Aprueban la Guía N° 001-2022-SIS/GNF-V.01 “Guía de operativización de los convenios suscritos entre el SIS, FISSAL, IPRESS, GORES y DIRIS para el financiamiento de las prestaciones de salud y prestaciones administrativas de los asegurados”

RESOLUCIÓN JEFATURAL

N° 000199-2022-SIS/J

La Victoria, 14 de octubre del 2022

VISTOS: El Informe Conjunto N° 012-2022-SIS/GNF-SGGS/ERPH-ERC, el Informe N° 011-2022-SIS/GNF-SGGS/ERPH, el Memorando N° 1120-2022-SIS/GNF y la Nota Informativa N° 000270-2022-SIS/GNF de la Gerencia de Negocios y Financiamiento; el Informe N° 000047-2022-SIS/OGPPDO-CP y el Memorando N° 000651-2022-SIS/OGPPDO de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional; el Informe Legal N° 000426-2022-SIS/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Seguro Integral de Salud - SIS se constituye en una Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud - IAFAS pública en virtud de lo dispuesto en el artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, aprobado por el Decreto Supremo N° 020-2014-SA, en adelante el TUO de la Ley N° 29344, con funciones de recibir, captar y/o gestionar fondos para la cobertura de las atenciones de salud o que oferten cobertura de riesgos de salud, bajo cualquier modalidad;

Que, el artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Seguro Integral de Salud – SIS, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2011-SA, modificado por Decreto Supremo N° 002-2016-SA, establece que “el Seguro Integral de Salud es un Organismo Público Ejecutor adscrito al Ministerio de Salud que cuenta con personería jurídica de derecho público interno, autonomía técnica, funcional, económica, financiera y administrativa, y constituye un Pliego Presupuestal con independencia para ejercer sus funciones con arreglo a ley”;

Que, el numeral 1.2.1 del artículo 1 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece que los actos de administración interna de las entidades se encuentran destinados a organizar o hacer funcionar sus propias actividades o servicios. Estos actos son regulados por cada entidad, con sujeción a las disposiciones del Título Preliminar de esta Ley, y de aquellas normas que expresamente así lo establezcan;

Que, el artículo 10 del ROF del SIS, señala que la Jefatura es el órgano de la Alta Dirección de más alta jerarquía en el SIS y está a cargo de un funcionario con categoría de Jefe, quien actúa como Titular del Pliego Presupuestal. Asimismo, el numeral 11.5 del artículo 11 del citado reglamento, establece que el Jefe del SIS puede aprobar las normas, directivas, procedimientos y actividades que posibiliten el cumplimiento de los objetivos institucionales;

Que, mediante Resolución Jefatural N° 022-2019/SIS, se aprueba la Guía Técnica Nº 001-2019-SIS/FISSAL-GNF-GREP-GA-V.01 “Guía Técnica de Operativización de los Convenios para el Financiamiento de las prestaciones suscritos entre el Seguro Integral de Salud, el Fondo Intangible Solidario de Salud, las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, los Gobiernos Regionales y las Direcciones de Redes Integradas de Salud de Ministerio de Salud”;

Que, mediante Resolución Jefatural N° 089-2022/SIS, se aprueba la Directiva N° 001-2022-SIS/OGPPDO-V.01 “Directiva que regula la emisión de los documentos normativos del Seguro Integral de Salud”;

Que, a través de la Nota Informativa N° 000270-2022-SIS/GNF y el Memorando N° 1120-2022-SIS/GNF, el Gerente de Negocios y Financiamiento hace suyos el Informe Conjunto N° 012-2022-SIS/GNF-SGGS/ERPH-ERC y el Informe N° 011-2022-SIS/GNF-SGGS/ERPH, respectivamente, mediante los cuales propone y sustenta la aprobación de la “Guía de operativización de los convenios suscritos entre el SIS, FISSAL, IPRESS, GORES y DIRIS para el financiamiento de las prestaciones de salud y prestaciones administrativas de los asegurados”; asimismo, señala que la Guía permite actualizar aspectos que ya se encuentran modificados y que generan ambigüedad o confusión a las partes involucradas y que la misma tiene por finalidad dotar de una herramienta que permita al Seguro Integral de Salud a través de sus IAFAS, SIS y FISSAL, así como a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, Gobiernos Regionales y Dirección de Redes Integradas de Salud – DIRIS desarrollar o ejecutar los términos acordados en los convenios y adendas suscritas para el financiamiento de las prestaciones de salud y prestaciones administrativas brindadas a los asegurados del SIS, a fin de poder contar con un instrumento de gestión que permita mejorar los procesos de la institución y mitigar los riesgos;

Que, mediante Memorando N° 000651-2022-SIS/OGPPDO, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional ratifica el Informe N° 000047-2022-SIS/OGPPDO-CP, a través del cual emite opinión técnica favorable de la Guía de operativización de los convenios suscritos entre el SIS, FISSAL, IPRESS, GORES y DIRIS para el financiamiento de las prestaciones de salud y prestaciones administrativas de los asegurados, con la validación Gerencia del Asegurado, Gerencia de Riesgos y Evaluación Prestacional y el Fondo Intangible Solidario de Salud;

Que, mediante Informe Legal N° 000426-2022-SIS/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica señala que la propuesta de Guía cumple con las formalidades previstas en la Directiva N° 001-2022-SIS/OGPPDO-V.01 “Directiva que regula la emisión de los documentos normativos del Seguro Integral de Salud”; por lo que, resulta viable que el Jefe del Seguro Integral de Salud, como máxima autoridad institucional y de conformidad con el numeral 11.5 del artículo 11 del ROF del SIS, emita la Resolución Jefatural que apruebe la “Guía de operativización de los convenios suscritos entre el SIS, FISSAL, IPRESS, GORES y DIRIS para el financiamiento de las prestaciones de salud y prestaciones administrativas de los asegurados”;

Con los vistos del Gerente de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, del Director General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y del Secretario General; y,

De conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2011-SA, modificado por Decreto Supremo N° 002-2016-SA y la Resolución Jefatural N° 089-2022/SIS.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la Guía N° 001-2022-SIS/GNF-V.01 “Guía de operativización de los convenios suscritos entre el SIS, FISSAL, IPRESS, GORES y DIRIS para el financiamiento de las prestaciones de salud y prestaciones administrativas de los asegurados”, que como anexo forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2.- Dejar sin efecto la Resolución Jefatural N° 022-2019/SIS, que aprueba la Guía Técnica Nº 001-2019-SIS/FISSAL-GNF-GREP-GA-V.01.

Artículo 3.- Encargar a la Gerencia de Negocios y Financiamiento del Seguro Integral de Salud las acciones para la implementación y ejecución de las disposiciones contenidas en la guía aprobada en el artículo 1 de la presente resolución.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en el portal institucional del Seguro Integral de Salud.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CIRO ABEL MESTAS VALERO

Jefe del Seguro Integral de Salud

2115869-1