Disponen la eliminación de diversos procedimientos, con fundamento en la efectivización de la transferencia de funciones en materia de turismo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo a la Municipalidad Metropolitana de Lima y actualizan el TUPA del MINCETUR

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 233-2022-MINCETUR

Lima, 6 de setiembre de 2022

VISTOS, los Informes N° 0063-2022-MINCETUR/VMT/DGPDT/DNCT-RLB y 0105-2022-MINCETUR/VMT/DGPDT/DNCT-RGC de la Dirección de Normatividad y Calidad Turística del Viceministerio de Turismo; el Informe N° 0057-2022-MINCETUR/SG/OGPPD/OR de la Oficina de Racionalización; y, el Informe N° 0014-2022-MINCETUR/SG/AJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 40.1 del artículo 40 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley, del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS (en adelante, TUO de la Ley N° 27444), determina que en el caso del Poder Ejecutivo, “Los procedimientos administrativos (…) deben establecerse en una disposición sustantiva aprobada mediante decreto supremo (…)”;

Que, en lo que respecta a la supresión de los procedimientos administrativos, el numeral 40.5 del artículo 40 del TUO de la Ley N° 27444 establece que “Las disposiciones concernientes a la eliminación de procedimientos (…) pueden aprobarse por Resolución Ministerial, (…), según se trate de entidades dependientes del Poder Ejecutivo, (…)”;

Que, en lo que concierne a las modificaciones al Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de las entidades del Poder Ejecutivo, el numeral 44.5 del artículo 44 del TUO de la Ley N° 27444 determina que “Una vez aprobado el TUPA, toda modificación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector (…)”;

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 006-2005-MINCETUR se aprobó el TUPA del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (en adelante, TUPA del MINCETUR), que compendia los procedimientos de iniciativa de parte requeridos por los administrados para satisfacer sus intereses o derechos, conforme lo previsto en el artículo 43 del TUO de la Ley Nº 27444;

Que, mediante informes de vistos, la Dirección de Normatividad y Calidad Turística del Viceministerio de Turismo sustenta técnica y legalmente la eliminación de los procedimientos administrativos siguientes:

(i) Procedimiento N° 14, “Presentación de la Declaración Jurada de inicio de actividades de Agencias de Viajes y Turismo, Establecimientos de Hospedaje” (modalidades “a” y “b”).

(ii) Procedimiento N° 17, “Expedición o Modificación del Certificado de Clasificación y/o Categorización de Hospedaje de 1 a 5 estrellas y Albergues”.

(iii) Procedimiento N° 19 “Renovación o Actualización del Certificado de Clasificación o categorización de establecimientos de hospedaje o Restaurantes de 1 a 5 tenedores y turísticos” (modalidad “b”).

(iv) Procedimiento N° 20, “Expedición de Certificado de categorización y/o recategorización de restaurantes de 1 a 5 tenedores y turísticos”;

Que, con informe de vistos, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera que la efectivización de la transferencia de funciones en materia de turismo a la Municipalidad Metropolitana de Lima, materializada con la publicación de la Ordenanza N° 2481-2022, sustenta legalmente la eliminación de los Procedimientos N° 20, 17 y 14 (modalidad “a”); por lo que corresponde su eliminación conforme a lo indicado en el citado numeral 40.5 del artículo 40 del TUO de la Ley N° 27444;

Que, asimismo, la Oficina General de Asesoría Jurídica señala que el Procedimiento N° 14 (modalidad “b”) y el Procedimiento 19 (modalidad “b”) han sido objeto de eliminación del ordenamiento vigente con anticipación a la emisión del presente acto resolutivo – ello, por disposición expresa de la Resolución Ministerial N° 117-2018-MINCETUR y del Decreto Supremo N° 009-2017-MINCETUR, respectivamente – razón por la cual solo queda disponer el retiro de los mencionados trámites respecto del TUPA del MINCETUR, en aplicación de lo previsto en el referido numeral 44.5 del artículo 44 del TUO de la Ley N° 27444;

De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR; y la Directiva N° 002-2006-MINCETUR/DM, Directiva para la formulación y aprobación de proyectos de normas legales en el MINCETUR, aprobada mediante Resolución Ministerial N° 074-2006-MINCETUR/DM;

SE RESUELVE

Artículo 1.- Disponer la eliminación de los procedimientos siguientes, con fundamento en la efectivización de la transferencia de funciones en materia de turismo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo a la Municipalidad Metropolitana de Lima, materializada con la publicación de la Ordenanza N° 2481-2022:

- Procedimiento N° 14, “Presentación de la Declaración Jurada de inicio de actividades de Agencias de Viajes y Turismo, Establecimientos de Hospedaje” Modalidades “a”: Presentación de la Declaración Jurada de Agencias y Turismo.

- Procedimiento N° 17, “Expedición o Modificación del Certificado de Clasificación y/o Categorización de Hospedaje de 1 a 5 estrellas y Albergues”.

- Procedimiento N° 20, “Expedición de Certificado de categorización y/o recategorización de restaurantes de 1 a 5 tenedores y turísticos”.

Artículo 2.- Actualizar el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 006-2005-MINCETUR, retirando los procedimientos administrativos que han sido objeto de eliminación del ordenamiento vigente, conforme al listado y sustento contenido en el documento Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 3.- Disponer que la presente Resolución Ministerial se publique en el Portal Web Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/mincetur), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ROBERTO SÁNCHEZ PALOMINO

Ministro de Comercio Exterior y Turismo

ANEXO

N° de orden en el TUPA

Procedimientos administrativos a retirar del TUPA del MINCETUR

Sustento

14

Presentación de la Declaración Jurada de Inicio de actividades de Agencias de Viaje y Turismo, Establecimientos de Hospedaje.

Modalidad “a”: Presentación de la Declaración Jurada de Agencias y Turismo.

Procedimiento eliminado por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial.

Modalidad “b”: Presentación de la Declaración Jurada de Establecimientos de Hospedaje.

Procedimiento eliminado por la Resolución Ministerial

N° 117-2018-MINCETUR.

17

Expedición o Modificación del Certificado de Clasificación y/o Categorización de Hospedaje de 1 a 5 estrellas y Albergues.

Procedimiento eliminado por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial.

19

Renovación o Actualización del Certificado de Clasificación o categorización de establecimientos de hospedaje o Restaurantes de 1 a 5 tenedores y turísticos.

Modalidad “b”: Renovación del Certificado de Categorización y/o Recategorización de Restaurantes de 1 a 5 tenedores y turísticos.

Procedimiento eliminado por el artículo 2 del Decreto Supremo

N° 009-2017-MINCETUR.

20

Expedición de Certificado de categorización y/o recategorización de restaurantes de 1 a 5 tenedores y turísticos.

Procedimiento eliminado por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial.

2102629-1