Amplían plazo para comentarios al Proyecto de “Reglamento del Sistema de Información y Registro de Tarifas” del OSIPTEL

RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO

Nº 00173-2022-CD/OSIPTEL

Lima, 13 de octubre de 2022

MATERIA

Ampliación del plazo para comentarios al Proyecto de “Reglamento del Sistema de Información y Registro de Tarifas” del OSIPTEL.

VISTOS:

(i) El Proyecto de Resolución presentado por la Gerencia General, que tiene por objeto disponer la ampliación del plazo para comentarios del proyecto de “Reglamento del Sistema de Información y Registro de Tarifas”; y,

(ii) El Informe N° 00163-DPRC/2022 de la Dirección de Políticas Regulatorias y Competencia, que sustenta el proyecto al que se refiere el numeral precedente; con la conformidad de la Oficina de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 3 de la Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en Servicios Públicos, Ley Nº 27332, modificada por las Leyes Nº 27631, Nº 28337 y Nº 28964, establece que el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) ejerce, entre otras, la función normativa que comprende la facultad de dictar, en el ámbito y en materias de su competencia, los reglamentos, normas que regulen los procedimientos a su cargo, otras de carácter general y mandatos u otras normas de carácter particular referidas a intereses, obligaciones o derechos de las entidades o actividades supervisadas o de sus usuarios;

Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 142-2022-CD/OSIPTEL, publicada en el diario oficial El Peruano el 8 de setiembre de 2022, se publicó para comentarios el Proyecto de “Reglamento del Sistema de Información y Registro de Tarifas”; estableciendo un plazo de treinta (30) días calendario, contado a partir del día siguiente de dicha publicación, para que los interesados presenten comentarios sobre el referido proyecto normativo;

Que, mediante carta DMR/CE/N° 2269/22 recibida el 26 de setiembre de 2022, la empresa América Móvil Perú S.A.C. solicitó un plazo adicional de treinta (30) días calendario para el envío de sus comentarios, resaltando la importancia de los aspectos normativos relacionados con el proyecto en cuestión, el impacto de las nuevas disposiciones; así como para la participación directa del personal de diversas áreas involucradas;

Que, mediante carta TDP-3691-AG-GER-22 recibida el 30 de setiembre de 2022, la empresa Telefónica del Perú S.A.A. solicitó un plazo adicional de quince (15) días calendario para el envío de sus comentarios, señalando que el proyecto normativo desarrolla aspectos complejos al marco regulatorio, los cuales requieren de una evaluación más detallada y minuciosa;

Que, mediante carta AFIN No 177-2022 recibida el 30 de setiembre de 2022, la Asociación para el Fomento de la Infraestructura Nacional solicitó un plazo adicional de treinta (30) días calendario para el envío de comentarios de sus afiliados, señalando entre otros aspectos, que el proyecto propone implementar profundos e importantes cambios, lo cual deberá ser analizado por todas las empresas operadoras que hacen uso de la plataforma del Sistema de Información y Registro de Tarifas del OSIPTEL (SIRT);

Que, mediante carta N° 0946-2022/DL recibida el 4 de octubre de 2022, la empresa Viettel Perú S.A.C. solicitó un plazo adicional de treinta (30) días calendario para el envío de sus comentarios, ya que considerando la relevancia del Reglamento del SIRT para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones, requiere analizar de manera detallada todas las modificaciones planteadas;

Que, habiendo analizado los argumentos planteados en las referidas solicitudes, resulta razonable ampliar el plazo para la remisión de comentarios al proyecto de “Reglamento del Sistema de Información y Registro de Tarifas”, por ser de suma importancia el contar con los comentarios y sugerencias de los interesados, que permitan enriquecer y mejorar la norma final, por las implicancias que representa y por la necesidad de mejorar la información tarifaria registrada en la plataforma del SIRT;

Que, el informe N° 00163-DPRC/2022 de la Dirección de Políticas Regulatorias y Competencia recomienda ampliar en treinta (30) días calendario adicionales, el plazo establecido por la Resolución N° 142-2022-CD/OSIPTEL para la presentación de comentarios al proyecto de “Reglamento del Sistema de Información y Registro de Tarifas”;

En aplicación de las funciones previstas en el literal b) del artículo 8 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del OSIPTEL, aprobado mediante Decreto Supremo N° 160-2020-PCM, y estando a lo acordado por el Consejo Directivo en su Sesión Nº 891/22 de fecha 06 de octubre de 2022;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Ampliar el plazo establecido en el artículo 3 de la Resolución de Consejo Directivo N° 142-2022-CD/OSIPTEL en treinta (30) días calendario adicionales, contados a partir del vencimiento del plazo inicialmente otorgado, esto es hasta el 7 de noviembre de 2022, para la recepción de comentarios de los interesados al Proyecto de “Reglamento del Sistema de Información y Registro de Tarifas”, incluyendo sus anexos.

Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia General disponer las acciones necesarias para:

(i) La publicación de la presente Resolución en el diario oficial “El Peruano”.

(ii) La publicación de la presente Resolución y el Informe Nº 00163-DPRC/2022, en el Portal Institucional del OSIPTEL (página web: http://www.osiptel.gob.pe).

Regístrese y publíquese.

RAFAEL EDUARDO MUENTE SCHWARZ

Presidente Ejecutivo

2115499-1