Designan director del Centro Juvenil de Medio Cerrado Miguel Grau-Piura del Programa Nacional de Centros Juveniles

Resolución de Dirección Ejecutiva

Nº 197-2022-JUS/PRONACEJ

Lima, 20 de octubre de 2022

VISTOS: El Informe Nº 435-2022-JUS/PRONACEJ-UGRH de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos y el Informe Legal Nº 339-2022-JUS/PRONACEJ-UAJ de la Unidad de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 247-2021-JUS, publicada el 10 de diciembre de 2021 en el Diario Oficial “El Peruano”, se aprobó el nuevo Manual de Operaciones (MOP) del Programa Nacional de Centros Juveniles (PRONACEJ);

Que, el artículo 7 del MOP establece que la Dirección Ejecutiva es la máxima autoridad ejecutiva y administrativa del PRONACEJ; por lo que, es responsable de planificar, dirigir, coordinar y supervisar las acciones técnico - administrativas y operativas del Programa, cautelando el cumplimiento de las políticas, lineamientos y planes orientados al funcionamiento óptimo del Sistema de Reinserción Social del Adolescente en Conflicto con la Ley Penal;

Que, de acuerdo al Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del PRONACEJ, aprobado por Resolución Ministerial Nº 281-2019-JUS, el cargo estructural de “director/a de Centro Juvenil de Medio Cerrado” tiene la clasificación de Empleado de Confianza (EC);

Que, se encuentra vacante el puesto de confianza de director/a de Centro Juvenil de Medio Cerrado Miguel Grau-Piura; por lo que, resulta necesario designar a el/la servidor/a que asuma tal cargo;

Que, al respecto, mediante el Informe Nº 435-2022-JUS/PRONACEJ-UGRH, de fecha 20 de octubre de 2022, la Unidad de Gestión de Recursos Humanos indica que procedió a la evaluación de los requisitos establecidos en el Manual de Clasificador de Cargos del PRONACEJ, de los impedimentos para el acceso a la función públicos establecidos en el numeral 28.3 del artículo 28 del Reglamento de la Ley Nº31419, y del artículo 7 de la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público, verificándose que el señor Hugo Niño Carmona cumple con los requisitos para desempeñar el cargo de confianza de director del Centro Juvenil de Medio Cerrado Miguel Grau-Piura; por lo que, concluye que corresponde emitir el acto resolutivo que lo designe en el citado puesto de confianza;

Que, de manera complementaria, la citada unidad informa que el señor Hugo Niño Carmona, es servidor del PRONACEJ contratado a plazo indeterminado bajo el régimen laboral regulado por el Decreto Legislativo Nº 728, en el cargo de técnico administrativo II, con código de plaza 197, por lo que corresponde tener en cuenta lo establecido en las conclusiones 3.1 y 3.2 del Informe Técnico Nº 867-2019-SERVIR/GPGSC, de fecha 13 de junio de 2019, emitido por la Autoridad Nacional del Servicio Civil sobre la designación en cargos de confianza y la reserva de plaza; y, corresponde que, en el mismo acto de designación, se establezca la reserva de su plaza de origen durante la vigencia de su designación en el puesto de confianza;

Que, de acuerdo al Informe Legal Nº 339-2022-JUS/PRONACEJ-UAJ, de fecha 20 de octubre de 2022, la Unidad de Asesoría Jurídica considera que la designación propuesta se encuentra dentro del marco legal vigente; por lo que resulta viable que la Dirección Ejecutiva emita el acto resolutivo, mediante el cual se resuelva designar al señor Hugo Niño Carmona en el puesto de confianza de director del Centro Juvenil de Medio Cerrado Miguel Grau-Piura;

Que, de acuerdo con lo establecido en el literal p) del artículo 8 del Manual de Operaciones del PRONACEJ, la Dirección Ejecutiva tiene como función: “Designar, encargar funciones, puestos y remover al personal de confianza”;

Con los vistos de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos, la Unidad de Gestión de Medida Socioeducativa de Internación y la Unidad de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM; el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Centros Juveniles, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 247-2021-JUS; y la Resolución Ministerial Nº 295-2022-JUS;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Designar al señor Hugo Niño Carmona en el cargo de confianza de director del Centro Juvenil de Medio Cerrado Miguel Grau-Piura del Programa Nacional de Centros Juveniles.

Artículo 2.- Reservar la plaza de origen de técnico administrativo II del señor Hugo Niño Carmona, perteneciente al Régimen Laboral del Decreto Legislativo Nº 728, con código de plaza 197, durante la vigencia del cargo de confianza de director del Centro Juvenil de Medio Cerrado Miguel Grau-Piura, debiendo retornar a su plaza de origen al término de tal designación.

Artículo 3.- Disponer que la Unidad de Gestión de Recursos Humanos proceda con la notificación de la presente resolución a las áreas pertinentes y al servidor citado en el artículo 1 de la presente resolución.

Artículo 4.- Disponer que la Unidad de Gestión de Recursos Humanos realice las acciones administrativas que resulten necesarias, en mérito a lo dispuesto en la presente resolución.

Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano” y en el portal institucional del Programa Nacional de Centros Juveniles (www.pronacej.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Edwar Segundo Rebaza Iparraguirre

Director Ejecutivo

Programa Nacional de Centros Juveniles

2117603-1