Aprueban el otorgamiento de la subvención económica a favor de la Universidad de Cambridge - Reino Unido, en cumplimiento al Acuerdo de Colaboración Académica

RESOLUCIÓN DE COMISIÓN ORGANIZADORA

Nº 174-2022-CO/UNDC

San Vicente de Cañete, 29 de septiembre de 2022

LA COMISIÓN ORGANIZADORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAÑETE

VISTOS:

El Acuerdo de Sesión Extraordinaria de Comisión Organizadora de fecha 29 de septiembre de 2022; PROVEÍDO Nº 216420-2022 de fecha 29 de septiembre de 2022 emitido por la Presidencia de la Comisión Organizadora; INFORME LEGAL Nº 287-2022-UNDC/OAJ-ERS de fecha 28 de septiembre de 2022 emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; OFICIO Nº 450-2022/UNDC/CO/P/VPIN de fecha 28 de septiembre de 2022 emitido por la Vicepresidencia de Investigación; INFORME Nº 424-2022-JUPPM/OPP/UNDC de fecha 24 de septiembre de 2022 emitido por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; OFICIO Nº 160-2022/UNDC/CO/P/VPIN de fecha 25 de abril de 2022 emitido por la Vicepresidencia de Investigación y demás documentos que escoltan el expediente administrativo, y;

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 18º prevé que cada Universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico, y el artículo 8º de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, establece que la referida autonomía inherente a las Universidades, se ejerce de conformidad con la Constitución y las Leyes de la República e implica las organizaciones de su sistema académico, económico y administrativo, así como la administración de sus bienes y rentas, elaborar su presupuesto y aplicar sus fondos con la responsabilidad que impone la Ley;

Que, de conformidad con la Ley N° 29488 de fecha 22/12/2009, se creó la Universidad Nacional de Cañete, la misma que fue modificado por la Ley Nº 30515, cuyo artículo 1º dispone: “créase la Universidad Nacional de Cañete con domicilio en la provincia de Cañete, Departamento de Lima”. Asimismo, a través de la Resolución del Consejo Directivo N° 116-2018-SUNEDU/CD, el Concejo Directivo de la SUNEDU, le otorgó la Licencia Institucional a la Universidad Nacional de Cañete;

La Universidad Nacional de Cañete se rige con la autonomía inherente a las Universidades y se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la Ley y demás normativas aplicables, gozando de una autonomía administrativas que implica la potestad autodeterminativa para establecer principios, técnicas y prácticas de sistema de gestión, tendientes a facilitar la consecución de los fines de la institución universitaria;

Que, el artículo 29° de la Ley N° 30220 establece que, aprobada la ley de creación de una universidad pública, el Ministerio de Educación (MINEDU), constituye una Comisión Organizadora integrada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, que cumplan los mismos requisitos para ser Rector (…). Esta Comisión tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno que, de acuerdo a la presente Ley, le correspondan”;

Que, el inciso 6.5 del artículo 6° de la Ley Universitaria, señala que uno de los fines de la Universidad es “realizar y promover la investigación científica, tecnológica y humanista la creación intelectual y artística”; asimismo, el artículo 7° de la citada norma establece que son funciones de la Universidad, entre otras 7.2) la Investigación. En ese sentido, la Comisión Organizadora de la UNDC con fecha 02/04/2019, emitió la Resolución de Comisión Organizadora N° 052-2019-UNDC, donde aprobó la suscripción del Acuerdo de Colaboración Académica - Academic Collaboration Agreement (Long Form); entre la Universidad Nacional de Cañete (en adelante UNDC) y la Universidad de Cambridge (en adelante UCAM); Acuerdo de Colaboración que comprende de manera conjunta entre la UNDC y la UCAM para “Investigar el impacto de las actividades industriales en la hidrología y la calidad del agua en la región de San Vicente de Cañete-Perú” (Investigate the impact of industrial activities on hydrology and water quality in the San Vicente de Cañete - Perú región), donde el financiamiento del proyecto asciende a la suma de S/ 10´289,150.92 (Diez Millones Doscientos Ochenta y Nueve Mil Ciento Cincuenta con 92/100 Soles) y es financiado por la Universidad Nacional de Cañete;

Que, en el año 2019 la Universidad Nacional de Cañete, realizo el primer otorgamiento de subvención económica (50%) a favor de la UCAM, por una suma de S/ 5´024,220.71 (Cinco Millones Veinticuatro Mil Doscientos Veinte con 71/100 Soles), a fin de que la UCAM y la UNDC puedan “Investigar el impacto de las actividades industriales en la hidrología y la calidad del agua en la región de San Vicente de Cañete-Perú” (Investigate the impact of industrial activities on hydrology and water quality in the San Vicente de Cañete - Perú región), esto en cumplimiento al cronograma de pago establecido en el Acuerdo de Colaboración Académica;

Que, en el ínterin del estado de emergencia, el Gobierno Nacional ha emitido diversas normativas para enfrentar las consecuencias del COVID-19 en todos los sistemas sociales, entre ellos el sistema educativo, por lo que se expidió el Decreto Legislativo Nº 1465, Decreto Legislativo, donde se establecieron las medidas para garantizar la continuidad del servicio educativo en el Marco de las acciones preventivas del Gobierno ante el riesgo de propagación del COVID-19. En ese sentido se modificó el periodo de ejecución del proyecto denominado “Investigar el impacto de las actividades industriales en la hidrología y la calidad del agua en la región de San Vicente de Cañete-Perú” (Investigate the impact of industrial activities on hydrology and water quality in the San Vicente de Cañete - Perú región), quedando establecida como nuevo periodo de investigación del 01 de marzo del 2019 al 28 de febrero del 2023, la misma que fue aprobado con Resolución de Comisión Organizadora Nº 004-2022-UNDC;

Que, con fecha 28/09/2022, se emitió la Resolución de Comisión Organizadora N° 170-2022-CO/UNDC, donde se aprobó la modificación del calendario de pagos del Acuerdo de Colaboración Académica - Academic Collaboration Agreement (Long Form); suscrita entre la Universidad Nacional de Cañete y la Universidad de Cambridge, esto debido a la pandemia del COVID-19;

Que, a través de la Ley N° 31365 se aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022 en cuyo artículo Sexagésima Octava Disposición Complementaria Final se autoriza excepcionalmente y por única vez, durante el Año Fiscal 2022, a la Universidad Nacional de Cañete, para otorgar subvenciones a favor de la Universidad de Cambridge-Reino Unido para la ejecución del acuerdo de colaboración académica y/o de investigación con la Universidad de Cambridge-Reino Unido, disponiendo que las mismas se aprueban mediante resolución del titular del pliego y se publica en el Diario Oficial El Peruano, (…); por lo que es pertinente que la Universidad Nacional de Cañete autorice el desembolso del 25% del monto pendiente de cancelar en este año 2022, y el 25% en el año 2023, de conformidad con la norma presupuestaria que se emita para tal fin;

Que, bajo ese marco normativo, la Vicepresidencia de Investigación con Oficio N° 450-2022/UNDC/CO/P/VPIN, solicita la aprobación del desembolso de subvención económica a favor de la Universidad de Cambridge, por el 50% del monto pendiente a cancelar, esto en cumplimiento al Acuerdo de Colaboración - Academic Collaboration Agreement (Long Form) RG99980: Métodos y tecnologías para el análisis del impacto ambiental: desarrollo, medio ambiente y mitigación del impacto en el Valle de Cañete, debido a que la UCAM ha cumplido con las obligaciones y metas establecidas en el Acuerdo de Colaboración, por lo que adjunta las conformidades por cada reporte emitido por la UCAM (3th, 4th, 5th, 6th, 7th, 8th, 9th, 10th and 11th Report); asimismo precisa que el desembolso económica se realizara de la siguiente manera:

SUBVENCIÓN ECONÓMICA

CRONOGRAMA DE PAGO

AÑO

A FAVOR DE

MONTO (S/)

PRIMERO

25%

2022

UCAM

DE ACUERDO AL TIPO DE CAMBIO

SEGUNDO

25 %

2023

Que mediante Informes N° 193 y 424-2022-JUPPM/OPP/UNDC, la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, aprobó la modificación presupuestal por el importe de S/ 3,067,866.10 (Tres Millones Sesenta y Siete Mil Ochocientos Sesenta y Seis con 10/100 Soles), para la ejecución requerida por la Vicepresidencia de Investigación, esto en al marco del Acuerdo de Colaboración Académica - Academic Collaboration Agreement (Long Form), motivo por el cual emite opinión de disponibilidad presupuestal favorable para la atención del pago de la subvención correspondiente al año 2022;

Que, con Informe Legal Nº 287-2022-UNDC/OAJ-ERS, la Oficina General de Asesoría Jurídica estima legalmente procedente la emisión de la presente resolución, en el marco de la normativa antes detallada y conforme a lo sustentado por las unidades orgánicas y órganos competentes;

Que, estando a lo acordado por la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Cañete, en su Sesión Extraordinaria N° 014-2022-CO/UNDC de fecha 29 de septiembre de 2022; y;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31365 se aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022 y de acuerdo a las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 18° de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 30220, Ley Universitaria; el Documento Normativo denominado: “Disposiciones para la Constitución y Funcionamiento de las Comisiones Organizadoras de las Universidades Públicas en proceso de Constitución”, aprobado mediante la Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU y su modificatoria y en la Resolución Viceministerial Nº 069-2022-MINEDU, así como en el Estatuto Universitario de la UNDC y demás normas concordantes;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- APROBAR, el otorgamiento de la subvención económica a favor de la Universidad de Cambridge - Reino Unido, con cargo al Presupuesto Institucional 2022 de la Unidad Ejecutora 001: Universidad Nacional de Cañete, hasta por el monto ascendente a S/ 3,067,866.10 (Tres Millones Sesenta y Siete Mil Ochocientos Sesenta y Seis con 10/100 Soles), esto en cumplimiento al Acuerdo de Colaboración Académica - Academic Collaboration Agreement (Long Form) suscrito entre la Universidad Nacional de Cañete y la Universidad de Cambridge, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Dirección General de Administración y a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, para que efectúen las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución, bajo responsabilidad.

Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Vicepresidencia de Investigación para que disponga el seguimiento de la presente Resolución.

Artículo Cuarto.- REMITIR, copia de la presente resolución a la Presidencia de la Comisión Organizadora, Vicepresidencia Académica, Vicepresidencia de Investigación, Dirección General de Administración, dependencias administrativas y académicas correspondientes, para su conocimiento y fines de Ley.

Artículo Quinto.- ENCÁRGUESE, a la Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional, realizar la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano” y a la Oficina de Tecnologías de la Información, la publicación en el portal Institucional de la Universidad Nacional de Cañete, bajo responsabilidad administrativa.

Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.

ARNULFO ORTEGA MALLQUI

Presidente de la Comisión Organizadora de la

Universidad Nacional de Cañete

KEVIN YUVER CHIHUAN QUISPE

Secretario General de la Universidad Nacional

de Cañete

2114699-1