Ordenanza que prohíbe la venta de bienes de procedencia dudosa y/o delictuosa
ORDENANZA Nº 418-MDPP
Puente Piedra, 27 de setiembre de 2022
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE PUENTE PIEDRA
VISTO: En sesión ordinaria de la fecha ha dado la siguiente Ordenanza;
CONSIDERANDO:
Que, la presente Ordenanza tiene por objeto establecer sanciones administrativas contra las personas naturales y/o jurídicas que exhiban, comercialicen, almacenen o guarden en forma directa o a través de otras personas o medios, bienes de procedencia dudosa y/o delictuosa, de manera principal en lo referido a los teléfonos celulares, autopartes, joyas entre otros bienes, creando la sanción económica y su respectiva medida complementaria.
“ORDENANZA QUE PROHÍBE LA VENTA
DE BIENES DE PROCEDENCIA DUDOSA
Y/O DELICTUOSA”
Artículo Primero.- PROHIBIR la exhibición, comercialización, almacenaje, guarda en forma directa a través de otras personas o medios, de bienes de procedencia dudosa y/o delictuosa tanto en los locales comerciales, de servicios u otro local dentro de la jurisdicción del distrito de Puente Piedra.
Artículo Segundo.- FACULTAR al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, de ser necesario, dicte normas complementarias a lo dispuesto en la presente ordenanza.
Artículo Tercero.- INCORPORAR el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) vigente de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra, el código de infracción que se detalla en el Anexo I que forma parte integrante de la presente Ordenanza.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Ordenamiento Urbano y la Subgerencia de Inspecciones y Control Urbano.
Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Subgerencia de Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y a la Gerencia de Administración y Finanzas, su publicación en el Portal web institucional (www.munipuentepiedra.gob.pe).
Rennan Santiago Espinoza Venegas
Alcalde
2110418-1