Autorizan transferencia financiera de recursos a favor del Instituto Peruano de Energía Nuclear – IPEN

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 355-2022-MINEM/DM

Lima, 29 de setiembre de 2022

VISTOS: El Memorando Nº 01553-2022/MINEM-DGE de la Dirección General de Electricidad; el Informe N° 109-2022-MINEM-OGPP/OPRE de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 449-2022-MINEM-OGA/OFIN de la Oficina Financiera de la Oficina General de Administración; y el Informe N° 909-2022-MINEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, en el marco de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, mediante la Resolución Ministerial N° 482-2021-MEM/DM se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos e Ingresos correspondiente al Año Fiscal 2022 del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas;

Que, el acápite iii del literal ñ) del numeral 16.1 del artículo 16 de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, autoriza de manera excepcional al Ministerio de Energía y Minas, la transferencia financiera de recursos a favor del Instituto Peruano de Energía Nuclear (IPEN), hasta por la suma de S/ 3´163,426.00 (Tres millones ciento sesenta y tres mil cuatrocientos veintiséis y 00/100 soles), para el fortalecimiento y acreditación del laboratorio de radiotrazadores e hidrología isotópica,

Que, la precitada norma establece que los recursos a transferir se financian con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Energía y Minas, por la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, Donaciones y Transferencias, y/o el saldo de balance correspondiente a los recursos de la Unidad Ejecutora 001 Ministerio de Energía y Minas - Central para el caso de los acápites i, ii, iii, y iv; asimismo, dispone que las transferencias financieras autorizadas se aprueban previa suscripción de convenio entre el Ministerio de Energía y Minas y las entidades involucradas; quedando prohibido bajo responsabilidad, destinar los recursos autorizados por la presente disposición a fines distintos para los cuales son transferidos;

Que, el numeral 16.2 del artículo 16 de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, señala que las transferencias financieras autorizadas en el numeral 16.1 se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, para su posterior publicación en el Diario Oficial “El Peruano”;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 121-2022-MINEM/DM, de fecha 24 de marzo de 2022, se autoriza la incorporación de mayores ingresos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego N° 016 Ministerio de Energía y Minas para el Año Fiscal 2022, hasta por la suma de S/ 3´163,426.00 (Tres millones ciento sesenta y tres mil cuatrocientos veintiséis y 00/100 soles) por la Fuente de Financiamiento de Recursos Directamente Recaudados;

Que, a través del Memorando Nº 01553-2022/MINEM-DGE la Dirección General de Electricidad remite el Convenio Nº 001-2022-MINEM/DGE - Convenio de Transferencia Financiera de Recursos entre el Ministerio de Energía y Minas y el Instituto Peruano de Energía Nuclear, suscrito el 22 de agosto de 2022, el cual tiene por objeto establecer las condiciones administrativas, financieras y de operatividad para viabilizar la transferencia de recursos por la suma de S/ 3´163,426.00 (Tres millones ciento sesenta y tres mil cuatrocientos veintiséis y 00/100 soles), para el fortalecimiento y acreditación del laboratorio de radiotrazadores e hidrología isotópica;

Que, mediante Informe N° 109-2022-MINEM-OGPP-OPRE la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable respecto a la transferencia financiera a favor del Instituto Peruano de Energía Nuclear; además, con fecha 27 de abril de 2022, aprueba la Certificación de Crédito Presupuestario N° 2022-00790-001 (SIAF N° 0000000787), por el monto de S/ 3´163,426.00 (Tres millones ciento sesenta y tres mil cuatrocientos veinte y seis y 00/100 Soles);

Que, la Oficina Financiera de la Oficina General de Administración mediante el Informe N° 449-2022-MINEM-OGA/OFIN señala que el Ministerio de Energía y Minas dispone de los recursos presupuestales y financieros necesarios en la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados, para realizar la mencionada transferencia financiera; asimismo, la Oficina General de Asesoría Jurídica a través del Informe N° 909-2022-MINEM/OGAJ emite opinión favorable; por lo que, resulta necesario emitir el acto resolutivo que autoriza la transferencia de recursos a favor del Instituto Peruano de Energía Nuclear;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Transferencia Financiera de recursos a favor del Instituto Peruano de Energía Nuclear – IPEN

Autorizar la transferencia financiera de recursos del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas – Unidad Ejecutora N° 001 - Ministerio de Energía y Minas - Central a favor del Instituto Peruano de Energía Nuclear – IPEN, por el monto de S/ 3´163,426.00 (Tres millones ciento sesenta y tres mil cuatrocientos veintiséis y 00/100 soles), en el marco de lo dispuesto en el acápite iii del literal ñ) del numeral 16.1 del artículo 16 de la Ley Nº 31365, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022.

Artículo 2.- Financiamiento y limitaciones al uso de los recursos

La transferencia financiera de recursos señalada en el artículo precedente se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente año fiscal del Pliego N° 016: Ministerio de Energía y Minas - Unidad Ejecutora N° 001: Ministerio de Energía y Minas - Central, cuyos recursos no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales fueron transferidos, según el siguiente detalle:

Fuente de Financiamiento : 2. Recursos Directamente

Recaudados

Unidad Ejecutora : 001 Ministerio De Energía y Minas –

Central

Gastos Corrientes

2.4 Donaciones y Transferencias : S/ 49,250.00

Gastos de Capital

2.4 Donaciones y Transferencias : S/ 3´114,176.00

Artículo 3.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Alessandra G. Herrera Jara

Ministra de Energía y Minas

2110993-1