Designan Jefe del Órgano de Control Institucional en diversas entidades

Resolución de Contraloría

N° 314-2022-CG

Lima, 30 de setiembre de 2022

VISTOS:

La Hoja Informativa N° 000038-2022-CG/VCST y el Memorando N° 000759-2022-CG/VCST, de la Vicecontraloría de Control Sectorial y Territorial; los Memorandos N° 001142-2022-CG/POLDEH y N° 001158-2022-CG/POLDEH, de la Subgerencia de Políticas y Desarrollo Humano; la Hoja Informativa N° 000160-2022-CG/PER y los Memorandos N° 002110-2022-CG/PER, N° 002142-2022-CG/PER y N° 002275-2022-CG/PER, de la Subgerencia de Personal y Compensaciones; el Memorando N° 000825-2022-CG/GCH, de la Gerencia de Capital Humano; las Hojas Informativas N° 000428-2022-CG/AJ y N° 000488-2022-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica; y, el Memorando N° 000578-2022-CG/GJNC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental de la Contraloría General de la República;

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modificatorias, el Jefe del Órgano de Control Institucional (OCI) mantiene una vinculación de dependencia funcional y administrativa con la Contraloría General de la República, en su condición de ente técnico rector del Sistema Nacional de Control, sujetándose a sus lineamientos y disposiciones;

Que, el artículo 19 de la citada Ley N° 27785 dispone que esta Entidad Fiscalizadora Superior, aplicando el principio de carácter técnico y especializado del control, designa a los Jefes de los OCI de las entidades sujetas a control; asimismo, establece que las entidades sujetas a control proporcionarán los medios necesarios para el ejercicio de la función de control en dichas entidades, de acuerdo con las disposiciones que sobre el particular dicte la Contraloría General de la República;

Que, el numeral 7.1.3 de la Directiva N° 020-2020-CG/NORM “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, aprobada mediante Resolución de Contraloría N° 392-2020-CG, y modificada mediante Resolución de Contraloría N° 124-2021-CG, en adelante la Directiva de los OCI, establece que la designación en el cargo de Jefe del OCI es una competencia exclusiva y excluyente de la Contraloría General de la República, la cual se efectúa mediante Resolución de Contraloría publicada en el Diario Oficial El Peruano; asimismo, el numeral 7.1.3.1 de la citada Directiva establece que el Jefe del OCI designado por la Contraloría General de la República ejercerá sus funciones en una entidad por un periodo de tres (3) años; y que, por convenir a las necesidades del servicio y al interés institucional, podrá permanecer en el cargo por un periodo menor a los tres (3) años; señalando que, igualmente, se puede prorrogar el periodo de su designación hasta por un máximo de cinco (5) años en total;

Que, de otro lado, el numeral 7.1.3.2 de la Directiva de los OCI establece que la designación de los Jefes de OCI termina por la ocurrencia de alguno de los hechos siguientes: a) situación sobreviniente que no le permita continuar en el ejercicio del cargo, conforme a lo dispuesto en el numeral 7.3.2 de dicha Directiva; b) renuncia del Jefe del OCI; c) culminación del período de designación, incluso al haberse emitido prórroga; d) razones de necesidad del servicio o interés institucional de la Contraloría; e) separación definitiva; f) cese por límite de edad; y, g) muerte; para lo cual se debe emitir la Resolución de Contraloría dando por terminada la designación;

Que, de acuerdo con la actual normativa y conforme al modelo de control descentralizado orientado a resultados, la supervisión de la gestión en el uso de los recursos públicos debe asegurar una rendición de cuentas y el buen gobierno de las entidades públicas, cautelando la legalidad y eficiencia de sus actos y operaciones, así como las disposiciones para la correcta y transparente gestión de sus recursos y bienes, mediante la ejecución de servicios de control y servicios relacionados, para el cumplimiento de sus fines y metas institucionales;

Que, la Vicecontraloría de Control Sectorial y Territorial, mediante la Hoja Informativa Nº 000038-2022-CG/VCST y el Memorando N° 000759-2022-CG/VCST, en atención a sus competencias establecidas en el literal d) del artículo 14 del Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, aprobado por Resolución de Contraloría Nº 179-2021-CG, y sus modificatorias, señala su conformidad a la propuesta presentada por la Subgerencia de Control del Sector Seguridad Interna y Externa de la Gerencia de Control Político Institucional y Económico, para dar por terminada la designación de colaboradores en el cargo de Jefes de OCI de determinadas entidades bajo su ámbito de control, de conformidad con el literal d) del numeral 7.1.3.2 de la Directiva de los OCI; así como, para designar a colaboradores en el cargo de Jefes de OCI de diversas entidades bajo su mismo ámbito;

Que, a través de la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, se establece, entre otros aspectos, los requisitos mínimos para acceder a los cargos de funcionario público y directivo público de libre designación y remoción del nivel nacional, regional y local, así como los impedimentos para el acceso a dichos cargos; encontrándose entre ellos los servidores que ocupan cargos o puestos que realizan funciones de planeación, dirección, organización y evaluación, indistintamente de la denominación del cargo o puesto;

Que, la Gerencia de Capital Humano, así como la Subgerencia de Personal y Compensaciones, y la Subgerencia de Políticas y Desarrollo Humano, a través de los documentos de vistos y sus antecedentes, han efectuado la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos de los profesionales propuestos por la Vicecontraloría de Control Sectorial y Territorial para el cargo de Jefes del OCI de diversas entidades que se encuentran bajo el ámbito de la Subgerencia de Control del Sector Seguridad Interna y Externa, con base en la Ley N° 31419, su Reglamento y la Directiva de los OCI. Asimismo, las designaciones propuestas cumplen con los requisitos del Manual de Clasificador de Cargos de esta Entidad Fiscalizadora Superior, aprobado por Resolución de Secretaría General N° 083-2022-CG/SGE, y demás disposiciones aplicables para dicho proceso;

Que, de acuerdo a las consideraciones expuestas, y estando a lo señalado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental mediante el Memorando N° 000578-2022-CG/GJNC, sustentado en los argumentos expuestos en las Hojas Informativas N° 000428-2022-CG/AJ y N° 000488-2022-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica, se considera jurídicamente viable emitir la Resolución de Contraloría de término de designación y de designación en el cargo de Jefes del OCI de diversas entidades bajo el ámbito de la Subgerencia de Control del Sector Seguridad Interna y Externa, de conformidad con la propuesta elevada por la Vicecontraloría de Control Sectorial y Territorial, disponiendo las acciones de personal necesarias;

En uso de las facultades conferidas por el artículo 32 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modificatorias; y, conforme a lo dispuesto en la Directiva N° 020-2020-CG/NORM “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, aprobada por Resolución de Contraloría N° 392-2020-CG, y modificada mediante Resolución de Contraloría N° 124-2021-CG;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Dar por terminada la designación en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional, de los profesionales que se detallan a continuación:

ENTIDAD

APELLIDOS Y NOMBRES

DNI

1

CAJA DE PENSIONES MILITAR POLICIAL

BRAVO PINTO HILARIO FELIPE

08857675

2

INTENDENCIA NACIONAL DE BOMBEROS DEL PERÚ - INBP

BALBÍN MENDOZA JULIO CÉSAR

10287036

3

POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ

PÉREZ TSUJITA SERGIO ANÍBAL

07704876

4

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE CONTROL DE SERVICIOS DE SEGURIDAD, ARMAS, MUNICIONES Y EXPLOSIVOS DE USO CIVIL - SUCAMEC

PATIÑO ZEBALLOS JOSÉ DAVID

29278893

Artículo 2.- Designar en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional, a los profesionales que se detallan a continuación:

ENTIDAD

APELLIDOS Y NOMBRES

DNI

1

AGENCIA DE COMPRAS DE LAS FUERZAS ARMADAS

CABANILLAS ALCÁNTARA JIMMY ALFIO

10287881

2

CAJA DE PENSIONES MILITAR POLICIAL

RIVERO MORALES CARLOS JAIME

09276548

3

COMANDO CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS

SINCHE MANRIQUE MAURA YNDIRA

44772583

4

COMISIÓN NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO AEROESPACIAL - CONIDA

DOMÍNGUEZ GONZALES THALÍA EDITH

72287844

5

FUERO MILITAR POLICIAL - EX CONSEJO SUPREMO DE JUSTICIA MILITAR

PACHECO GODOY MARÍA DEL PILAR

06233686

6

INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL - INDECI

HERRERA GARCÍA JOB JOSUA ALEXÁNDER

02858176

7

INTENDENCIA NACIONAL DE BOMBEROS DEL PERÚ - INBP

BARRIOS CORCUERA WILLIAM AMÉRICO

08574195

8

POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ

PANIZO OLIVOS CARLOS ENRIQUE

40748867

9

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE CONTROL DE SERVICIOS DE SEGURIDAD, ARMAS, MUNICIONES Y EXPLOSIVOS DE USO CIVIL - SUCAMEC

FELICES MEGO JESSICA NALÚ

09648426

Artículo 3.- La acción de personal dispuesta en los artículos 1 y 2 precedentes, tendrá efectividad a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución, sin perjuicio del procedimiento de entrega y recepción de cargo correspondiente.

Artículo 4.- Disponer que las entidades proporcionen los medios necesarios para el ejercicio de la función de control, de conformidad con la normativa vigente.

Artículo 5.- Disponer que el personal que se reincorpora a la Contraloría General de la República, a mérito de lo dispuesto en el artículo 1 de la presente Resolución, de corresponder, deberá ser asignado al órgano o unidad orgánica de línea, a cuyo ámbito de control pertenece la entidad donde estuvo designado.

Artículo 6.- Disponer que la Gerencia de Capital Humano, la Subgerencia de Personal y Compensaciones y la Gerencia de Tecnologías de la Información de la Contraloría General de la República, adopten las acciones que correspondan de acuerdo a lo dispuesto en la presente Resolución.

Artículo 7.- Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe/contraloria) y en la Intranet de la Contraloría General de la República.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

NELSON SHACK YALTA

Contralor General de la República

2111577-1