Aprueban Reglamento de Organización y Funciones (ROF), Estructura Orgánica y Organigrama de la Municipalidad Distrital de Llacanora

ORDENANZA MUNICIPAL

N° 42-2022-MDLL

Llacanora, 12 de setiembre de 2022

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LLACANORA

Por cuanto:

EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LLACANORA

VISTO:

En Sesión Ordinaria Nº 179 de fecha 09 de setiembre del año 2022; el Informe N.º 021-2022-ALE-MDLL del Asesor Legal Externo y el Informe N° 009-2022-MDLL/GM, emitido por la Gerencia Municipal, sobre aprobación del Reglamento de Organización y Funciones, de la Municipalidad Distrital de Llacanora

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, concordante con el articulo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las municipalidades distritales son los órganos de gobierno local, y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.

Que, el numeral 1.1. del artículo 1° de la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado en proceso de reorganización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano.

Que, el numeral 3 del artículo 9 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que es atribución del Concejo Municipal, aprobar el régimen de organización interna y funcionamiento del gobierno local; mientras que, en el numeral 8, prescribe que el Concejo Municipal tiene como atribución aprobar, modificar, o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos.

Que, el artículo 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las ordenanzas municipales son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos, y otros temas de competencia municipal.

Que, el artículo 43° de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, establece que el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) es el documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza la estructura orgánica de la entidad, que contiene las competencias y funciones generales, las funciones específicas de sus unidades de organización y sus relaciones de dependencia.

Que, en el numeral 7.3 de la Norma Técnica N° 01-2020-PCM/SGP/SSAP, que establece Modelos de Organización para Municipalidades, aprobado mediante Resolución de Secretaria de Gestión Pública N° 007-2020-PCM-SGP, se establecieron como criterios para determinar el diseño organizacional de las municipalidades, la población, tipología del distrito, numero de servidores civiles y presupuesto institucional de apertura.

Que, mediante Ordenanza Municipal N° 002-A-2015-MDLL/CM, de fecha 15 de mayo de 2015, se aprobó la estructura orgánica, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y el Cuadro de Asignación de Personal (CAP) de la Municipalidad Distrital de Llacanora.

Que, mediante Ordenanza Municipal N° 004-2017-MDLL/A, de fecha 24 de octubre de 2017, se aprueba la modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), incorporando el Área Técnica Municipal de Apoyo a la Producción Agropecuaria para la asistencia técnica en la prevención y control de enfermedades parasitarias en ganado a nivel local y asistencia técnica y capacitación en manejo integrado de plagas en los cultivos.

Que, mediante Ordenanza Municipal N° 001-2019-MDLL, de fecha 09 de enero de 2019, se aprobó modificar la denominación de Gerencias por Subgerencias, y de Subgerencias por jefaturas de Unidades establecidas en el Organigrama y la Estructura Orgánica del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Llacanora.

Que, mediante Ordenanza Municipal N° 035-2021-MDLL/CMDLL, de fecha 25 de octubre de 2021, se aprueba la creación y funcionamiento de la Unidad de Gestión Municipal en la Municipalidad Distrital de Llacanora, como unidad orgánica dependiente de la Subgerencia de Desarrollo Económico y Gestión Ambiental.

Que, mediante Informe Técnico N° 001-2022-MDLL, emitido por el responsable de Planificación y Presupuesto, se informa que es necesario modificar el actual Reglamento de Organización y Funciones (ROF), por el supuesto de eliminación de unidades de organización de la estructura orgánica, modificación y reasignación de funciones de conformidad con el artículo 46° de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 054-2018-PCM.

Que, mediante Informe Legal N° 021-2022-ALE-MDLL, emitido por el Asesor Legal de la Municipalidad Distrital de Llacanora, opina que es legamente procedente la modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), considerando que ha sido elaborado de conformidad con los Lineamientos de Organización del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 054-2018-PCM.

Que, mediante Oficio N° 000031-2022-CG/OC0368, de fecha 28 de enero de 2022, emitido por Jefe del Órgano de Control Institucional, en cuyo ámbito se encuentra el Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Distrital de Llacanora, se establece “(…) la entidad que representa, remitió propuesta de funciones del Órgano de Control Institucional para ser incorporadas al Reglamento de Organización y Funciones de la entidad (…) De la revisión de la información proporcionada se advierte que las funciones planteadas se condicen con las funciones de los Órganos de Control Institucional establecidas en la Directiva N° 020-2020-CG/NORM - Directiva de los Órgano de Control Institucional y su modificatoria, no advirtiéndose observaciones sobre el particular”.

Que, la propuesta de Reglamento de Organización y Funciones, de la Municipalidad Distrital de Llacanora, ha sido revisado y validado por la Secretaría de Gestión Pública, quien hace llegar el Informe N.º D000314-2022-PCM-SSAP, emitido por la Subsecretaría de Administración Pública, donde concluye que la Municipalidad Distrital de Llacanora ha elaborado la propuesta de su ROF con base en el modelo de organización 3 de la Norma Técnica con modificaciones de las funciones de los órganos de línea y de acuerdo con el principio de eficiencia y la realidad del distrito de Llacanora, por lo que resulta viable la modificación de funciones de los órganos de línea de la municipalidad; y, finalmente la Secretaría de Gestión Pública emite opinión técnica favorable a la propuesta de ROF de la Municipalidad Distrital de Llacanora, conforme a las consideraciones detalladas en dicho informe.

Que, estando a lo dispuesto y dictaminado, y de conformidad con lo establecido en los numerales 3 y 8 del artículo 9° y artículo 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y contando con el voto unánime de los miembros del Concejo Municipal, se aprobó la siguiente:

ORDENANZA MUNICIPAL

QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF),

ESTRUCTURA ORGÁNICA Y ORGANIGRAMA

DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LLACANORA.

Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), Estructura Orgánica y Organigrama de la Municipalidad Distrital de Llacanora; que consta de dos (02) títulos, siete (07) capítulos y treinta y uno (31) artículos; y que como anexos forman parte integrante de la presente Ordenanza Municipal.

Artículo Segundo.- DEROGAR el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), Estructura Orgánica y Organigrama de la Municipalidad Distrital de Llacanora, que fue aprobado mediante Ordenanza Municipal N° 002-A-2015-MDLL/CM, de fecha 15 de mayo de 2015, y modificatorias.

Artículo Tercero.- DEROGAR toda norma que se oponga a lo aprobado en el artículo segundo de la presente Ordenanza Municipal.

Artículo Cuarto.- DISPONER que Gerencia Municipal y demás órganos y unidades orgánicas de la Municipalidad Distrital de Llacanora, realicen las acciones correspondientes a fin de implementar y cumplir con la presente Ordenanza Municipal.

Artículo Quinto.- DETERMINAR que Secretaria General realice los trámites correspondientes a fin de publicar la presente Ordenanza Municipal en el diario oficial El Peruano o diario encargado de las publicaciones judiciales; así como en el Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad Distrital de Llacanora.

Artículo Sexto.- PRECISAR que la presente Ordenanza Municipal entrara en vigencia al día siguiente de su publicación de conformidad con la normatividad.

POR TANTO:

Mando se registre, comunique y cumpla.

Jorge S. Lozano Mejía

Alcalde

2111168-1