Designan representantes, titular y alterno, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones ante Comisión Especial, en calidad de miembros no permanentes, en relación a las controversias materia del trato directo iniciado por la empresa TV Azteca S.A.B. de C.V.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 906-2022-MTC/01
Lima, 14 de octubre de 2022
VISTOS: El Oficio N° 558-2022-EF/32 de la Secretaría Técnica de la Comisión Especial que representa al Estado en Controversias Internacionales de Inversión, el Memorando N° 1646-2022-MTC/27 de la Dirección General de Programas y Proyectos de Comunicaciones y los Memorándums Nos. 737 y 753-2022-MTC/03 del Despacho Viceministerial de Comunicaciones; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley N° 28933, Ley que establece el sistema de coordinación y respuesta del Estado en controversias internacionales de inversión (en adelante, la Ley N° 28933), se crea el Sistema de Coordinación y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversión, disponiendo en su artículo 3 que el ámbito de aplicación del referido sistema comprende las controversias que se deriven únicamente de: a) Acuerdos celebrados entre Entidades Públicas e inversionistas nacionales o extranjeros en los que se confiera derechos o garantías a estos últimos, tales como contratos de privatización, contratos de concesión, convenios de estabilidad jurídica, licencias de explotación de hidrocarburos, y en general todos aquellos acuerdos que se señalen en el reglamento de la citada Ley que remitan a mecanismos internacionales de solución de controversias; y b) Tratados que contengan disposiciones en materia de inversión, celebrados por el Estado peruano con otros Estados y que establezcan procedimientos de solución de controversias entre los inversionistas de un Estado y el Estado receptor de la inversión;
Que, el numeral 7.1 del artículo 7 de la Ley N° 28933 dispone que la Comisión Especial está adscrita al Ministerio de Economía y Finanzas y tiene por objeto la representación del Estado en las Controversias Internacionales de Inversión, tanto en su etapa previa de trato directo, como en la etapa arbitral o de conciliación;
Que, el literal f) del numeral 7.3 del artículo 7 de la Ley N° 28933 establece que la Comisión Especial está conformada por miembros permanentes y no permanentes, comprendiendo entre estos últimos a un representante de cada Entidad Pública involucrada en una controversia;
Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley N° 28933, las Entidades Públicas señaladas en el numeral 7.3 del artículo 7 de la Ley N° 28933 designan a sus representantes, titular y alterno, mediante resolución del Titular de la Entidad;
Que, el artículo 8 del Reglamento de la Ley N° 28933 que establece el Sistema de Coordinación y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversión, aprobado por Decreto Supremo N° 125-2008-EF (en adelante, el Reglamento de la Ley N° 28933), dispone que los miembros titulares y alternos, permanentes y no permanentes, integrantes de la Comisión Especial que representa al Estado en Controversias Internacionales de Inversión, deben contar con las calificaciones que se establecen en el citado artículo;
Que, a través del Oficio N° 459-2022-EF/32, la Presidenta de la Comisión Especial que representa al Estado en Controversias Internacionales de Inversión (en adelante, la Comisión Especial) comunicó al Ministerio de Transportes y Comunicaciones que, mediante Carta s/n recibida el 7 de junio de 2022, la empresa TV Azteca S.A.B. de C.V. presentó una notificación de trato directo, al amparo del Capítulo XI sobre Inversión del Acuerdo de Integración Comercial Perú - México;
Que, en el citado oficio se señala que la Comisión Especial determinó, por unanimidad, ser competente para representar al Estado en la controversia objeto de la notificación de trato directo e incorporar al Ministerio de Transportes y Comunicaciones como miembro no permanente de la Comisión Especial, de conformidad con lo establecido en el literal f) del numeral 7.3 del artículo 7 de la Ley N° 28933;
Que, en ese sentido, la Presidenta de la Comisión Especial solicitó al Ministerio de Transportes y Comunicaciones disponer la designación de los representantes titular y alterno que cuenten con las calificaciones establecidas en el artículo 8 del Reglamento de la Ley N° 28933;
Que, mediante Oficios Nos. 505 y 558-2022-EF/32, la Secretaría Técnica de la Comisión Especial reiteró al Ministerio de Transportes y Comunicaciones disponer la designación de los representantes titular y alterno que cuenten con las calificaciones establecidas en el artículo 8 del Reglamento de la Ley N° 28933;
Que, por Memorándum N° 737-2022-MTC/03, el Despacho Viceministerial de Comunicaciones propone designar al señor Carlos Javier Aguirre Zurita, Director General de Programas y Proyectos de Comunicaciones, y al señor Edgard Iván Mendoza Magallanes, Director de la Oficina de Asesoría Legal del Programa Nacional de Telecomunicaciones - PRONATEL, como representantes titular y alterno del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, respectivamente, ante la Comisión Especial;
Que, con Memorándum N° 753-2022-MTC/03, el Despacho Viceministerial de Comunicaciones remite el Memorando N° 1646-2022-MTC/27, elaborado por la Dirección General de Programas y Proyectos de Comunicaciones, mediante el cual complementa la información adjunta al Memorándum N° 737-2022-MTC/03;
Que, en consecuencia, es necesario designar a los representantes, titular y alterno, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones ante la Comisión Especial, en calidad de miembros no permanentes, en relación a las controversias materia del trato directo iniciado por la empresa TV Azteca S.A.B. de C.V.;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 28933, Ley que establece el sistema de coordinación y respuesta del Estado en controversias internacionales de inversión, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 125-2008-EF; la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y, el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Designar a los representantes, titular y alterno, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones ante la Comisión Especial que representa al Estado en Controversias Internacionales de Inversión a que se refiere la Ley N° 28933, Ley que establece el Sistema de Coordinación y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversión, en calidad de miembros no permanentes, en relación a las controversias materia del trato directo iniciado por la empresa TV Azteca S.A.B. de C.V., al amparo del Capítulo XI sobre Inversión del Acuerdo de Integración Comercial Perú - México, según se detalla a continuación:
- Representante Titular: Carlos Javier Aguirre Zurita, Director General de Programas y Proyectos de Comunicaciones.
- Representante Alterno: Edgard Iván Mendoza Magallanes, Director de la Oficina de Asesoría Legal del Programa Nacional de Telecomunicaciones – PRONATEL.
Artículo 2.- Notificar la presente resolución a las personas señaladas en el artículo precedente, al Despacho Viceministerial de Transportes y a la Presidenta de la Comisión Especial que representa al Estado en Controversias Internacionales de Inversión, para los fines pertinentes.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc) el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RICHARD WASHINGTON TINEO QUISPE
Ministro de Transportes y Comunicaciones
2115922-2