. HERRERA JARA
Ministra de Energía y Minas
2117644-1