Aprueban el Reglamento de la Ley
N° 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, y del Decreto Legislativo N° 1534, Decreto Legislativo que modifica la Ley N° 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, y dispone medidas para promover la inversión bajo el mecanismo de Obras por Impuestos
DECRETO SUPREMO
N° 210-2022-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1534, Decreto Legislativo que modifica la Ley N° 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, y dispone medidas para promover la inversión bajo el mecanismo de obras por impuestos, se aprobó la modificación de los artículos 2, 2-B, 8, 12 y 13, así como la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29230, a fin de asegurar y promover su utilización en todos los niveles de gobierno, con especial énfasis en gobiernos regionales y locales, ampliando sus fuentes de financiamiento y alcances para incluir a las Inversiones de Optimización, de Ampliación Marginal, de Rehabilitación y de Reposición (IOARR), las IOARR de Estado de Emergencia Nacional, así como las actividades de operación y mantenimiento;
Que, la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1534 dispone que el Reglamento se aprueba mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas;
Que, con el fin de implementar el nuevo marco normativo aprobado mediante el Decreto Legislativo N° 1534, resulta necesario aprobar las disposiciones reglamentarias para la aplicación adecuada de dicho Decreto Legislativo por parte de los distintos niveles de gobierno;
De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, en el inciso 3 del artículo 11 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y en la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1534;
DECRETA:
Artículo 1.- Aprobación del Reglamento
Apruébase el Reglamento de la Ley N° 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado y del Decreto Legislativo N° 1534, Decreto Legislativo que modifica la Ley N° 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, y dispone medidas para promover la inversión bajo el mecanismo de Obras por Impuestos; el cual consta de cinco (5) títulos, ciento veintinueve (129) artículos, trece (13) disposiciones complementarias finales y tres (3) disposiciones complementarias transitorias, y que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto Supremo.
Artículo 2.- Vigencia
2.1. El presente Decreto Supremo entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, en todos aquellos aspectos que no contravengan los Convenios de Inversión o los contratos suscritos bajo el mecanismo de Obras por Impuestos.
2.2. La entrada en vigencia del presente Decreto Supremo no implica retrotraer los procesos o procedimientos en trámite, los que se adecúan al presente Reglamento en la fase en el que se encuentren.
Artículo 3.- Publicación
Dispóngase la publicación del presente Decreto Supremo en el Diario Oficial El Peruano y de su Anexo en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), el mismo día de la publicación de la presente norma en el Diario Oficial.
Artículo 4.- Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA
DEROGATORIA
Única. Derogación
Derógase el Decreto Supremo N° 036-2017-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, y del artículo 17 de la Ley N° 30264, Ley que establece medidas para promover el crecimiento económico; y sus modificatorias.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los trece días del mes de setiembre del año dos mil veintidós.
JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES
Presidente de la República
KURT BURNEO FARFÁN
Ministro de Economía y Finanzas
2105251-2