Autorizan viaje de personal militar FAP a Uruguay, en comisión de servicios
Resolución Ministerial
Nº 0850-2022-DE
Lima, 26 de agosto de 2022
VISTOS:
El Oficio Nº 471-2022-SEMSAC/GG de la Gerencia General del Servicio de Mantenimiento del Perú SAC; el Oficio N° 02035-2022-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 01377-2022-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Certificación Nº 009-2022, el Secretario de Directorio del Servicio de Mantenimiento del Perú SAC (SEMAN PERÚ SAC), certifica que mediante el Acuerdo de Directorio Nº 030-2022, adoptado en la Sesión Nº 009-2022, se aprobó la comisión de servicio a la República Oriental del Uruguay de 4 especialistas (2 de aviónica y 2 de control de calidad) del 29 al 30 de agosto de 2022, para realizar la remoción, reemplazo y calibración de tres (3) sensores exclusivos del FDR, aplicable a la aeronave B727-200 Matrícula CX-CLC compañía AIR CLASS Líneas Aéreas;
Que, conforme a lo señalado en la Exposición de Motivos, suscrita por el Gerente de Comercialización y Negocios del Servicio de Mantenimiento del Perú SAC, resulta conveniente para los intereses de la empresa SEMAN PERÚ SAC autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del TSP FAP Dino Octavio ORO REYES, del TSP FAP Juan Felipe BRICEÑO MONCADA, del TC3 FAP Oswaldo Jesús VÁSQUEZ TIPIAN y del TIP FAP (R) Rodolfo PALACIOS RÍOS, para que realicen la remoción, reemplazo y calibración de tres (3) sensores exclusivos del FDR, aplicable a la aeronave B727-200 Matrícula CX-CLC compañía AIR CLASS Líneas Aéreas; por cuanto, les permitirá establecer contacto con aerolíneas operadoras de la República Oriental del Uruguay, cuyas aeronaves se encuentran dentro de las capacidades de producción, manteniendo una estrecha relación y comunicación con sus clientes, lo cual permitirá convertirlos en una pieza fundamental en la cadena de valor de las compañías aéreas a nivel internacional, a las cuales les brindan el servicio de reparación, mantenimiento de aeronaves, componentes aeronáuticos y servicios especializados, contribuyendo de esta forma a elevar la imagen institucional del SEMAN PERÚ SAC y posicionarse en el mercado aeronáutico;
Que, a través del Informe Legal Nº 009-2022-SEMSAC/OAL, el Jefe de Asesoría Legal del Servicio de Mantenimiento del Perú SAC emite opinión favorable a la autorización de viaje al exterior, en comisión de servicio, del mencionado personal militar, para que realicen la remoción, reemplazo y calibración de tres (3) sensores exclusivos del FDR, aplicable a la aeronave B727-200 Matrícula CX-CLC compañía AIR CLASS Líneas Aéreas, a llevarse a cabo en la República Oriental del Uruguay, del 29 al 30 de agosto de 2022; precisando que la empresa estatal SEMAN PERÚ SAC, de acuerdo a su Ley de creación, tiene por finalidad desarrollar la industria aeronáutica, industrias complementarias y conexas, constituyéndose en un centro de mantenimiento y reparación mayor de aeronaves, motores y sistemas aeronáuticos, civiles, comerciales, policiales y militares, nacionales y extranjeros;
Que, de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 27170, Ley del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado, la Empresa Estatal Servicio de Mantenimiento del Perú Sociedad Anónima Cerrada - SEMAN PERÚ S.A.C., se encuentra bajo el ámbito de regulación del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado – FONAFE;
Que, el literal d.7) de la Directiva Corporativa de Gestión Empresarial, aprobada por Acuerdo de Directorio N° 003-2018/006-FONAFE establece que se podrán solventar los pasajes y los viáticos que se generen por comisión de servicio dentro y fuera del país, siempre y cuando que estos viajes hayan sido autorizados por acuerdo de Directorio de la Empresa u órgano equivalente;
Que, de acuerdo con la Hoja de Gastos suscrita por el Jefe de Planeamiento y Presupuesto del SEMAN PERÚ SAC, los gastos por concepto de viáticos en comisión de servicio en el exterior se efectuarán con cargo al Presupuesto del Año Fiscal 2022 del SEMAN PERÚ SAC, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, concordante con lo establecido en el artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG;
Que, mediante Hoja de Disponibilidad Presupuestal, el Jefe de Planeamiento y Presupuesto del SEMAN PERÚ SAC detalla los recursos que se verán involucrados en la ejecución del presente viaje al exterior, en comisión de servicio;
Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la finalidad de garantizar la participación oportuna del personal designado en la referida actividad, resulta necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación, así como su retorno un (1) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público;
Que, con Oficio Nº 471-2022-SEMSAC/GG, la Gerencia General del Servicio de Mantenimiento del Perú SAC solicita la autorización de viaje al exterior, en comisión de servicio, personal militar del Servicio de Mantenimiento del Perú SAC, para que realicen la remoción, reemplazo y calibración de tres (3) sensores exclusivos del FDR, aplicable a la aeronave B727-200 Matrícula CX-CLC compañía AIR CLASS Líneas Aéreas, a llevarse a cabo en la República Oriental del Uruguay, del 29 al 30 de agosto de 2022, autorizando su salida del país el 28 de agosto y su retorno el 31 de agosto de 2022;
Que, a través del Oficio N° 02035-2022-MINDEF/VPD-DIGRIN, en atención al Informe Técnico N° 424-2022-MINDEF/VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable sobre la autorización del citado viaje al exterior, indicando que el mismo se encuentra conforme a los objetivos institucionales del Ministerio de Defensa;
Que, mediante el Informe Legal N° 01377-2022-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el viaje al exterior del citado personal, para que realicen la remoción, reemplazo y calibración de tres (3) sensores exclusivos del FDR, aplicable a la aeronave B727-200 Matrícula CX-CLC compañía AIR CLASS Líneas Aéreas, a llevarse a cabo en la República Oriental del Uruguay, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Secretaría General; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del TSP FAP Dino Octavio ORO REYES, identificado con DNI Nº 15586569, del TSP FAP Juan Felipe BRICEÑO MONCADA, identificado con DNI Nº 09869508, del TC3 FAP Oswaldo Jesús VÁSQUEZ TIPIAN, identificado con DNI Nº 41325929, y del TIP FAP(R) Rodolfo PALACIOS RÍOS, identificado con DNI Nº 43423357, para que realicen la remoción, reemplazo y calibración de tres (3) sensores exclusivos del FDR, aplicable a la aeronave B727-200 Matrícula CX-CLC compañía AIR CLASS Líneas Aéreas, a llevarse a cabo en la República Oriental del Uruguay, del 29 al 30 de agosto de 2022, autorizando su salida del país el 28 de agosto y su retorno el 31de agosto de 2022.
Artículo 2.- La empresa SEMAN PERÚ SAC efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto del Año Fiscal 2022, de acuerdo a los siguientes conceptos:
Viáticos:
US$ 370.00 x 4 personas x 2 días US$ 2,960.00
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Total a pagar: US$ 2,960.00
Artículo 3.- El personal militar autorizado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria.
Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RICHARD WASHINGTON TINEO QUISPE
Ministro de Defensa
2100090-1