Aprueban el Calendario Regional de Caza Deportiva de especies de fauna silvestre No Amenazada, para el ámbito territorial de competencia de la Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre Moquegua Tacna fuera de las Áreas Naturales Protegidas por el Estado

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA

Nº D000101-2022-MIDAGRI-SERFOR-ATFFS-MOQUEGUA TACNA

Tacna, 9 de agosto de 2022

VISTO:

El INFORME TÉCNICO Nº D000391-2021-MIDAGRI-SERFOR-DGGSPFFS-DGSPFFS de fecha 7 de junio de 2022; el informe técnico INFTEC N° D000060-2022-MIDAGRI-SERFOR-ATFFS-MOQUEGUA TACNA-JMF, de fecha 11 de julio de 2022, INFOME TECNICO LEGAL Nº D000076-2022-MIDAGRI-SERFOR-ATFFS MOQUEGUA TACNA/DCR de fecha 19 de julio de
2022;

CONSIDERANDO:

Que, por Ley Nº 29763 Ley Forestal y de Fauna Silvestre se crea el Sistema Nacional de Gestión Forestal y de Fauna Silvestre (SINAFOR); asimismo, se crea el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR) como autoridad nacional forestal y de fauna silvestre y ente rector del sistema; por Decreto Supremo Nº 016-2014-MINAGRI se modifica el Decreto Supremo Nº 007-2013-MINAGRI que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, cuya PRIMERA DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA establece que las Administraciones Técnicas Forestales y de Fauna Silvestre se incorporan al SERFOR como órganos desconcentrados de actuación local, estableciendo entre otras funciones las de actuar en primera instancia en la gestión y administración de los recursos forestales y de fauna silvestre, dentro del ámbito territorial de su competencia;

Que, la Tercera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento para la Gestión de Fauna Silvestre aprobado por Decreto Supremo N° 019-2015-MINAGRI, establece que en los casos donde no se haya realizado la transferencia de competencias sectoriales en materia forestal y de fauna silvestre, el SERFOR ejerce las funciones de Autoridad Regional Forestal y de Fauna Silvestre - ARFFS a través de las Administraciones Técnicas Forestales y de Fauna Silvestre en tanto se concluye con el proceso de transferencia;

Que, el Artículo 104º de la Ley dispone que la ARFFS elabora y aprueba los calendarios regionales de caza deportiva, considerando las unidades de gestión forestal y de fauna silvestre (UGFFS) dentro de su jurisdicción, de acuerdo a la especie, distribución, abundancia e interés cinegético, fijando las temporadas de caza y las cuotas de extracción totales y por autorización;

Que, el Artículo 88º del Reglamento, establece que los calendarios se elaboran y se aplican con un enfoque de manejo adaptativo y señalan, para cada UGFFS existente dentro del ámbito de la ARFFS, las especies de fauna silvestre permitidas de extraer por sexo y categoría por edad, según corresponda, por el ámbito total y/o por cazador, por temporada o por día y salida, según corresponda; las temporadas de caza por especie; la cuota o número de especímenes permitidos, de acuerdo a la biología de la especie, y el monto del pago por derecho de aprovechamiento o costo de las autorizaciones;

Que, el Artículo 90º de Reglamento, dispone que para la caza deportiva solo deben emplearse las armas autorizadas en el calendario regional de caza deportiva, según los lineamientos técnicos aprobados por el SERFOR, siendo posible, el empleo de armas de fuego, en los tipos, calibres y características establecidas en la normatividad correspondiente, así como de armas neumáticas, arcos y ballestas;

Que, estando a lo opinado en el informe técnico legal INFTECLE Nº D000076-2022-MIDAGRI-SERFOR-ATFFS MOQUEGUA TACNA-DCR, el INFORME TECNICO N° D000060-2022-MIDAGRI-SERFOR-ATFFS-MOQUEGUA TACNA-JMF, con opinión favorable de la Dirección de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre mediante INFORME TÉCNICO Nº D000421-2022-MIDAGRI-SERFOR-DGGSPFFS-DGSPFFS, es procedente la aprobación del Calendario Regional de Caza Deportiva de especies de fauna silvestre No Amenazada, fuera de las Áreas Naturales Protegidas por el Estado, para el ámbito territorial de la Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre Moquegua Tacna por un plazo de dos (2) años calendario, contados a partir de la publicación de la presente resolución;

De conformidad con la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre; el Reglamento para la Gestión de Fauna Silvestre aprobado por Decreto Supremo N° 019-2015-MINAGRI;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- APROBAR el Calendario Regional de Caza Deportiva de especies de fauna silvestre No Amenazada, para el ámbito territorial de competencia de la Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre Moquegua Tacna fuera de las Áreas Naturales Protegidas por el Estado, que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución, cuya vigencia es de dos (2) años calendario, contados a partir del día siguiente de su publicación;

Artículo 2º.- Para realizar la práctica de caza deportiva, en virtud al calendario aprobado, se debe contar con la respectiva licencia y la autorización para la caza deportiva;

Artículo 3º.- El Artículo 2 de la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 073-2018-MINAGRI-SERFOR/DE aprueba el Listado de armas permitidas para la práctica de la caza deportiva, en Anexo establece los tipos de armas permitidas para la caza deportiva, así como sus calibres mínimos y características;

Artículo 4º.- La práctica de la caza deportiva debe efectuarse conforme a la normativa de la materia;

Artículo 5º.- Disponer la publicación de la presente resolución y sus anexos en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional del SERFOR;

Registrese y comuniquese.

Richard Sabino Lazo Ramos

Administrador Técnico

ATFFS Moquegua Tacna

Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre -

SERFOR

Anexo. Calendario Regional de Caza Deportiva de Especies no Amenazadas Año 2022-2024

fuera de Áreas Naturales Protegidas

Clase

Orden

Familia

Nombre Científico

Nombre Común

Época de caza

Ámbito

(ATFFS)

Cantidad Maxima de ejemplares

Cuota máxima/ por ámbito

Cuota máxima/ cazador/autorización

Pago por derecho de aprovechamiento por ejemplar (S/.)

Categoría de autorización

Español

Inglés

Tinamiformes

Tinamidae

Nothoprocta ornata

Perdiz Cordillerana

Ornate Tinamou

01 Sep-30 Nov

Prov. Tacna

120

26

7

S/. 16.50

1

Prov. Tarata

32

Prov. Candarave

17

Prov. Jorge Basadre

8

Prov. Mariscal Nieto

37

Anseriforme

Anatidae

Anas bahamensis

Pato gargantillo

White Cheecked Pintail

1 Jul - 30 Nov

Prov. Tacna

80

16

5

12.38

1

Prov. Tarata

16

Prov. Candarave

16

Prov. Jorge Basadre

16

Prov. Mariscal Nieto

16

Anseriforme

Anatidae

Spatula cyanoptera

Pato acanelado

Cinammon teal

1 Jun - 30 Sep

Prov. Tacna

80

16

5

12.38

1

Prov. Tarata

16

Prov. Candarave

16

Prov. Jorge Basadre

16

Prov. Mariscal Nieto

16

Anseriforme

Anatidae

Anas flavirostris

Pato sutro

Speckled teal

1 Jun - 30 Sep

Prov. Tacna

400

51

10

S/. 12.38

1

Prov. Tarata

61

Prov. Jorge Basadre

69

Prov. Candarave

14

AVES*

Prov. Mariscal Nieto

205

Anseriforme

Anatidae

Spatula puna

Pato puna

Silver teal

1 Jun - 30 Sep

Prov. Tacna

100

16

5

S/. 12.38

1

Prov. Tarata

15

Prov. Candarave

18

Prov. Mariscal Nieto

51

Columbiformes

Columbidae

Zenaida meloda

Cuculí

Pacific dove

01 Abr - 31 Oct

Prov. Tacna

2400

604

70

S/. 3.30

1

Prov. Tarata

533

Prov. Jorge Basadre

371

Prov. Candarave

185

Prov. Ilo

6

Prov. Mariscal Nieto

701

Columbiformes

Columbidae

Patagioenas maculosa

Paloma ceniza

Spot winged pigeon

1 Mar-31 Ago

Prov. Tacna

100

20

5

S/. 2.48

1

Prov. Tarata

20

Prov. Jorge Basadre

20

Prov. Candarave

20

Prov. Mariscal Nieto

20

Columbiformes

Columbidae

Zenaida auriculata

Madrugadora

Eared dove

1 Mar - 30 Sep

Prov. Tacna

1500

385

40

S/. 3.30

1

Prov. Tarata

212

Prov. Candarave

251

Prov. Jorge Basadre

121

Prov. Mariscal Nieto

531

MAMÍFE-

ROS *

Rodentia

Chinchillidae

Lagidium peruanum

Vizcacha

Vizcacha

1 Mar - 30 Sep

Prov. Tacna

300

38

5

S/. 16.50

1

Prov. Tarata

45

Prov. Jorge Basadre

35

Prov. Candarave

3

Prov. Mariscal Nieto

179

Lagomorpha

Leporidae

Lepus europaeus

Liebre europea

European hare

Todo el año

Moquegua-Tacna

 

Sin Limite

Sin limite

S/. 0.00

1

* Esta permitida la caza de ejemplares adultos

** Se encuentran excluidas de la actividad de caza deportiva: el área de Conservación Regional Vilacota Maure, el Área de Conservación Ambiental Lomas de Tacahuay, Humedales de Ite, playa Vila Vila e islas y puntas guaneras.

2104226-1