Autorizan Transferencia Financiera a favor del Organismo Cooperante OPS/OMS, para la adquisición de dosis de vacuna contra la viruela del mono (símica)

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 822-2022/MINSA

Lima, 13 de octubre del 2022

Visto, el Expediente N° 2022-0054607, que contiene el Memorándum N° D000341-2022-DG-CENARES/MINSA y el Informe N° D000052-2022-OPPM-CENARES/MINSA, emitidos por el Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud y el Informe N° D000185-2022-OGPPM-OP-MINSA de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y la Nota Informativa N° D000274-2022-OGAJ-MINSA; y,

CONSIDERANDO:

Que, en el marco del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, y de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, se expidió la Resolución Ministerial N° 1341-2021/MINSA, que aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el Año Fiscal 2022 del Pliego 011: Ministerio de Salud;

Que, el numeral 36.1 del artículo 36 de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, autoriza al Ministerio de Salud y al Seguro Social de Salud (EsSalud), para efectuar adquisiciones a través de la Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS), el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) y del Fondo de Poblaciones de las Naciones Unidas (UNFPA), de productos farmacéuticos, vacunas, dispositivos médicos, productos sanitarios y otros bienes necesarios para las intervenciones estratégicas sanitarias definidas por el Ministerio de Salud y el EsSalud a través de resolución del titular de la entidad; asimismo, dispone que los titulares de las entidades suscriben convenios de cooperación técnica u otros de naturaleza análoga, incluidas sus adendas, con los citados organismos internacionales, previo informe técnico del Ministerio de Salud y del EsSalud, según corresponda, que demuestre las ventajas del convenio en términos de eficiencia económica, así como las garantías de una entrega oportuna. Dicho informe debe contar con el informe favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga sus veces, el cual demuestre la disponibilidad de recursos para su financiamiento, así como con un informe legal de la Oficina de Asesoría Jurídica o la que haga sus veces;

Que, el numeral 36.2 del artículo 36 de la Ley N° 31365, establece que el Ministerio de Salud queda autorizado a transferir financieramente, a favor del organismo internacional respectivo, con cargo a su presupuesto institucional, los recursos correspondientes para la ejecución de los convenios de cooperación técnica u otras de naturaleza análoga celebrados en el marco de lo establecido en la citada disposición. Dichas transferencias financieras se autorizan mediante resolución del titular de la entidad, que se publica en el diario oficial El Peruano, previa suscripción de convenios, quedando prohibido, bajo responsabilidad, destinar los recursos autorizados por la presente disposición a fines distintos para los cuales son transferidos;

Que, el Ministerio de Salud y la Organización Panamericana de la Salud suscribieron el Convenio de Cooperación Técnica N° 002-2012/MINSA para la adquisición de vacunas, jeringas y otros insumos relacionados, el mismo que se encuentra vigente hasta el 31 de diciembre de 2022, conforme a la Carta LEG/L/147/22, emitida por el precitado organismo internacional;

Que, a través del Memorándum N° D000341-2022-DG-CENARES/MINSA, que adjunta el Informe N° D000052-2022-OPPM-CENARES/MINSA, la Unidad Ejecutora 124: Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud (CENARES), solicita gestionar una Transferencia Financiera a favor del Organismo Cooperante OPS/OMS, por el importe de hasta S/ 3 984 141,00 (TRES MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL CIENTO CUARENTA Y UNO Y 00/100 SOLES), para la adquisición de 9 800 dosis de vacuna contra la viruela del mono (símica), en el marco de lo establecido en el artículo 36 de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022;

Que, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, mediante el Informe Nº D000185-2022-OGPPM-OP-MINSA, emite opinión favorable para expedir la Resolución Ministerial que autorice la transferencia financiera del presupuesto de la Unidad Ejecutora 124: Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud del Pliego 011: Ministerio de Salud para el Año Fiscal 2022, hasta por la suma S/ 3 984 141,00 (TRES MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL CIENTO CUARENTA Y UNO Y 00/100 SOLES), para la adquisición de 9 800 dosis de vacuna contra la viruela del mono (símica), a favor del Organismo Cooperante OPS/OMS, en el marco del artículo 36 de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022;

Con los vistos del Director General del Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud, del Director General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaria General, y del Viceministro (e) de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y;

De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, la Directiva N° 0002-2021-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral N° 0022-2021-EF/50.01; y, el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Objeto

Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 011: Ministerio de Salud, por la suma de hasta S/ 3 984 141,00 (TRES MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL CIENTO CUARENTA Y UNO Y 00/100 SOLES), para la adquisición de 9 800 dosis de vacuna contra la viruela del mono (símica), a favor del Organismo Cooperante OPS/OMS, necesarios para las intervenciones estratégicas sanitarias definidas por el Ministerio de Salud, de acuerdo con el detalle contenido en el Anexo N° 1, que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Financiamiento

El egreso y detalle de los bienes a ser adquiridos, que demande el cumplimiento de la presente Resolución, se afectará con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora 124: Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud, del Pliego 011: Ministerio de Salud, de acuerdo con el detalle señalado en el Anexo N° 2, que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 3.- Limitaciones al uso de los recursos

Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Monitoreo

La Unidad Ejecutora 124: Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud, coordinará con el Organismo Cooperante OPS/OMS, el envío de los estados de cuentas, derivados de las adquisiciones efectuadas con los recursos señalados en los Anexos N° 1 y 2, que forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial, en concordancia con los términos contemplados en el Convenio suscrito con dicho organismo internacional.

Artículo 5.- Información

La Unidad Ejecutora 124: Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud, remitirá a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del MINSA, información trimestral, bajo responsabilidad, de los desembolsos efectuados a favor del Organismo Cooperante OPS/OMS, dispuestos por la presente Resolución Ministerial, en el marco de lo dispuesto por el artículo 36 de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022.

Artículo 6.- Saldos no utilizados

Los saldos no utilizados al 31 de diciembre de 2022 de los recursos transferidos por el Ministerio de Salud, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional por la fuente de financiamiento 1. Recursos Ordinarios, a favor del organismo internacional, que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, deben ser devueltos al tesoro público conforme a la normatividad del Sistema Nacional de Tesorería, de acuerdo al numeral 36.4 del artículo 36 de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022.

Artículo 7.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano y encargar a la Oficina Transparencia y Anticorrupción de la Secretaria General la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE ANTONIO LOPEZ PEÑA

Ministro de Salud

2115505-1