Declaran persona no grata en el distrito de San Isidro

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 408

San Isidro, 18 de octubre del 2022

EL ALCALDE DE SAN ISIDRO

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica, y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, es muy preocupante en la ciudadanía la actual conducción del país por parte del gobierno peruano, que ha generado una constante crisis política, social y económica; han dejado de lado la meritocracia y la ética en el acceso a los cargos públicos, lo cual ha permitido que altas autoridades del gobierno central hayan sido cuestionados e investigados por temas de presunta corrupción, del mismo modo se ha debilitado las bases de la sólida economía peruana, ocasionando desconfianza en los diversos agentes económicos y acarreando su desaceleración con un impacto negativo en la creación de empleos y reducción de la pobreza; del mismo modo existe la percepción de una intromisión gubernamental en el Congreso de la República y en otras instituciones tutelares de la Nación contrario a la independencia y autonomía de los poderes establecidos en la Constitución Política; todo lo cual ha conllevado a la denuncia constitucional presentada por la Fiscal de la Nación contra el Presidente de la República por los presuntos delitos de organización criminal y colusión;

Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por el inciso 6) del artículo 20° y artículo 43° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

RESUELVE:

Artículo Primero.- Declarar PERSONA NO GRATA en el Distrito de San Isidro, al señor PEDRO CASTILLO TERRONES, Presidente de la República, por las razones expuestas en la presente Resolución.

Artículo Segundo.- Invocar a los ciudadanos en general, respaldar la institucionalidad y el estado de derecho garantizados por la Constitución Política del Perú.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

AUGUSTO CÁCERES VIÑAS

Alcalde

2117129-1