Aprueban el “Manual de Diseño Urbano Inclusivo para Lima Metropolitana”
DECRETO DE ALCALDÍA
N° 15-2022
Lima, 13 de setiembre de 2022
EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA
VISTO:
El Memorando N° D000427-2022-MML-GDU de la Gerencia de Desarrollo Urbano, el Memorando N° D000365-2022-MML-GP de la Gerencia de Planificación y el Informe Nº D000572-2022-MML-GAJ de la Gerencia de Asuntos Jurídicos de la Municipalidad Metropolitana de Lima, y;
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú establece que las municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; concordante con lo previsto en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante Ley N° 27972), siendo que la autonomía de los gobiernos locales en los asuntos de su competencia es con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el Artículo IV del Título Preliminar de la Ley N° 27972, señala que la finalidad de los gobiernos locales es representar al vecindario, promover la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción;
Que, la Décima Disposición Complementaria de la Ley N° 27972, señala que las funciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima en materia regional, se determinan en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y, por su parte, el Artículo 33 de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, señala el ámbito de la provincia de Lima, las competencias y funciones reconocidas al gobierno regional, las cuales son transferidas a la Municipalidad Metropolitana de Lima, con arreglo a lo previsto en dicha Ley. Asimismo, toda mención contenida en la legislación nacional que haga referencia a los gobiernos regionales, se entiende también hecha a dicha municipalidad, en lo que resulte aplicable;
Que, en el acápite 3.3 numeral 3 del Artículo 84 de la Ley N° 27972, dentro del marco de sus competencias y funciones, las municipalidades, en materia de programas sociales, de defensa y promoción de derechos, ejercen la siguiente función, entre otras: promover la igualdad de oportunidades con criterio de equidad;
Que, el Artículo 1 de la Ley N° 28983, Ley de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres, señala que la referida ley tiene por objeto establecer el marco normativo, institucional y de políticas públicas en los ámbitos nacional, regional y local, para garantizar a mujeres y hombres el ejercicio de sus derechos a la igualdad, dignidad, libre desarrollo, bienestar y autonomía, impidiendo la discriminación en todas las esferas de su vida, pública y privada, propendiendo a la plena igualdad. Asimismo, el Artículo 6 de la Ley N° 28983, establece los lineamientos del Poder Ejecutivo, gobiernos regionales y gobiernos locales, quienes adoptan políticas, planes y programas, integrando los principios de la citada Ley;
Que, los numerales 1) y 14) del Artículo 83 del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima, señalan entre las funciones de la Gerencia de Desarrollo Urbano, las de proponer, las políticas y estrategias para la organización del espacio físico y uso del suelo en la provincia Lima; y la de formular, proponer e implementar decretos y otras normas de aplicación institucional metropolitana, de acuerdo con sus competencias;
Que, mediante el Informe N° 039-04-2022-EVG/AGC de fecha 12 de abril de 2022, se señala que el proyecto de “Manual de Diseño Urbano Inclusivo para Lima Metropolitana”, tiene como objetivo principal contribuir al desarrollo de una ciudad inclusiva para los infantes, las niñas y niños, las y los adolescentes, las personas adultas mayores y, en general, para toda la ciudadanía con o sin discapacidad, facilitándoles el uso del espacio público y la infraestructura, de forma que la ciudad sea segura, flexible, activa, accesible y sostenible para todas y todos; estableciendo criterios y recomendaciones de diseño relacionados a la población atendida que incluya a todas las personas; proponiendo “Principios de Diseño Urbano” basados en la equidad de género, la primera infancia, la niñez y la adolescencia, así como la accesibilidad universal y el adulto mayor, a fin de atender a toda la población de Lima Metropolitana. Por tal motivo y contando con las opiniones favorables de los órganos pertenecientes a la Municipalidad Metropolitana de Lima y de entidades externas afines a la materia, opina a fin de que se prosiga con el trámite correspondiente para su aprobación, a través de Decreto de Alcaldía;
Que, mediante Memorando N° D000427-2022-MML-GDU de fecha 20 de abril de 2022, la Gerencia de Desarrollo Urbano remite el Informe N° D000075-2022-MML-GDU-AL de fecha 20 de abril de 2022, de la Asesoría Legal de la Gerencia de Desarrollo Urbano; por el cual señala que revisado el referido Manual, se tiene que se encuentra dentro de las atribuciones conferidas a la Municipalidad Metropolitana de Lima por la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica de Municipalidades, y demás normativa aplicable; además de orientar, en el proceso de diseño del espacio urbano, a los especialistas involucrados en el planteamiento, desarrollo y ejecución de los proyectos, a fin de orientarlos a que el espacio público y la infraestructura urbana, sea seguro, flexible, activo, accesible y sostenible para todas y todos, correspondiendo su aprobación a través de un Decreto de Alcaldía en atención a lo dispuesto por el Artículo 42 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
Que, a través del Memorando N° D000365-2022-MML-GP de fecha 13 de mayo de 2022, la Gerencia de Planificación remite el Informe N° D000111-2022-MML-GP-SOM de fecha 06 de mayo de 2022, de la Subgerencia de Organización y Modernización, el cual concluye que la Gerencia de Desarrollo Urbano, como miembro de la Comisión para la Igualdad de Género de la Municipalidad Metropolitana de Lima, considera necesario la creación de un instrumento mediante el cual se guíe el camino hacia la construcción de una ciudad que permita la igualdad en el uso del espacio público, por lo cual elaboró el proyecto “Manual de Diseño Urbano Inclusivo para Lima Metropolitana”, el cual promoverá la normalización de criterios de diseño de infraestructura urbana. Además, que la Gerencia de Desarrollo Urbano tiene como parte de sus funciones proponer políticas y estrategias para la organización del espacio físico y uso del suelo en la provincia Lima, así como formular y proponer normativas concernientes al desarrollo urbano dentro del marco de los dispositivos legales aplicables. En ese sentido, la Gerencia de Desarrollo Urbano es el órgano funcionalmente competente para promover la aprobación del proyecto de “Manual de Diseño Urbano Inclusivo para Lima Metropolitana”;
Que, el Proyecto de “Manual de Diseño Urbano Inclusivo para Lima Metropolitana”, tiene como objetivo principal contribuir al desarrollo de una ciudad inclusiva para los infantes, las niñas y niños, las y los adolescentes, las personas adultas mayores y, en general, para toda la ciudadanía con o sin discapacidad, facilitándoles el uso del espacio público y la infraestructura urbana, de forma que la ciudad sea segura, flexible, activa, accesible y sostenible para todas y todos; estableciendo criterios y recomendaciones de diseño relacionados a la población atendida que incluya a todas las personas;
Que, la Gerencia de Asuntos Jurídicos, a través del Informe Nº D000572-2022-MML-GAJ de fecha 10 de junio de 2022, concluye que la Municipalidad Metropolitana de Lima tiene competencia en materia de programas sociales, de defensa y promoción de derechos, la función de promover la igualdad de oportunidades con criterio de equidad. Por ende, resulta conforme a la normativa vigente aprobar, mediante Decreto de Alcaldía, el Manual de Diseño Urbano Inclusivo para Lima Metropolitana, de conformidad con lo sustentado por la Gerencia de Desarrollo Urbano, además de la opinión favorable de la Subgerencia de Organización y Modernización de la Gerencia de Planificación;
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto por el numeral 6 del Artículo 20 y el Artículo 42 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
DECRETA:
Artículo 1. Aprobar el “Manual de Diseño Urbano Inclusivo para Lima Metropolitana”, que en Anexo adjunto forma parte del presente Decreto de Alcaldía.
Artículo 2. Encargar a la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima, las acciones que correspondan con el objeto de lograr la difusión del “Manual de Diseño Urbano Inclusivo para Lima Metropolitana”.
Artículo 3. Encargar a la Secretaría General del Concejo, la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano y a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación, su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe), junto con el Anexo, el mismo día de su publicación en el referido Diario Oficial.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
MIGUEL EUGENIO ROMERO SOTELO
Alcalde
2106753-3