Designan fiscal en el Equipo Especial de Fiscales contra la corrupción del poder y nombran Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolo en el Equipo Especial de Fiscales contra la corrupción del poder

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN

N° 1876-2022-MP-FN

Lima, 3 de setiembre de 2022

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que, con oficios Nros. 137 y 144-2022-FSC-EFICCOP-MP-FN, cursados por la abogada Marita Sonia Barreto Rivera, Fiscal Superior Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, Coordinadora del Equipo Especial de Fiscales contra la corrupción del poder, se eleva las propuestas para cubrir dos plazas de Fiscal Adjunto Provincial, para el Equipo Especial en mención, las mismas que, a la fecha, se encuentran vacantes.

Que, en mérito a las atribuciones y funciones que establece la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica del Ministerio Público y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público con Enfoque de Gestión por Resultados, la Fiscal de la Nación tiene la facultad de nombrar fiscales provisionales de todos los niveles jerárquicos, a nivel nacional, con la finalidad de coadyuvar con la labor fiscal.

Que, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que la “suplencia o provisionalidad, como tal constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; lo antes mencionado tendría sustento en que la incorporación a la carrera fiscal de los fiscales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150° y 154° de la Constitución Política del Perú; por lo cual, se tiene que la provisionalidad de los fiscales es de naturaleza temporal, sujeta a la facultad discrecional que tiene la titular de la Institución.

Que, la Fiscal de la Nación como titular de la Institución es la responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, como parte de su política de gestión, y considerando que la vigencia de los nombramientos y designaciones de los magistrados provisionales no deben extenderse indefinidamente en el tiempo más aún si se tiene en cuenta que los nombramientos provisionales deben constituir una situación de excepción y no la regla; se hace oportuno, previa verificación de los requisitos de ley, nombrar y/o designar a los fiscales que ocupen provisionalmente los cargos mencionados en el primer párrafo, los mismos que tendrán vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el término del presente ejercicio fiscal, esto es el 31 de diciembre de 2022, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dichas plazas fiscales o se presente algún supuesto que amerite sus conclusiones de acuerdo con la normatividad vigente.

Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Edinson Henrry Villanueva Rojas, como Fiscal Provincial Provisional, y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas - Sede Huánuco, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nros. 229 y 1884-2021-MP-FN, de fechas 18 de febrero y 29 de diciembre de 2021, respectivamente.

Artículo Segundo.- Dar por concluido el nombramiento del abogado José Luis Quispe Changanaqui, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Sur, y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Chorrillos, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 491-2022-MP-FN, de fecha 29 de marzo de 2002.

Artículo Tercero.- Designar al abogado Edinson Henrry Villanueva Rojas, Fiscal Adjunto Provincial Titular Especializado en Tráfico Ilícito de Drogas (Competencia a Nivel Nacional), en el Equipo Especial de Fiscales contra la corrupción del poder.

Artículo Cuarto.- Nombrar al abogado José Luis Quispe Changanaqui, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolo en el Equipo Especial de Fiscales contra la corrupción del poder.

Artículo Quinto.- Disponer que la designación, así como el nombramiento y designación de manera temporal del personal fiscal señalado en los artículos tercero y cuarto, respectivamente, tengan vigencia a partir de la fecha de su toma de posesión y/o juramentación y hasta el 31 de diciembre de 2022, en mérito a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución y a lo dispuesto por Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N° 087-2021-MP-FN-JFS, de fecha 15 de diciembre de 2021, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dichas plazas fiscales o se presente algún supuesto que amerite sus conclusiones de acuerdo con la normatividad vigente.

Artículo Sexto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Huánuco, Lima Centro y Lima Sur, Coordinación del Equipo Especial de Fiscales contra la corrupción del poder, Coordinador del Despacho de la Fiscalía de la Nación, ante la Sección de Asuntos Antinarcóticos y Aplicación de la Ley (SAAL) y DEA de la Embajada de los Estados Unidos de Norteamérica y demás organismos vinculados en la lucha contra el Tráfico Ilícito de drogas y delitos conexos, Gerencia General, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los fiscales mencionados.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS

Fiscal de la Nación

2102006-1