Precisan la Resolución N° 2239-2022-JNE
Resolución Nº 2624-2022-JNE
Expediente Nº ERM.2022021101
TOMAS - YAUYOS - LIMA
JEE JAUJA (ERM.202206969)
ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2022
APELACIÓN
Lima, cuatro de agosto de dos mil veintidós
VISTO: Con la Resolución Nº 2239-2022-JNE, del uno de agosto de 2022, este órgano colegiado declaró infundado el recurso de apelación presentado por don Aldo Fabrizio Borrero Rojas, personero legal titular de la organización política Avanza País – Partido de Integración Social.
CONSIDERANDOS
1. Mediante la resolución del visto, en el numerales 1 de la parte resolutiva, se consignó lo siguiente:
“1. Declarar INFUNDADO el recurso de apelación presentado por don Jorge Luis Salazar Maldonado, personero legal titular de la organización política Podemos Perú; y, en consecuencia, CONFIRMAR la Resolución N° 00273-2022-JEE-YAUY/JNE, del 24 de junio de 2022, emitida por el Jurado Electoral Especial Yauyos, en el extremo que declaró improcedente la candidatura de don Pablo Edwin Bonilla Castillo, candidato regidor para el Concejo Distrital de Tomas, provincia de Yauyos, departamento de Lima, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2022.”.
2. En ese sentido, corresponde hacer la precisión respecto de la Resolución Nº 2239-2022-JNE, dejando constancia de que la presente resolución no modifica en modo alguno el sentido de la disposición que resuelve declarar infundado el recurso de apelación.
Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE:
1. PRECISAR en la Resolución Nº 2239-2022-JNE, del uno de agosto de 2022, el texto del numeral 1 de la parte resolutiva, el cual queda redactado de la siguiente manera:
1. Declarar INFUNDADO el recurso de apelación presentado por don Aldo Fabrizio Borrero Rojas, personero legal titular de la organización política Avanza País – Partido de Integración Social; y, en consecuencia, CONFIRMAR la Resolución N° 00273-2022-JEE-YAUY/JNE, del 24 de junio de 2022, emitida por el Jurado Electoral Especial Yauyos, en el extremo que declaró improcedente la candidatura de don Pablo Edwin Bonilla Castillo, candidato regidor para el Concejo Distrital de Tomas, provincia de Yauyos, departamento de Lima, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2022.
2. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán notificados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones, aprobado por la Resolución Nº 0929-2021-JNE.
SS.
SALAS ARENAS
MAISCH MOLINA
RAMÍREZ CHÁVARRY
SANJINEZ SALAZAR
SÁNCHEZ VILLANUEVA
Gómez Valverde
Secretario General (e)
2113132-1