Aprueban el Manual de Clasificador de Cargos del INDECOPI

RESOLUCIÓN Nº 000143-2022-GEG/INDECOPI

San Borja, 12 de septiembre de 2022

VISTOS:

El Informe Nº 000340-2022-ORH/INDECOPI, el Informe Nº 000131-2022-OPM/INDECOPI, el Memorándum Nº 002069-2022-ORH/INDECOPI, el Memorándum Nº 002089-2022-ORH/INDECOPI y el Informe Nº 000509-2022-OAJ/INDECOPI;

CONSIDERANDO:

Que, el Manual de Clasificador de Cargos es un documento de gestión institucional en el que se describen de manera ordenada todos los cargos de la entidad, estableciendo su denominación, clasificación, funciones y requisitos mínimos para el ejercicio de las funciones y cumplimiento de objetivos de la entidad;

Que, con Resolución Nº 000124-2021-GEG/INDECOPI, del 15 de junio de 2021, la Gerencia General del INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL – INDECOPI, aprueba el Clasificador de Cargos de la Institución;

Que, el 16 de noviembre de 2021, se publicó en el Diario Oficial “El Peruano” la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 0150-2021-SERVIR/PE, que aprueba la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”;

Que, el 15 de febrero de 2022, se publica en el Diario Oficial “El Peruano” la Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, Ley Nº 31419;

Que, el 18 de mayo de 2022 se publicó en el Diario Oficial “El Peruano” el Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 31419;

Que, el numeral 5.2.3 de la Directiva previamente referida establece que, la Oficina de Recursos Humanos o la que haga sus veces, elabora la propuesta de creación y/o modificación del Manual de Clasificador de Cargos, así como emite el informe técnico respectivo;

Que, el numeral 5.2.4 de la misma normativa señala que, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, o la que haga sus veces, emite opinión en lo referido al alineamiento de cargos con los órganos y las unidades orgánicas del Reglamento de Organización y Funciones;

Que, el literal 5.2.2 de la Directiva establece que, el Titular de la Entidad deviene en la autoridad competente para la aprobar y/o modificar el Manual del Clasificador de Cargos;

Que, conforme al literal h) del numeral 5.1 de la Directiva, el Titular de la Entidad se constituye en la máxima autoridad administrativa a efectos del Sistema Administrativa de Gestión de Recursos Humanos;

Que, el literal j) del artículo IV del Título Preliminar del Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por el Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, señala que, a efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, el Titular de la Entidad es la máxima autoridad administrativa de la misma;

Que, mediante Informe Nº 000340-2022-ORH/INDECOPI, complementado posteriormente con el Memorándum Nº 002089-2022-ORH/INDECOPI, la Oficina de Recursos Humanos concluye que, de conformidad a Ley Nº 31419 y su Reglamento, corresponde aprobar un nuevo Clasificador de Cargos, remitiendo para tal efecto, la propuesta del nuevo documento de gestión a la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización para su opinión;

Que, con Informe Nº 000131-2022-OPM/INDECOPI, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización concluye que, en la medida que la nueva propuesta no implica la creación de nuevos órganos o unidades orgánicas adicionales a la estructura orgánica vigente del Indecopi, no encuentra observaciones a la misma;

Que, en atención a lo expuesto y las opiniones emitidas por la Oficina de Recursos Humanos y la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, la Oficina de Asesoría Jurídica, mediante Informe Nº 000131-2022-OAJ/INDECOPI, señala que conforme a lo estipulado en el artículo 49 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1033 y sus modificatorias, la Gerencia General, en su condición de máxima autoridad administrativa de la Institución, deviene en el órgano facultado para aprobar el Manual de Clasificador de Cargos de la Entidad;

Con el visto bueno de la Oficina de Recursos Humanos, de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la Oficina de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el literal h) del numeral 5.1 y el numeral 5.2.2 de la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH; con el literal j) del artículo IV del Título Preliminar del Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil; y, con el artículo 49 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Dejar sin efecto el Clasificador de Cargos del INDECOPI, aprobado por Resolución Nº 000124-2021-GEG/INDECOPI, con eficacia a partir de la entrada en vigencia del Manual de Clasificador de Cargos, al que se hace referencia en el Artículo 2 de la presente resolución.

Artículo 2.- Aprobar el Manual de Clasificador de Cargos del INDECOPI, conforme al anexo que forma parte integrante de la presente Resolución, con eficacia a la fecha de publicación de esta Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.

Artículo 3.- Encargar a la Oficina de Recursos Humanos la coordinación con las áreas pertinentes para la difusión del documento de gestión institucional.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal de Transparencia Estándar del Estado Peruano, en el Portal Institucional y en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JULIO UBILLUS SORIANO

Gerente General (e)

2105013-1