Autorizan transferencia financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Huayllabamba
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL
Nº 213-2022-CR/GR CUSCO
POR CUANTO:
El Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional Cusco, en la Vigésima Novena Sesión Extraordinaria de fecha veintiséis de setiembre del año dos mil veintidós, ha debatido el presente Acuerdo de Consejo Regional;
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado, modificada por la Ley de la Reforma Constitucional sobre Descentralización aprobada mediante Ley Nº 30305, concordante con el Artículo 31º de la Ley de Bases de la Descentralización - Ley Nº 27783, señala que “Los Gobiernos Regionales tienen autoforma política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia (...)”;
Que, el Literal b) y e) del Artículo 9º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el cual, precisa como competencias constitucionales de los Gobiernos Regionales: “Formular y aprobar el Plan de Desarrollo Regional Concentrado con las municipalidades y la sociedad civil”, “Promover el desarrollo socioeconómico regional y ejecutar los planes y programas correspondientes (...)”; así también el Artículo 13º de la Ley citada con anterioridad señala que el Consejo Regional, es el órgano normativo y fiscalizador del gobierno regional, le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas. (...)”;
Que, el Artículo 45 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, regula las funciones generales de los Gobiernos Regionales, estableciendo en su Literal a) que “(…) Los Gobiernos Regionales definen, norman, dirigen y gestionan sus políticas regionales y ejercen sus funciones generales y específicas en concordancia con las políticas nacionales y sectoriales. Corresponde al Gobierno Nacional determinar la jerarquización de los activos, empresas y proyectos por su alcance nacional, regional o local, la que se aprobará mediante Decreto Supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, previa opinión técnica del Consejo Nacional de Descentralización (…)”. Asimismo, en el Literal b) detalla las siguientes funciones (generales): 1. Función normativa y reguladora, 2. Función de planeamiento, 3. Función administrativa y ejecutora, 4. Función de promoción de las inversiones, 5. Función de supervisión, evaluación y control;
Que, el Literal a) del Artículo 15º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, es atribución del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional y autorizar la transferencia de los bienes muebles e inmuebles de propiedad del Gobierno Regional, respectivamente; y, en su Artículo 39º la misma norma establece que los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional (…);
Que, el Artículo 39º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, establece que “Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional”;
Que, el Numeral 11) y 12) del Artículo 17º del Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional de Cusco, aprobado con Ordenanza Regional Nº 119-2016- CR/GRC.CUSCO, establece “Autorizar al Presidente Regional la suscripción de Convenios Interinstitucionales para la ejecución o administración de recursos. Autorizar las transferencias financieras que hiciera el Gobierno Regional a otros Pliegos Presupuestales”;
Que, el Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional de Cusco del Gobierno Regional de Cusco aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 119-2016-CR/GRC.CUSCO, en su Artículo 101º establece que el Acuerdo Regional es una Norma Jurídica interna, que permite orientar y normar procedimientos administrativos del Gobierno Regional del Cusco, en asuntos de interés público, declarar la voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una norma institucional. También es promovida por un Consejero o por el Ejecutivo; que una vez debatida, aprobada y publicada en un medio judicial de circulación local es de cumplimiento (…);
Que, de los actuados, se tiene el ACTA DE REUNIÓN DE SEGUIMIENTO Y MONITOREO DEL PROCESO PARTICIPATIVO MULTIANUAL BASADO EN RESULTADOS 2019-2022 “TINKUY REGIONAL MULTIANUAL”, de fecha 12 de abril del 2022, realizado en el auditorio del Gobierno Regional del Cusco, con participación del Gobernador Regional y los Gerentes Regionales de los diferentes órganos de línea, asesoramiento y proyectos especiales, y por la Provincia de Urubamba el Consejero Regional Ing. Ronald Jaime Gutiérrez Araníbar, el Alcalde de la Municipalidad Provincial de Urubamba, diversos Alcaldes distritales de dicha provincia entre ellos el Sr. Luis Héctor Cusicuna Quispe, alcalde de la Municipalidad Distrital de Huayllabamba, entre otros; con la finalidad de llevar a cabo la reunión de seguimiento, monitoreo y evaluación de nivel de avance e implementación de los proyectos identificados y priorizados a favor de la provincia de Urubamba en el Presupuesto Participativo Multianual 2019-2022 baso en resultados – Tinkuy Regional Multianual; en el cual entre otros aspectos se indicó:
“XI. COMPROMISOS PENDIENTES
(…)
8. ADQUISICIÓN DE CAMION COMPACTADORES
La Municipalidad Provincial de Urubamba en coordinación con las Municipalidades Provinciales, entregarán el expediente técnico definitivo de las IOARRs para fines del mes de abril e iniciar los trámites de transferencia financiera.”
Que, por el OFICIO Nº 101-2022-A/MPU, (EXP. Nº 12666) tramitada en fecha 08 de junio del 2022, el alcalde de la Municipalidad Provincial de Urubamba, remite la RESOLUCIÓN DE GERENCIA MUNICIPAL Nº 109-2022-GM-MPU, por el cual se aprueba el expediente técnico del IOARR “ADQUISICION DE CAMION COMPACTADOR; EN EL(LA) SERVICIO DE LIMPIEZA PÚBLICA - DISTRITO DE HUAYLLABAMBA, PROVINCIA URUBAMBA, DEPARTAMENTO CUSCO” con CUI 2548350, con un presupuesto total de S/ 687,813.05 (seiscientos ochenta y siete mil ochocientos trece con 05/100 soles), con un plazo de ejecución de 60 días calendario; expediente técnico que fue observado por la Gerencia Regional de Supervisión y Liquidación de Inversiones a través del MEMORÁNDUM Nº 2135-2022-GR CUSCO/GRSLI, cuyas observaciones fueron levantadas por la Municipalidad Provincial de Urubamba a través del OFICIO Nº 413-2022-MPU/A (EXP. Nº 14246), de fecha 01 de julio del 2022;
Que, por el MEMORÁNDUM Nº 2455-2022-GR CUSCO/GRSLI, tramitada el 19 de julio del 2022, la Gerencia Regional de Supervisión y Liquidación de Inversiones, remite la OPINION TECNICA FAVORABLE a los contenidos mínimos del expediente técnico de la “ADQUISICION DE CAMION COMPACTADOR; EN EL(LA) SERVICIO DE LIMPIEZA PÚBLICA - DISTRITO DE HUAYLLABAMBA, PROVINCIA URUBAMBA, DEPARTAMENTO CUSCO” con CUI 2548350, adjuntando entre otros el INFORME Nº 355-2022-GR CUSCO/GRSLI/CELT-RAA, del Ing. Ronald Atausinchi Atauchi – Evaluador de Proyectos de Inversión, por el cual el referido profesional realiza la evaluación técnica correspondiente del referido expediente técnico; de cuyas CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES se recoge expresamente:
CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES:
Habiendo verificado la existencia de los contenidos mínimos procedo a EMITIR OPINION TECNICA FAVORABLE al cumplimiento de los contenidos mínimos del expediente técnico de la IOARR “ADQUISICION DE CAMION COMPACTADOR; EN EL(LA) SERVICIO DE LIMPIEZA PÚBLICA - DISTRITO DE HUAYLLABAMBA, PROVINCIA URUBAMBA, DEPARTAMENTO CUSCO” con CUI 2548350, respecto de los requisitos mínimos que debe presentar los Gobiernos Locales para transferencias presupuestales, (…)”.
Que, por el OFICIO Nº 281-2022-A-MDH/U-C, tramitada el 11 de agosto del 2022, el alcalde de la Municipalidad Distrital de Huayllabamba, solicita a la Municipalidad Provincial de Urubamba, el cambio de la Unidad Ejecutora del IOARR con CUI 2548350, manifestando que dicha entidad cuenta con capacidad técnica y administrativa para realizar todas las acciones que contempla el expediente técnico aprobado de la IOARR en mención, por lo que solicita realizar la agregación de la UEI a favor de la Municipalidad Distrital de Huayllabamba. Es por ello que a través del ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL Nº 030-2022-CM-MDH/U-C, se acuerda aprobar la suscripción y firma del CONVENIO CON EL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO Y LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUAYLLABAMBA, con el objeto de la ejecución de la IOARR “ADQUISICION DE CAMION COMPACTADOR; EN EL(LA) SERVICIO DE LIMPIEZA PÚBLICA - DISTRITO DE HUAYLLABAMBA, PROVINCIA URUBAMBA, DEPARTAMENTO CUSCO” con CUI 2548350. Por el OFICIO Nº 288-2022-A-MDH/U-C, la municipalidad distrital de Huayllabamba, remite el informe de capacidad técnica operativa con la que cuenta para la ejecución de la IOARR con CUI 2548350; asimismo, se tiene los siguientes documentos presentados por dicha municipalidad: OFICIO Nº 287-2022-A-MDH/U-C, por el cual comunica el compromiso para alcanzar los informes mensuales de ejecución física y financiera del IOARR conforme al cronograma de ejecución alcanzada; el OFICIO Nº 285-2022-A-MDH/U-C, por el cual manifiesta el compromiso de asumir los costos adicionales no previstos en el IOARR; y por el OFICIO Nº 286-2022-A-MDH/U-C, manifiesta el compromiso de no destinar los recursos transferidos a otros fines que no sea el IOARR;
Que, por los MEMORÁNDUM Nº 760 y 806-2022-GR CUSCO/ORAJ, la Oficina Regional de Asesoría Jurídica realizó observaciones al presente trámite, por presentar algunas inconsistencias; cuyas observaciones fueron levantadas por la Municipalidad Distrital de Huayllabamba, a través del OFICIO Nº 309-2022-A-MDH/U-C, (EXP. 18482), tramitada en fecha 25 de agosto del 2022, por el cual remite el sustento correspondiente a dichas observaciones;
Que, por el INFORME TECNICO Nº 129-2022-GR CUSCO/GRPPM-AGPMI, la Sub Gerencia de Programación Multianual de Inversiones, realiza aclaraciones para la firma del Convenio de Transferencia de recursos a la Municipalidad Distrital de Huayllabamba, para la ejecución del IOARR “ADQUISICION DE CAMION COMPACTADOR; EN EL(LA) SERVICIO DE LIMPIEZA PÚBLICA - DISTRITO DE HUAYLLABAMBA, PROVINCIA URUBAMBA, DEPARTAMENTO CUSCO” con CUI 2548350, de cuyo ANÁLISIS, entre otras acciones indica, que a la fecha la UF Municipalidad Provincial de Urubamba en el marco del Artículo 30.2 de la Directiva 001-2019-EF/63.011 – Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, realizó la agregación de la Municipalidad Distrital de Huayllabamba para la ejecución de la Inversión y cambio de Unidad Ejecutora Presupuestaria a favor de la Municipalidad Distrital de Huayllabamba, precisando que la inversión está alineada al cierre de brechas de servicios públicos priorizados: SERVICIO DE LIMPIEZA PÚBLICA; indicador de brecha: PORCENTAJE DE POBLACIÓN NO ATENDIDA POR UN ADECUADO SERVICIO DE LIMPIEZA PÚBLICA; el estado de avance de la inversión priorizados en el ciclo de Inversión se encuentra en el orden de prelación: Inversiones sin ejecución física y que cuenten con expediente técnico o documento equivalente completo y vigente; el mismo que cuenta con un costo actualizado aprobado y registrado en el Banco de Inversiones por un total de S/ 687,813.05; del cual el costo de elaboración de expediente técnico es de S/ 12,000.00, por lo que el expediente técnico se encuentra aprobado y registrado, el monto que correspondería financiar al Gobierno Regional del Cusco sería de S/ 675,813.05; en cuyas CONCLUSIONES indica: “3.2 En cumplimiento de los compromisos asumidos en el Proceso Participativo Multianual Basado en Resultados 2019-2022 “TINKUY REGIONAL MULTIANUAL”, ES PROCEDENTE LA TRANSFERENCIA DE RECURSOS a favor de la Municipalidad Distrital de Huayllabamba, para la ejecución de la inversión “ADQUISICION DE CAMION COMPACTADOR; EN EL(LA) SERVICIO DE LIMPIEZA PÚBLICA - DISTRITO DE HUAYLLABAMBA, PROVINCIA URUBAMBA, DEPARTAMENTO CUSCO” con CUI 2548350, por un monto total de S/ 675,813.05, en el marco del Inciso l) del Numeral 16.1 del Artículo 16º de la Ley Nº 31365 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2022.”;
Que, por el INFORME Nº 1291-2022-GR CUSCO/GRPPM-SGPR, la Sub Gerencia de Presupuesto, emite opinión de Disponibilidad Presupuestal hasta por el importe de S/ 675,813.05 (seiscientos setenta y cinco mil ochocientos trece con 05/100 soles), para la transferencia financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Huayllabamba, para la ejecución del IOARR “ADQUISICION DE CAMION COMPACTADOR; EN EL(LA) SERVICIO DE LIMPIEZA PÚBLICA - DISTRITO DE HUAYLLABAMBA, PROVINCIA URUBAMBA, DEPARTAMENTO CUSCO” con CUI 2548350, con cargo a la incorporación de Créditos Suplementarios por Mayores Ingresos Públicos del Ejercicio 2022 en el Pliego del Gobierno Regional del Cusco, en la Fuente de Financiamiento Recursos Determinados;
Que, a través del INFORME Nº 1018-2022-GR CUSCO/GRPPM-SGP, la Sub Gerencia de Planeamiento, emite opinión de pertinencia para la suscripción del Convenio de Cooperación Interinstitucional para la Transferencia Financiera de Recursos Públicos a favor de la Municipalidad Distrital de Huayllabamba, para la ejecución del IOARR “ADQUISICION DE CAMION COMPACTADOR; EN EL(LA) SERVICIO DE LIMPIEZA PÚBLICA - DISTRITO DE HUAYLLABAMBA, PROVINCIA URUBAMBA, DEPARTAMENTO CUSCO” con CUI 2548350, el cual obedece al Proceso Participativo Multianual Basado en Resultados 2019-2022 “TINKUY REGIONAL MULTIANUAL”, de acuerdo al acta de reunión de Seguimiento y Monitoreo, el IOARR en mención se encuentra priorizado en la mesa técnica de la Provincia de Urubamba con el compromiso de Transferencia Financiera para la ejecución de la mencionada Inversión; por lo que dicha Sub Gerencia OPINA continuar con el trámite para la transferencia presupuestal a la Municipalidad Distrital de Huayllabamba, hasta por el importe de S/ 675,813.05 (seiscientos setenta y cinco mil ochocientos trece con 05/100 soles), para la ejecución de la IOARR con CUI 2548350; cuyos actuados fueron remitidos por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Modernización a través del MEMORÁNDUM Nº 1212-2022-GR CUSCO/GRPPM, para su trámite correspondiente;
Que, al respecto, la LEY Nº 31365 – LEY DE PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO FISCAL 2022, expresamente dispone:
“Artículo 4. Acciones administrativas en la ejecución del gasto público
(…)
4.2 Todo acto administrativo, acto de administración o las resoluciones administrativas que autoricen gastos no son eficaces si no cuentan con el crédito presupuestario correspondiente en el presupuesto institucional o condicionan la misma a la asignación de mayores créditos presupuestarios, bajo exclusiva responsabilidad del titular de la entidad, así como del jefe de la Oficina de Presupuesto y del jefe de la Oficina de Administración, o los que hagan sus veces, en el marco de lo establecido en el Decreto Legislativo 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
Artículo 16. Transferencias financieras permitidas entre entidades públicas durante el Año Fiscal 2022
16.1 Autorizase, en el presente Año Fiscal, la realización, de manera excepcional, de las siguientes transferencias financieras entre entidades, conforme se detalla a continuación:
(…)
l) Las que se realicen para el financiamiento y cofinanciamiento de las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y de los proyectos que no se encuentran bajo el ámbito de dicho Sistema Nacional, y el mantenimiento de carreteras y de infraestructura de saneamiento, y de desarrollo de capacidades productivas, entre los niveles de gobierno subnacional y de estos al Gobierno Nacional, previa suscripción del convenio respectivo. Las transferencias financieras se efectúan hasta el tercer trimestre del año 2022, debiéndose emitir el acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, según corresponda, dentro del plazo antes mencionado.”
Que, por su parte, el DECRETO LEGISLATIVO Nº 1440 - DECRETO LEGISLATIVO DEL SISTEMA NACIONAL DE PRESUPUESTO PÚBLICO, dispone:
“Artículo 41. Certificación del crédito presupuestario
(…)
41.2 La certificación resulta requisito indispensable cada vez que se prevea realizar un gasto, suscribir un contrato o adquirir un compromiso, adjuntándose al respectivo expediente. Dicha certificación implica la reserva del crédito presupuestario, hasta el perfeccionamiento del compromiso y la realización del correspondiente registro presupuestario, bajo responsabilidad del Titular del Pliego.”
Que, ahora bien, de los actuados se tiene el trámite que se viene realizando para la transferencia financiera que el Gobierno Regional Cusco debe realizar a favor de la Municipalidad Distrital de Huayllabamba, hasta por el monto total de S/ 675,813.05 (seiscientos setenta y cinco mil ochocientos trece con 05/100 soles), para la ejecución de la IOARR “ADQUISICION DE CAMION COMPACTADOR; EN EL(LA) SERVICIO DE LIMPIEZA PÚBLICA - DISTRITO DE HUAYLLABAMBA, PROVINCIA URUBAMBA, DEPARTAMENTO CUSCO” con CUI 2548350, ello en cumplimiento al ACTA DE LA REUNIÓN DE SEGUIMIENTO Y MONITOREO DEL PROCESO PARTICIPATIVO MULTIANUAL BASADO EN RESULTADOS 2019-2022 “TINKUY REGIONAL MULTIANUAL”, realizado el 12 de abril del 2022, en el auditorio del Gobierno Regional del Cusco, con autoridades Municipales de la Provincia de Urubamba, en el cual se arribaron a diversos compromisos, entre ellos como COMPROMISOS PENDIENTES, para la ADQUISICIÓN DE CAMIONES COMPACTADORES a favor de diversas Municipalidades Distritales de dicha provincia, en el cual se indicó que la Municipalidad Provincial de Urubamba entregará el expediente técnico definitivo de las IOARRs para fines del mes de abril e iniciar los trámites de transferencia financiera, y en cumplimiento a ello se viene realizando las gestiones necesarias para la transferencia financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Huayllabamba, para la ejecución de la IOARR con CUI 2548350; expediente de transferencia financiera que ha sido materia de revisión y análisis por parte de las instancias competentes del Gobierno Regional Cusco, quienes han emitido su pronunciamiento favorable para que previa aprobación por parte del Consejo Regional y la firma del Convenio respectivo, SE PROCEDA CON LA TRANSFERENCIA DE RECURSOS a favor de la Municipalidad Distrital de Huayllabamba, por el importe de S/ 675,813.05 (seiscientos setenta y cinco mil ochocientos trece con 05/100 soles), para la ejecución de la IOARR con CUI 2548350; trámite que es procedente por estar enmarcada en las normas acotadas.
Que, estando al Informe Nº 901 -GR CUSCO/ORAJ, de fecha 20 de setiembre, suscrito por la Directora Regional de la Oficina de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional del Cusco, quien concluye y se pronuncia por la PROCEDENCIA de la suscripción de Convenio que nos ocupa.
Que, mediante Oficio Nº 388 GR CUSCO/GR, de fecha 21 de setiembre del año en curso, suscrito por el Gobernador Regional del Gobierno Regional del Cusco, propone al Consejo Regional la aprobación del Acuerdo Regional que le autorice, la suscripción del “Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el Gobierno Regional del Cusco y Municipalidad Distrital de Huayllabamba” para la transferencia presupuestal para la ejecución de la IOARR “ADQUISICION DE CAMION COMPACTADOR; EN EL(LA) SERVICIO DE LIMPIEZA PÚBLICA - DISTRITO DE HUAYLLABAMBA, PROVINCIA URUBAMBA, DEPARTAMENTO CUSCO” con CUI 2548350, con un presupuesto de S/ 675,813.05 (seiscientos setenta y cinco mil ochocientos trece con 05/100 soles);
Que, con Informe Nº 040-2022-GRCUSCO-CRC-SCR-A/COPPATA de fecha 22 de setiembre de 2022, los Asesores de la Comisión Ordinaria de Planificación, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Administración, concluyen que, corresponde la aprobación de la propuesta de Acuerdo de Consejo Regional por la que se autoriza la Transferencia de Recursos Financieros a la Municipalidad Distrital de Huayllabamba; asimismo, recomiendan que se incorporen otros articulados a la propuesta de Acuerdo de Consejo Regional;
Que, mediante Oficio Nº 143-2022-GRC-CRC/COPPATA de fecha 26/09/2022, la Presidenta de la Comisión Ordinaria de Planificación, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Administración del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco ING. AGRON. JHEIDI HANCCO MAHUANTIARI, remite ante la Presidencia del Consejo Regional la Moción de Orden del Día, que contiene el Dictamen Nº 031-2022-GR CUSCO-CRC-COPPATA que aprueba por unanimidad el proyecto de acuerdo de consejo regional propuesto por el Gobernador Regional de Cusco, que propone entre otros aspectos: “Autorizar, al Gobernador Regional del Cusco la transferencia financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Huayllabamba, hasta por el importe total de S/ 675,813.05 (seiscientos setenta y cinco mil ochocientos trece con 05/100 soles), para la ejecución de IOARR “ADQUISICION DE CAMION COMPACTADOR; EN EL(LA) SERVICIO DE LIMPIEZA PÚBLICA - DISTRITO DE HUAYLLABAMBA, PROVINCIA URUBAMBA, DEPARTAMENTO CUSCO” con CUI 2548350”; a tal efecto, dicha Moción de Orden del Día ha sido admitida como parte de la agenda programada en la Vigésima Novena Sesión Extraordinaria, y en su oportunidad expuesta y sustentada, sometida a evaluación, debate y votación por parte del Pleno del Consejo Regional.
Por lo expuesto, el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 27867, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, la Ordenanza Regional Nº 119-2016-CR/GRC CUSCO; en conformidad con el Dictamen Nº 031-2022-GR CUSCO-CRC-COPPATA de la Comisión Ordinaria de Planificación, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Administración, sustentada en las normas precedentemente enunciadas, con la dispensa del trámite de lectura de acta y aprobación de acta, y por unanimidad de votos de los Consejeros Regionales presentes, se:
ACUERDA:
Artículo Primero.- AUTORIZAR, al Gobernador Regional del Cusco la transferencia financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Huayllabamba, hasta por el importe total de S/ 675,813.05 (seiscientos setenta y cinco mil ochocientos trece con 05/100 soles), para la ejecución de IOARR “ADQUISICION DE CAMION COMPACTADOR; EN EL (LA) SERVICIO DE LIMPIEZA PÚBLICA - DISTRITO DE HUAYLLABAMBA, PROVINCIA URUBAMBA, DEPARTAMENTO CUSCO” con CUI 2548350.
Artículo Segundo.- AUTORIZAR, al Ejecutivo del Gobierno Regional de Cusco, la Transferencia Financiera de Recursos Públicos del Gobierno Regional de Cusco a la Municipalidad Distrital de Huayllabamba para la Ejecución del Proyecto de Inversión Priorizados en el Marco del Tinkuy Regional Multianual.
Artículo Tercero.- DISPONER, al Ejecutivo del Gobierno Regional de Cusco, canalice los procedimientos orientados a la suscripción de los convenios de manera previa a la transferencia de presupuesto dentro del marco normativo qué los regulen, bajo responsabilidad.
Artículo Cuarto.- El presente Acuerdo de Consejo Regional se aprueba bajo responsabilidad del Proponente sobre la base del expediente de transferencia precisado precedentemente.
Artículo Quinto.- DISPONER, al Ejecutivo del Gobierno Regional de Cusco para que remita el Expediente de Transferencia de Recursos Financieros a la Contraloría General de la República y al Órgano de Control Institucional del Gobierno Regional de Cusco para que realice el control simultáneo y posterior correspondiente.
Artículo Sexto.- PRECISAR, que en virtud del Principio de Buena Fe y Presunción de Veracidad, este Consejo Regional debe asumir que los estamentos de esta Entidad Pública le proporcionan información que se ajusta a la realidad y que es correcta, debiendo proceder conforme a ella. Sin embargo, se prescribe que dicha información, es de naturaleza iuris tantum por tratarse de una presunción que admite prueba en contrario y, por tanto, podrá ser objeto de fiscalización posterior.
Artículo Sétimo.- DISPONER, la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, para su implementación.
Artículo Octavo.- El presente Acuerdo Regional, entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano conforme a Ley.
Dado en la ciudad de Cusco, a los veintiséis días del mes de setiembre del año dos mil veintidós.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
GERARDO ARENAS MONGE
Presidente Consejo Regional Período 2022
2109873-1