Ordenanza que aprueba el Plan de Manejo de Residuos Sólidos del distrito de San Juan de Miraflores
ORDENANZA Nº 472/MSJM
San Juan de Miraflores, 31 de agosto del 2022
VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, el Dictamen N° 001-2022-CSC/MDSJM de la Comisión de Servicios a la Ciudad, que aprueba el Plan de Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de San Juan de Miraflores Período 2020-2024, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por el artículo único de la Ley Nº 30305, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972; en tal virtud, están facultadas para aprobar su organización interna, su presupuesto, organizar y administrar los servicios públicos locales de su responsabilidad y planificar el desarrollo de su jurisdicción entre otros aspectos;
Que, la autonomía consagrada en la Constitución Política del Perú, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos, de administración y normativos con sujeción al ordenamiento jurídico; es decir, que siendo un nivel de gobierno nacional, está obligado a observar y cumplir de manera obligatoria las disposiciones que regulan las actividades y funcionamiento del Sector Público y en especial a aquellas referidas a los sistemas administrativos, ello conforme a lo establecido en el artículo VII del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972 y entre los cuales se encuentran los de Presupuesto y Modernización del Estado, conforme a lo establecido en los numerales 3) y 11) del artículo 46° de la Ley Nº 29158;
Que, conforme al artículo 40° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, son normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa;
Que, a fin de contribuir con la calidad de vida en la mejora del medio ambiente, garantizando una efectiva cobertura y calidad del servicio de limpieza pública, así como su sostenibilidad a través de un manejo integral de los residuos sólidos, sobre la base de una planificación participativa de conciencia ambiental y tributaria del distrito de San Juan de Miraflores;
Que, el artículo 80° de la Ley Nº 27972, señala que, en materia de saneamiento, salubridad y salud, es función específica exclusiva de las municipalidades distritales el proveer el servicio de limpieza pública, determinando las áreas de acumulación de desechos, rellenos sanitarios, y el reaprovechamiento industrial de desperdicios;
Que, en el artículo 1° de la Ley General de Gestión Integral de Residuos Sólidos, aprobado mediante el Decreto Legislativo Nº 1278, se señala que, dicha norma establece derechos, obligaciones, atribuciones y responsabilidades de la sociedad en su conjunto, con la finalidad de propender hacia la maximización constante de la eficiencia en el uso de los materiales y asegurar una gestión y manejo de los residuos sólidos económica, sanitaria y ambientalmente adecuada, con sujeción a las obligaciones, principios;
Que en el artículo 2° de la norma antes mencionada se señala que, la gestión integral de los residuos sólidos en el país tiene como primera finalidad la prevención o minimización de la generación de residuos sólidos en origen, frente a cualquier otra alternativa. En segundo lugar, respecto de los residuos generados, se prefiere la recuperación y la valorización material y energética de los residuos, entre las cuales se cuenta la reutilización, reciclaje, compostaje, coprocesamiento, entre otras alternativas siempre que se garantice la protección de la salud y del medio ambiente;
Que, el artículo 22° de la norma antes mencionada, señala que, las municipalidades provinciales, en lo que concierne a los distritos del Cercado, y las municipalidades distritales son responsables por la gestión de los residuos sólidos de origen domiciliario, especiales y similares, en el ámbito de su jurisdicción;
Que, mediante Resolución de Alcaldía N° 053-2020-MDSJM de fecha 25 de febrero de 2020, se conforma el Equipo Técnico Municipal (en adelante ETM) de acuerdo a lo establecido en la Guía para la elaboración del Plan Distrital de Manejo de Residuos Sólidos a fin de conducir el proceso de diagnóstico, formulación, implementación, seguimiento y monitoreo del mencionado plan con las unidades orgánicas correspondientes de la Municipalidad de San Juan de Miraflores.
Que, mediante ACTA DE REUNIÓN N° 01 DEL ETM de fecha 04 de marzo de 2020, se elabora el Plan de Trabajo del mencionado plan y posterior a ello se realiza una reunión virtual con los representantes de la CAM elevando el Acta de Reunión de Sesión Extraordinaria de fecha 05 de marzo de 2020, para su evaluación y aprobación, asimismo desarrollando un taller participativo en donde se elaboró el árbol de problemas correspondiente para el proceso de planificación para la formulación del plan de manejo.
Que, mediante ACTA DE REUNIÓN N° 02 DEL ETM de fecha 12 de mayo de 2020, se designan las funciones a cada área involucrada para la recolección de información sobre la elaboración del Plan Manejo de Residuos Sólidos del distrito.
Que, mediante el MEMORANDUM N° 077-2020-GGA/MDSJM, MEMORANDUM N° 095-2020-GGA/MDSJM y MEMORANDUM N° 096-2020-GGA/MDSJM respectivamente, la Gerencia de Gestión Ambiental solicita a la Subgerencia de Limpieza pública y Gestión de Residuos Sólidos, la Subgerencia de Fiscalización y Sanciones Administrativas y la Subgerencia de Recursos Humanos de la Municipalidad de San Juan de Miraflores el llenado de información correspondiente del Plan de Manejo de Residuos Sólidos en el ámbito de su competencia.
Que, mediante INFORME N° 073-2020-SGLPyGRRSS-GGA-MDSJM de fecha 26 de mayo de 2020, la Subgerencia de Limpieza pública y Gestión de Residuos Sólidos de la Municipalidad de San Juan de Miraflores remite a la Gerencia de Gestión Ambiental la información solicitada para el llenado del proyecto de Plan de Manejo de Residuos Sólidos de acuerdo a sus competencias, además de anexar observaciones y recomendaciones para la versión final.
Que, mediante EL INFORME N° 073-2020-GGA/MDSJM y el INFORME N° 074-2020-GGA/MDSJM respectivamente, la Gerencia de Gestión Ambiental remite a las gerencias de Planeamiento y Presupuesto y Administración Tributaria, la solicitud de llenado de la información correspondiente en el ámbito de su competencia para culminar con la elaboración del plan siguiendo las recomendaciones de la Subgerencia de Limpieza pública y Gestión de Residuos Sólidos. Posterior a ello, las unidades orgánicas antes mencionadas remitieron a la Gerencia de Gestión Ambiental el llenado de la información correspondiente vía correo institucional.
Que, mediante OFICIO N° 075-2020-GGA/MDSJM de fecha 16 de octubre de 2020, la Gerencia de Gestión Ambiental remite el proyecto de Plan de Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de San Juan de Miraflores a la Subgerencia de Gestión Ambiental de la Municipalidad Metropolitana de Lima a fin de obtener la opinión fundamentada favorable de acuerdo a lo señalado en las consideraciones finales de la R.M Nº 100-2019-MINAM y literal e) del Artículo 23 del D.L Nº 1278.
Que, mediante el OFICIO N° D000029-2021-MML-GSCGA-SGA de fecha 12 de enero de 2021, la Subgerencia de Gestión Ambiental de la Municipalidad Metropolitana de Lima remite a la Gerencia de Gestión Ambiental las observaciones realizadas al proyecto de Plan de Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de San Juan de Miraflores, las cuales deben ser subsanadas para obtener la opinión fundamentada favorable.
Que, mediante ACTA DE REUNIÓN N° 03 DEL ETM de fecha 14 de enero 2021, la Gerencia de Gestión Ambiental designa como responsable del levantamiento de observaciones establecidas por la MML a la Subgerencia de Limpieza Pública y Gestión de RRSS de la Municipalidad distrital de San Juan de Miraflores en el ámbito de su competencia y posterior a ello se le remitió el MEMORÁNDUM N° 023-2021-GGA/MDSJM de fecha 18 de enero de 2021, para la formalización de la solicitud del levantamiento de información.
Que, mediante INFORME N° 045-2021-SGLPyGRSS de fecha 12 de febrero de 2021, la Subgerencia de Limpieza pública y Gestión de Residuos Sólidos remite a la Gerencia de Gestión Ambiental la subsanación de las observaciones dadas por la Municipalidad Metropolitana de Lima remitiendo el Proyecto de Plan de Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de San Juan de Miraflores.
Que, mediante OFICIO N° 009-2021-GGA/MDSJM de fecha 12 de febrero de 2021, la Gerencia de Gestión Ambiental remite a la Subgerencia de Gestión Ambiental de la Municipalidad Metropolitana de Lima el proyecto del Plan de Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de San Juan de Miraflores culminado con los anexos correspondientes para evaluación y aprobación.
Que, mediante OFICIO N° 016-2021-GGA/MDSJM de fecha 04 de marzo de 2021, la Gerencia de Gestión Ambiental al no obtener respuesta, solicita el estado situacional del Plan de Manejo a la Subgerencia de Gestión Ambiental de la Municipalidad Metropolitana de Lima.
Que, mediante OFICIO N° 021-2021-GGA/MDSJM de fecha 07 de abril de 2021, la Gerencia de Gestión Ambiental reitera la solicitud del estado situacional de la evaluación del Plan de Manejo para la consecución de su trámite, debido a que el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental en 2 oportunidades, mediante el OFICIO N° 00666-2020-OEFA/DSIS y el OFICIO N° 00160-2021-OEFA/DSIS, manifiesta que esta entidad no cuenta con el Plan Distrital de Manejo de Residuos Sólidos, es por ello que se les indica que si no se obtenía respuesta en un plazo no mayor a 15 días hábiles, se tomaría como aprobado el instrumento en mención ya que se requiere con suma urgencia.
Que, mediante OFICIO N° D000590-2021-MML-GSCGA-SGA de fecha 12 de abril de 2021, la Subgerencia de Gestión Ambiental de la Municipalidad Metropolitana de Lima comunica que la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores ha dado cumplimiento a la culminación de elaboración del Plan de Manejo de Residuos Sólidos y que éste se adecua a la guía metodológica, dando por aprobado dicho instrumento.
Que, en el literal b) del numeral 24.2 del artículo 24° de la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, se precisa que, las municipalidades distritales son responsables por la prestación de los servicios de recolección y transporte de los residuos sólidos municipales y de la limpieza de vías, espacios y monumentos públicos en su jurisdicción;
Que, es competencia de los órganos de planificación de las Municipalidades, en lo referente a la gestión de residuos sólidos, formular los Planes de Manejo de Residuos Sólidos a corto, mediano y largo plazo en concordancia con los Planes Integrales de Gestión Ambiental de Residuos Sólidos de Desarrollo Metropolitano;
Que, teniéndose los pronunciamientos favorables de la Subgerencia de Limpieza Pública y Gestión de Residuos Sólidos, de la Gerencia de Gestión Ambiental, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y de la Gerencia de Asesoría Jurídica; resultaría atendible la aprobación de la Ordenanza propuesta;
Que, en sesión de Comisión de Servicios a la Ciudad de la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores, de fecha 16 de agosto del 2022, después de la evaluación y aprobación del informe del proceso del plan de manejo de residuos sólidos, opinión por cada uno de los miembros y en atención a las consideraciones expuestas en el Dictamen N° 001-2022-CSC/MDSJM; los miembros de la comisión por Unanimidad acordaron recomendar: “Aprobar el Plan de Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de San Juan de Miraflores, período 2020-2024”.
Que, con carta N° 001-2022-PCSC/MDSJM la Presidenta de la Comisión de Servicios a la Ciudad remite a Secretaria General el Dictamen N° 001-2022-CSC/MDSJM que aprueba el Proyecto de Ordenanza, a fin de poner a consideración del Concejo Municipal la referida propuesta.
Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por los numerales 7) y 8) del artículo 9° y artículos 39° y 40° de la Ley 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Distrital, con el voto por UNANIMIDAD de los miembros presentes, y con dispensa del Trámite de Lectura y Aprobación del Acta, aprueba la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE
MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS DEL
DISTRITO DE SAN JUAN DE MIRAFLORES
Artículo Primero.- APROBAR el PLAN DE MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS DEL DISTRITO DE SAN JUAN DE MIRAFLORES PERÍODO 2020 - 2024, contenido en el Anexo 1, que forma parte integrante de la presente Ordenanza y cuyo texto íntegro será publicado en la página web de la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores www.munisjm.gob.pe.
Artículo Segundo.- FACÚLTESE al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicación de la presente Ordenanza, así como para efectuar las acciones de modificación que requiera el Plan de Manejo de Residuos Sólidos.
Artículo Tercero.- DERÓGUESE Y/O DÉJESE sin efecto todas las disposiciones normativas y/o administrativas que se opongan y/o contravengan a la presente Ordenanza.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Gestión Ambiental, a la Subgerencia de Limpieza Pública y Gestión de Residuos Sólidos y al Equipo Técnico Municipal, el cumplimiento de la presente Ordenanza.
Artículo Quinto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
DANIEL CASTRO SEGURA
Alcalde
2103084-1