Aprueban Reglamento de Organización y Funciones (ROF), estructura orgánica y organigrama de la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios

UNIVERSIDAD NACIONAL

AMAZÓNICA DE MADRE DE DIOS

RESOLUCIÓN RECTORAL

Nº 218-2022-UNAMAD-R

Puerto Maldonado, 27 de junio de 2022

VISTO:

El Expediente Nº 1591, recepcionado en fecha 22 de junio de 2022; conteniendo el Oficio Nº 0939-2022-UNAMAD-R-OPEP, recepcionado en fecha 22 de junio de 2022, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº27297, de fecha 05 de Julio del año 2000, se crea la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios, en adelante la UNAMAD; autorizándose su funcionamiento definitivo, mediante Resolución Nº626-2009-CONAFU, de fecha 27 de noviembre del año 2009. Asimismo, la UNAMAD, obtiene su Licenciamiento Institucional, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 132-2019-SUNEDU/CD, de fecha 10 de octubre de 2019, por un período de seis (06) años, computados a partir de la notificación de la citada resolución, es decir desde el 14 de octubre del 2019;

Que, mediante Resolución de Comité Electoral Universitario Nº 012-2021-UNAMAD-CEU, de fecha 15 de noviembre de 2021, se acredita al Dr. Hernando Hugo Dueñas Linares, como Rector de la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios, a partir del 01 de diciembre de 2021 hasta el 30 de noviembre del año 2026;

Que, en el artículo 7º del Estatuto de la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios, señala: La UNAMAD se rige por el principio de autonomía universitaria que se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú, la Ley Universitaria, el presente Estatuto y sus reglamentos correspondientes. Esta autonomía se manifiesta en los siguientes regímenes: a) Normativo, b) Gobierno, c) Académico, d) Administrativo, e) Económico”;

Que, la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, tiene por objeto normar la creación, funcionamiento, supervisión y cierre de las universidades. Promueve el mejoramiento continuo de la calidad educativa de las instituciones universitarias como entes fundamentales del desarrollo nacional, de la investigación y de la cultura. Asimismo, establece los principios, fines y funciones que rigen el modelo institucional de la universidad;

Que, asimismo, el artículo 1 de la citada Ley Nº 30220, Ley Universitaria, establece que el Ministerio de Educación es el ente rector de la política de aseguramiento de la calidad de la educación superior universitaria;

Que, con Resolución Nº 057-2020-UNAMAD-R, de fecha 25 de febrero de 2020, se resuelve en APROBAR, el REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF), estructura orgánica y organigrama de la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios, que establece competencias, funciones generales, funciones específicas de las unidades orgánicas y órganos;

Que, por Resolución Ministerial Nº 588-2019-MINEDU de fecha 02 de diciembre de 2019, se aprueba los Lineamientos para la Formulación del Reglamento de Organización y Funciones-ROF de las Universidades Públicas, que tienen por finalidad generar predictibilidad en la formulación y contenido del Reglamento de Organización y Funciones de las Universidades Públicas, a través de un diseño organizacional que contemple la naturaleza y complejidad de sus funciones; y, garantice la adecuada prestación de los servicios de manera eficaz, eficiente y de calidad, en concordancia con la Ley Universitaria;

Que, el numeral 6.6 de los citados lineamientos, establece, que las Universidades Públicas aprueban su Reglamento de Organización y Funciones, de manera integral mediante Resolución del Titular de la entidad, en concordancia con el numeral 45.3 del artículo 45 de los Lineamientos de Organización del Estado;

Que, con Oficio Nº 098-2022-UNAMAD/R/OPEP-UME, de fecha 31 de mayo de 2022, la Jefe de la Unidad de Modernización y Estadística, remite al Jefe (e) de la Oficina de Planeamiento Estratégico y Presupuesto, propuesta del Reglamento de Organización y Funciones-ROF de la UNAMAD, para su respectiva revisión por la Dirección General de Educación Superior Universitaria. El mismo que con Oficio Nº 0796-2022-UNAMAD-R-OPEP, es remitido al Rector para las acciones administrativas correspondientes;

Que, con Oficio Nº 0572-2022-UNAMAD-R, de fecha 31 de mayo de 2022, el Rector, solicita a la Dirección General de Educación Superior Universitaria, emitir opinión sobre la propuesta del Reglamento de Organización y Funciones de la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios;

Que, con Oficio Nº 00684-2022-MINEDU/VMGP-DIGESU, de fecha 16 de junio de 2022, el Director General de Educación Superior Universitaria, remite adjunto el Informe Nº 00084-2022-MINEDU/VMGP-DIGESU-DICOPRO, del Coordinador en Modernización del Estado y Documentos de Gestión, mediante el cual, emite opinión favorable a la propuesta del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la UNAMAD de conformidad con lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 588-2019-MINEDU;

Que, con Informe Nº 034-2022-UNAMAD-R-OPEP-UME, de fecha 20 de junio de 2022, la Jefe de la Unidad de Modernización, en virtud al considerando precedente, recomienda lo siguiente: 1) Elevar la propuesta del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la UNAMAD, informe técnico sustentatorio y estructura orgánica para su aprobación en cumplimiento del numeral 6.6 donde señala que las universidades publicas aprueban su Reglamento de Organización y Funciones, de manera integral mediante Resolución del Titular de la entidad en concordancia con el numeral 45.3 del artículo 45º de los Lineamientos de Organización del Estado (…). 2) Se recomienda la publicación de la resolución que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios (UNAMAD), en el Diario Oficial “El Peruano”; así como la publicación en el Portal Institucional: www.unamad.edu.pe. 3) Comunicar a DIGESU del Ministerio de Educación dentro del plazo máximo de quince (15) días hábiles, la aprobación del ROF e informe técnico sustentatorio, en cumplimiento del numeral 7.2.2 de la R.M. 588-2019-MINEDU. 4) Se notifique el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios (UNAMAD), a las unidades académicas y administrativas pertinentes para su conocimiento y acciones pertinentes, toda vez que constituye el instrumento normativo que regula la organización de la Universidad;

Que, con Oficio Nº 0939-2022-UNAMAD-R-OPEP, de fecha 22 de junio de 2022, la Jefe de la Oficina de Planeamiento Estratégico y Presupuesto, remite al Rector, la propuesta del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la UNAMAD, para su aprobación mediante acto resolutivo;

Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar el Reglamento de Organización y Funciones-ROF de la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios, a fin de contar con un documento de gestión actualizado;

Que, con el Expediente Nº 1591, recepcionado en fecha 22 de junio de 2022, el Rector dispone se emita la respectiva resolución rectoral;

Que, el inciso c) del artículo 110º del Estatuto de la UNAMAD, dispone como una de las atribuciones y funciones del Rector: “Dirigir la actividad académica de la Universidad y su gestión administrativa, económica y financiera”;

Que, estando dentro de las atribuciones conferidas al señor Rector de la UNAMAD, por la Ley Universitaria Nº 30220, el Estatuto de la UNAMAD, y la Resolución de Comité Electoral Nº 012-2021-UNAMAD-CEU, de fecha 15 de noviembre de 2021;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- APROBAR, el REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF), estructura orgánica, y organigrama de la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios, que consta de una sección primera con tres (03) Títulos, una sección segunda con un (01) Título, y ciento cuarenta y tres (143) artículos; que en sesenta y seis (66) folios, forma parte anexa de la presente resolución.

Artículo 2º.- DEJAR SIN EFECTO, la Resolución Nº 057-2020-UNAMAD-R, de fecha 25 de febrero de 2020, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la UNAMAD.

Artículo 3º.- ELEVAR, la presente Resolución y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) aprobado en el artículo 1º, a la Dirección General de Educación Superior Universitaria-DIGESU del Ministerio de Educación.

Artículo 4º.- DISPONER, que la Dirección General de Administración en coordinación con la Unidad de Abastecimiento, proceda a la publicación de la presente resolución, en el Diario Oficial “El Peruano”.

Artículo 5º.- NOTIFICAR, vía correo electrónico institucional, la presente resolución y contenido a las unidades académicas y administrativas pertinentes, para su conocimiento y cumplimiento.

Artículo 6º.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución y Reglamento de Organización y Funciones (ROF), en el portal web institucional de la UNAMAD, sección documentos de gestión a través de la Oficina de Tecnologías de la Información, para conocimiento y cumplimiento de la Comunidad Universitaria.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

HERNANDO HUGO DUEÑAS LINARES

Rector

2117430-1