Aprueban Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República

RESOLUCIÓN JEFATURAL

N° 191-2022-J-OPE/INS

Lima, 27 de setiembre de 2022

VISTO:

El Informe N° 007-2022-UE004/INS y la Nota Informativa N° 001-2022-WJM-UE004/INS de la Unidad Ejecutora 004. Fortalecimiento del Sistema Nacional de Vigilancia en Salud Publica; la Nota Informativa Nº 0225-2022-OEPPI-OGAT/INS, de la Oficina Ejecutiva de Planificación, Presupuesto e Inversiones, con Proveído N° 349-2022-DG-OGAT/INS de la Oficina General de Asesoría Técnica; el Oficio N° 001095-2021-CG/DC de la Contraloría General de la República; el Informe Nº 054-2022-TLLVH-OGAJ/INS con Proveído Nº 120-2022-DG-OGAJ/INS de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Instituto Nacional de Salud; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 31365, se aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, a través del cual se establecen los montos de Gastos Corrientes, Gastos de Capital y Servicio de la Deuda, los Créditos Presupuestarios correspondientes a los Pliegos que constituyen los límites para ejecutar gastos durante el año fiscal 2022, así como otras disposiciones vinculadas a la ejecución del Presupuesto;

Que, mediante Resolución Jefatural N° 253-2021-J-OPE/INS de fecha 30 de diciembre de 2021, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2022 del Pliego 131 Instituto Nacional de Salud, por un monto ascendente a S/ 133’271,613.00 (CIENTO TREINTA Y TRES MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y UN MIL SEISCIENTOS TRECE Y 00/100 SOLES) por toda Fuente de Financiamiento;

Que, el artículo 1 de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, dispone que la ejecución de inversiones que genere el desembolso de recursos públicos y/o garantías financieras o no financieras por parte del Estado, lo que incluye a las obras públicas, las inversiones mediante los mecanismos de obras por impuestos y asociaciones público privadas u otros mecanismos de inversión, a cargo de los pliegos del gobierno nacional, regional y local, entidades de tratamiento empresarial, empresas públicas en el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), fondos y toda entidad o empresa bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control, cuyos montos superen los diez millones de soles, son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República;

Que, el numeral 4.1 del artículo 4 de la citada Ley, señala que los pliegos involucrados del gobierno nacional, regional y local, a cargo de las intervenciones a que se refieren los artículos 1 y 3 de la citada ley, se encuentran autorizados a realizar modificaciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuadas de las restricciones presupuestarias en el marco de lo establecido en las leyes anuales de presupuesto, a fin de poder realizar transferencias financieras a favor del Pliego 019: Contraloría General, a solicitud de dicha entidad fiscalizadora superior; y, el numeral 4.2 del citado artículo dispone que, las referidas transferencias se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del gobierno nacional, la cual se publica en el Diario Oficial “El Peruano”;

Que, en el acápite ii) del literal b) del numeral 18.1 del artículo 18 de la Directiva N° 0002-2021-EF/50.01, “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral N° 0022-2021-EF/50.01 y modificada mediante Resolución Directoral N° 007-2022-EF/50.01, se establece el procedimiento de registro para la ejecución de transferencias financieras enmarcadas en el artículo 4 de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, para el financiamiento del control concurrente de inversiones;

Que, mediante el Oficio N° 2505-2021-OGPPM-OPMI/MINSA, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Salud remite el Oficio Nº 001095-2021-CG/DC, con fecha 13 de diciembre de 2021, a través del cual la Contraloría General de la República comunica que, con el fin de dar cumplimiento al mandato legal dispuesto en la Ley Nº 31358, se ha identificado y priorizado en una primera etapa un grupo de gastos de inversión que se vienen ejecutando por el Ministerio de Salud bajo las modalidades de Proyectos de Inversión Pública, Asociaciones Público Privadas y/u Obras por Impuestos, conforme al detalle consignado en el Anexo 1 adjunto que, determina en su numeral 8 que, el monto correspondiente para financiar el despliegue de las acciones de control a ser ejecutadas para el Proyecto de inversión 2502896: MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DE LOS SERVICIOS BRINDADOS POR EL SISTEMA NACIONAL DE VIGILANCIA EN SALUD PÚBLICA 25 DEPARTAMENTOS, asciende a S/.174,099.00 (CIENTO SETENTA Y CUATRO MIL NOVENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES); por lo que, solicita se tenga a bien disponer se efectúen las acciones necesarias para garantizar el financiamiento del control recurrente;

Que, mediante Proveído N° 349-2022-OGAT/INS de fecha 15 de setiembre de 2022, el Director General de la Oficina General de Asesoría Técnica, hace suyo en todos sus extremos, el contenido de la Nota Informativa Nº 0225-2022-OEPPI-OGAT/INS, del Director Ejecutivo (e) de la Oficina Ejecutiva de Planificación, Presupuesto e Inversiones, a través del cual remite la Nota de Modificación Presupuestal N° 002 por el monto de S/.174,099.00 (CIENTO SETENTA Y CUATRO MIL NOVENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES); para financiar la acción de control concurrente a favor del Pliego 019: Contraloría General;

Que, mediante la Nota Informativa N° 001-2022-WJM-UE004/INS, se remite la Certificación de Crédito Presupuestal N° 001-2022 por la suma de S/ 174 099,00 (CIENTO SETENTA Y CUATRO MIL NOVENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES), para financiar una (01) inversión a cargo del Pliego 131. Instituto Nacional de Salud, en el marco de lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente;

Que, en ese marco, mediante el Informe N° 007-2022-UE004/INS, el señor Manuel Céspedes Zambrano, en el marco de las funciones encargadas mediante Resolución Jefatural N° 117-2022-J-OPE/INS, solicita atender lo requerido por la Contraloría General de la República para el control gubernamental en gasto de inversión en el marco de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente;

Que, por las consideraciones expuestas, resulta necesario aprobar la Transferencia Financiera del Pliego 131. Instituto Nacional de Salud a través de la Unidad Ejecutora 004. Fortalecimiento del Sistema Nacional de Vigilancia en Salud Publica, hasta por la suma de S/ 174 099,00 (CIENTO SETENTA Y CUATRO MIL NOVENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES), por la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 019: Contraloría General, en el marco de lo dispuesto en la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente;

Con los vistos de los Directores Generales de las Oficinas Generales de Administración y de Asesoría Jurídica; y del Sub Jefe del Instituto Nacional de Salud; y;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente; la Directiva N° 0002-2021-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral N° 0022-2021-EF/50.01 y sus modificaciones; y, en uso de las atribuciones establecidas en el inciso h) del artículo 12 del Decreto Supremo N° 001-2003-SA, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Salud;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República

Apruébese una Transferencia Financiera del Pliego 131: Instituto Nacional de Salud, hasta por la suma de S/ 174 099,00 (CIENTO SETENTA Y CUATRO MIL NOVENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 019: Contraloría General, para financiar las acciones de control concurrente del proyecto CUI N° 2502896 “MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DE LOS SERVICIOS BRINDADOS CON EL SISTEMA NACIONAL DE VIGILANCIA EN SALUD PÚBLICA, 25 DEPARTAMENTOS”, a cargo de la Unidad Ejecutora 004 del Pliego 131: Instituto Nacional de Salud, en el marco de lo dispuesto en la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente.

Artículo 2.- Financiamiento

La Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente resolución, se realiza con cargo al Presupuesto Institucional para el Año Fiscal 2022 del Pliego 131: Instituto Nacional de Salud, Unidad Ejecutora 004 Fortalecimiento del Sistema Nacional de Vigilancia en Salud Publica, según el siguiente detalle:

(En Soles)

SECCIÓN PRIMERA

:

Gobierno Central

PLIEGO

131

:

Instituto Nacional de Salud

ACCIÓN DE INVERSIÓN

60000053

:

Control Concurrente

FUENTE DE FINANCIAMIENTO

1

:

Recursos Ordinarios

PROGRAMA PRESUPUESTAL

9002

:

Asignaciones Presupuestales que no Resultan en Producto

UNIDAD EJECUTORA

004

:

Fortalecimiento del Sistema Nacional de Vigilancia en Salud Publica

GASTO DE CAPITAL

2.4 Donaciones y Transferencias

:

174 099.00

Artículo 3.- Limitaciones al uso de los recursos

Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada en el artículo 1 de la presente resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Remisión

Remítase copia de la presente resolución a la Oficina General de Administración del Instituto Nacional de Salud, y a la Unidad Ejecutora 004. Fortalecimiento del Sistema Nacional de Vigilancia en Salud Publica, para que realicen las acciones necesarias para el cumplimiento de la transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente resolución.

Artículo 5.- Publicación

Dispóngase la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano” y en el Portal de Transparencia del Instituto Nacional de Salud (www.ins.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

VICTOR JAVIER SUAREZ MORENO

Jefe

2110536-1