Establecen funcionamiento de dos oficinas desconcentradas de Registro y Control Biométrico de Procesados y Sentenciados Libres - ORCB en las sedes judiciales de Puente Piedra (CISAJ) y Ventanilla (Licenciados)
Corte Superior de Justicia de
Puente Piedra - Ventanilla
Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Puente Piedra - Ventanilla
RESOLUCIóN ADMINISTRATIVA
N° 000655-2022-P-CSJPPV-PJ
Ventanilla, 28 de septiembre del 2022
VISTOS: El Oficio N° 001927-2022-OAD-CSJPPV-PJ de fecha 08 de setiembre de 2022, Informe N° 000129-2022-SJR-OAD-CSJPPV de fecha 07 de setiembre de 2022; y,
CONSIDERANDO:
Primero: Por Resolución Administrativa N°213-2008-CE-PJ, de fecha 30 de julio de 2008 se creó el Servicio de Registro y Control Biométrico de Procesados y Sentenciados Libres, con el objeto de utilizar el sistema biométrico para garantizar la identificación de quienes tienen la obligación de asistir periódicamente a registrar su presencia como regla de conducta impuestas por mandato judicial.
Segundo: Asimismo, por Resolución Administrativa N° 000209-2020-CE-PJ, de fecha 06 de agosto de 2022 se aprobó el Procedimiento denominado “Control Virtual Penal de Procesados y Sentenciados Libres”, que sustituye temporalmente a la Resolución Administrativa N° 213-2008-CE-PJ.
Tercero: De otro lado, por Resolución Administrativa N° 000086-2022-CE-PJ, de fecha 15 de marzo de 2022 se aprobó la Directiva N° 006-2022-CE-PJ denominada “Registro y Control Biométrico de Procesados y Sentenciados Libres”, y dejó sin efecto la Directiva N° 012-2008-CE-PJ “Registro y Control Biométrico de Procesados y Sentenciados Libres”, aprobada por Resolución Administrativa N° 270-2008-CE-PJ, del 14 de octubre de 2008; así como cualquier otra disposición que se oponga a la presente resolución.
Cuarto: Mediante Oficio N° 001927-2022-OAD-CSJPPV-PJ, el Jefe de la Oficina de Administración Distrital, hace suyo el Informe N° 000129-2022-SJR-OAD-CSJPPV, del Área de Servicios Judiciales y Recaudación a través del cual solicita la implementación e inicio del funcionamiento, a partir del 28 de setiembre de 2022, de dos oficinas desconcentradas de Registro y Control Biométrico de Procesados y Sentenciados Libres – ORCB, conforme se detalla a continuación: a) Procesos que son llevados en juzgados de la sede Ancón y Santa Rosa y sedes Puente Piedra : registren su firma en Sede CISAJ: Mz. L1 Lote 08 AAHH Bella Aurora- Ref. Paradero Fundición- Pte. Piedra a la altura del Kilómetro 35.5 de la Panamericana Norte, b) Procesos que son llevados en los juzgados de las sedes Ventanilla, Mi Perú y Pachacutec registren su firma en Sede Licenciados: AV. Néstor Gambeta Mz. K5 Lt. 1 Urb. Los Licenciados – Ventanilla; asimismo, se precisa que las nuevas oficinas se encuentran debidamente equipadas con equipos informáticos de última generación para la identificación biométrica de los usuarios, por ello es conveniente se disponga el inicio del funcionamiento en la fecha antes citada, a fin de efectuar la atención presencial.
Quinto: Por lo expresado, el encargado de la Oficina de Servicios Judiciales y Recaudación por Informe N° 129-2022-SJR-OAD-CSJPPV-PJ fundamenta la implementación y entrada de funcionamiento de las dos Oficinas de Control Biométrico de Procesados y Sentenciados Libres debido a que: “i) Usuarios reacios al uso de las tecnologías, siendo que cada vez que les correspondía firmar solicitan se les empadrone a pesar que se les había indicado que el empadronamiento es por única vez, solicitan registro de firma fuera de fecha que corresponde, realizaban cambio de número de celular cada mes, usuarios no contaban con equipos móviles de gama media hacia arriba, necesarios para la geolocalización. ; ii) Por el tiempo promedio de atención por cada usuario es de 12 minutos. Estando que mediante el registro de firma presencial el tiempo de atención en promedio es de 1 minutos esto sería más beneficioso y se debe precisar que el control es más certero toda vez que el usuario debe presentar su DNI y el personal que atiende verifica que sea el procesado quien registre su huella dactilar.; y que iii) Ahora bien para el caso de los procesados con medidas coercitivas que se encuentren el grupo de los vulnerables se propone que se rijan bajo lo dispuesto el Procedimiento denominado “Control Virtual Penal de Procesados y Sentenciados Libres”, siendo los magistrados quienes disponga de manera excepcional mientras rija el estado de emergencia estos registren su firma de manera virtual lo cual queda establecido en la resolución. Caso contrario deberán registran la firma de manera presencial tal cual establece el procedimiento la Directiva N° 006-2022-CE-PJ denominada “Registro y Control Biométrico de Procesados y Sentenciados Libres”.
Sexto: En consecuencia, atendiendo a que el Presidente de la Corte Superior de Justicia es el representante, director y máxima autoridad administrativa facultada para dirigir la política interna con el objeto de brindar un eficiente servicio de administración de justicia en beneficio de los justiciables de este Distrito Judicial, corresponde emitir la resolución administrativa correspondiente.
Por tales consideraciones, y en uso de las facultades conferidas en los numerales 3, 4 y 9 del artículo 90 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- ESTABLECER el funcionamiento de las dos oficinas desconcentradas de Registro y Control Biométrico de Procesados y Sentenciados Libres – ORCB en las sedes judiciales de Puente Piedra (CISAJ) y Ventanilla (Licenciados), a partir del 28 de septiembre de 2022, conforme se detalla a continuación:
OFICINA |
SEDE JUDICIAL |
Oficina de Registro y Control Biométrico – Puente Piedra |
CISAJ - Mz.L1 Lote 08 Asentamiento Humano Bella Aurora (Ref. Paradero Fundición- Puente Piedra a la altura del km. 35.5 de la Panamericana Norte) |
Oficina de Registro y Control Biométrico - Ventanilla |
LICENCIADOS Av. Néstor Gambeta Mz l K5 Lt. 1 Urb.Los Licenciados-Ventanilla |
Artículo Segundo.- DISPONER que la Oficina de Administración Distrital realice las acciones pertinentes a fin de garantizar el funcionamiento de las dos oficinas desconcentradas de Registro y Control Biométrico de Procesados y Sentenciados Libres – ORCB en las sedes judiciales de Puente Piedra (CISAJ) y Ventanilla (Licenciados), a partir del 28 de setiembre de 2022.
Artículo Tercero.- HACER de conocimiento la presente resolución de la Presidenta del Poder Judicial, Presidente de la Junta de Fiscales del Distrito Fiscal de Lima Noroeste, de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Puente Piedra - Ventanilla, de la Dirección de la Defensa Pública y Acceso a la Justicia de Ventanilla, Gerencia General del Poder Judicial, Colegio de Abogados de Ventanilla, Oficina de Administración Distrital,, Oficina de Imagen Institucional, Señores Magistrados de la Corte Superior de Justicia del Puente Piedra - Ventanilla, e interesados, para los fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese.
FLAVIANO CIRO LLANOS LAURENTE
Presidente de la Corte Superior de Justicia de
Puente Piedra - Ventanilla
2110277-1