Autorizan viaje de personal militar FAP a los EE.UU., en comisión de servicios
Resolución Ministerial
Nº 1040-2022-DE
Lima, 4 de octubre de 2022
VISTOS:
El Oficio Extra FAP Nº 001063-2022-SECRE/FAP de la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; el Oficio Nº 01869-2022-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 01615-2022-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Oficio U-222-22, el Agregado Aéreo a la Embajada de los Estados Unidos de América en Perú hace de conocimiento al Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú que, la Fuerza Aérea de los Estados Unidos de América invita a una delegación de hasta tres (3) Cadetes de la Escuela de Oficiales (EOFAP) y un (1) Oficial de escolta, para asistir a la “Semana Internacional de la Fuerza Aérea de los Estados Unidos de América - USAFA”, a realizarse en la Academia de la Fuerza Aérea de los Estados Unidos de América, ubicada en la ciudad de Colorado Spring, Estado de Colorado, Estados Unidos de América, del 11 al 15 de octubre de 2022, asimismo, precisa que cubrirán los gastos de alojamiento, alimentación y transporte local, a excepción de pasajes aéreos de ida y vuelta;
Que, a través del Oficio N° 000463-2022-DIGED/FAP, el Director General de Educación y Doctrina de la FAP remite, a la Dirección General de Personal de la citada Institución Armada, la documentación que sustenta la presente autorización de viajes al exterior del personal militar FAP, en misión de estudios, para que participen en la “Semana Internacional de la USAFA”, a realizarse en el lugar y fechas programadas;
Que, mediante Informe Legal Nº 019-EOFAP/EOAJ, el Asesor Legal de la EOFAP de la Fuerza Aérea del Perú opina favorablemente a la autorización de viaje al exterior, en misión de estudios, del personal militar FAP que participará en la “Semana Internacional de la USAFA”, en el lugar y fechas programadas;
Que, la Exposición de Motivos, anexada al Oficio Nº 000463-2022-DIGED/FAP, señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior de Cadetes de la Escuela de Oficiales de la FAP, para que participen en la referida misión de estudios, por cuanto les permitirá adquirir experiencias y conocimientos, ampliando su cultura sobre entrenamiento militar y fortaleciendo su identidad Institucional como Oficiales FAP;
Que, la Hoja de Gastos Nº 0062 DGVC-ME/SIAF-SP, suscrita por el Jefe del Departamento de Viajes y Comisiones de la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, señala que los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales de ida y vuelta se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2022 de la Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, concordante con el artículo 7 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004- DE/SG;
Que, el Certificado de Crédito Presupuestario Nº 0000000899, emitido por el Jefe del Departamento de Ejecución Presupuestal de la Fuerza Aérea del Perú, garantiza el financiamiento del presente viaje al exterior;
Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la finalidad de garantizar la participación oportuna del personal designado en el referido evento, resulta necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación, así como su retorno un (1) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público;
Que, a través del Oficio Extra FAP N° 001063-2022-SECRE/FAP, la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú remite un proyecto de Resolución Ministerial que autoriza el viaje, en misión de estudios, del personal militar FAP que participará en la “Semana Internacional de la USAFA”, a realizarse en la Academia de la Fuerza Aérea de los Estados Unidos de América, ubicada en la ciudad de Colorado Spring, Estado de Colorado, Estados Unidos de América, del 11 al 15 de octubre de 2022, así como autorizar su salida del país el 10 de octubre y su retorno el 16 de octubre de 2022;
Que, con Oficio Nº 01869-2022-MINDEF/VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 383-2022-MINDEF/VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la presente autorización de viaje al exterior;
Que, mediante el Informe Legal N° 01615-2022-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el viaje al exterior, en misión de estudios, del personal militar FAP que participará en la “Semana Internacional de la USAFA”, a realizarse en la Academia de la Fuerza Aérea de los Estados Unidos de América, en la ciudad de Colorado Spring, Estado de Colorado, Estados Unidos de América;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Secretaría General; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2022; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y modificatoria; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, y sus modificatorias.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del personal militar FAP que se detalla a continuación, para participar en la “Semana Internacional de la USAFA”, a realizarse en la Academia de la Fuerza Aérea de los Estados Unidos de América, ubicada en la ciudad de Colorado Spring, Estado de Colorado, Estados Unidos de América, del 11 al 15 de octubre de 2022, así como autorizar su salida del país el 10 de octubre y su retorno el 16 de octubre de 2022;
TITULARES
Comandante FAP Orlando David JOHNSON CONTRERAS, identificado con DNI: 43263509 y NSA: O-9675298; Cadete de Cuarto Año FAP Ashley Stacy VARGAS MENDOZA, identificada con DNI: 75918969 y NSA: O-9884418; Cadete de Cuarto Año FAP Luis Eduardo HUARNIZ GUILLEN, identificado con DNI: 73195858 y NSA: O-9880918; y, Cadete de Cuarto Año FAP Christopher Jairo PULIDO FLORES, identificado con DNI: 70127921 y NSA: O-9887618.
SUPLENTES
Mayor FAP Jorge Enrique ORBEGOSO SILVA, identificado con DNI: 41559277 y NSA: O-9716501; Cadete de Cuarto Año FAP Diego Alonso GONZALES DÁVILA, identificado con DNI: 71230138 y NSA: O-9881018; Cadete de Cuarto Año FAP Félix Alexis MANTILLA SÁNCHEZ, identificado con DNI: 70806945 y NSA: O-9882918; y, Cadete de Cuarto Año FAP Betsabe Nadinne ROJAS RIVAS, identificada con DNI: 75095588 y NSA: O-9886818.
Artículo 2.- La participación del personal suplente queda supeditada a la imposibilidad de participación del personal titular.
Artículo 3.- La Fuerza Aérea del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2022, de acuerdo a los siguientes conceptos:
Pasajes Aéreos: Lima - Colorado Spring (EE.UU) - Lima:
US $ 2,012.48 x 4 personas (Incluye TUUA) = US $ 8,049.92
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Total a Pagar = US $ 8,049.92
Artículo 4.- Los gastos de alojamiento, alimentación y transporte local serán cubiertos por el Gobiernos de Estados Unidos de América.
Artículo 5.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda autorizado para variar la fecha de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin incrementar el tiempo de autorización, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado.
Artículo 6.- El personal militar FAP más antiguo autorizado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país.
Artículo 7.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Daniel Hugo Barragán Coloma
Ministro de Defensa
2112756-1