Aprueban modificación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Gobierno Regional de Lima

Ordenanza Regional

Nº 09

VISTO:

El Acuerdo de Consejo Regional Nº 139-2022-CR/GRL de fecha 27 de abril de 2022, que resuelve en Artículo Segundo: APROBAR la modificación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Gobierno Regional de Lima, compuesto por ocho títulos, el mismo que en anexo forma parte de la Ordenanza Regional.

- Creación de Unidades Orgánicas

- Oficina de Trámite Documentario.

- Oficina de Archivo Central.

- Oficina de Recursos Naturales y Medio Ambiente.

- Oficina Regional de Seguridad Ciudadana.

- Centro de Operaciones de Emergencia Regional.

- Proyectos Regionales Especiales.

- Empresas Regionales.

- Modificación de denominación de Unidades Orgánicas

- Presidencia Regional. Gobernador Regional.

- Vice Presidencia Regional. Vice Gobernador Regional.

- Órgano Regional de Control Institucional. Órgano de Control Institucional.

- Sub Gerencia Regional de Administración. Gerencia Regional de Administración.

- Directorio Regional. Directorio General Regional.

- Secretaría General. Secretaría General Regional.

- Oficina de Planeamiento. Oficina de Planeamiento Estratégico y de Modernización.

- Oficina de Presupuesto. Oficina de Presupuesto y de Economía.

- Oficina de Programación de Inversiones. Oficina Multianual de Programación de Inversiones.

- Oficina de Relaciones Públicas. Oficina de Relaciones Públicas y de Comunicaciones.

- Oficina de Promoción de Inversiones. Oficina de Promoción de Inversión Privada.

- Archivo Regional. Oficina de Archivo Regional.

- Oficina de Defensa Civil. Oficina Regional de Defensa Civil y Defensa Nacional.

Incorporación al ROF de unidades orgánicas creadas

- Dirección Regional de Formalización de la Propiedad Rural. Con Ordenanza Regional Nº 009-2012-CR-GR

- Oficina Regional de Atención de Personas con Discapacidad. Con Ordenanza Regional Nº 002-2016-CR-GR

- Gerencia Subregional Lima Sur. Con Ordenanza Regional Nº 009-2009-CR-GR

- Archivo Regional. Con Ordenanza Regional Nº 005-2008-CR-GR

- Oficina de Coordinación Regional. Con Ordenanza Regional Nº 009-2012-CR-GR

- Oficina Regional de Seguridad Ciudadana. Con ordenanza regional Nº 009-2015-CR-RL

- Incorporación y/o modificación de funciones orgánicas vigentes

Gobernador Regional.

Consejo Regional.

Gerencia General Regional

Órgano de Control Institucional.

Secretaría General Regional.

Secretaría de Consejo Regional.

Procuraduría Pública Regional.

Gerencia Regional de Infraestructura.

Gerencia Regional de Desarrollo Social.

Gerencia Regional de Desarrollo Económico.

Gerencia Regional de Administración.

Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente.

Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial.

Oficina de Planeamiento Estratégico y de Modernización.

Oficina de Presupuesto y de Economía.

Oficina Multianual de Programación de Inversiones.

Oficina de Recursos Humanos.

Oficina de Logística.

Oficina de Tesorería.

Oficina de Contabilidad.

Oficina de Promoción de Inversión Privada.

Oficina de Relaciones Públicas y de Comunicaciones.

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por Leyes Nº 27902 y 28013, dispone que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituye para su administración económica y financiera, un pliego presupuestal;

Qué, el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 27680 – “Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV”, establece que “Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política y administrativa en los asuntos de su competencia (...) La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional como órgano normativo y fiscalizador (...)”

Qué, en el artículo 2º de la Ley 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que los Gobierno Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y financiera, un pliego presupuestal;

Qué, el artículo 13º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales modificada por la Ley Nº 29053, establece que el Consejo Regional: “Es el órgano normativo y fiscalizador del gobierno regional. Le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas;

Qué, el artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; y, el literal a) del artículo 15º de la misma norma, dispone que son atribuciones del Consejo Regional, aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencias y funciones del Gobierno Regional;

Que, la Ordenanza Regional Nº 006-2003-GRL/RL, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Lima;

Que, por Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, se deroga el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, y aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, que regulan los principios, criterios y reglas que definen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las entidades del Estado; y establece que el Reglamento de Organización y Funciones es un documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza la estructura orgánica de la Entidad; contiene las competencias y funciones generales de la Entidad, las funciones específicas de sus unidades de organización; así como sus relaciones de dependencia;

Que, el Gobierno Regional de Lima ha propuesto la aprobación de su nuevo Reglamento de Organización y Funciones, con la finalidad de adecuar su organización y estructura orgánica al Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM – Lineamientos de Organización del Estado, y su modificatoria Decreto Supremo Nº 131-2018-PCM, buscando con ello fortalecer los servicios públicos y el cumplimiento de sus funciones en el ámbito de sus competencias;

Que, a su vez se ha contemplado adecuar su organización y estructura orgánica conforme a la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 002-2020-PCM/SGP, “Funciones estandarizadas en el marco de los Sistemas Administrativos”; Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2020-PCM/SGP “Orientaciones sobre el Reglamento de Organización y Funciones – ROF y el Manual de Operaciones – MOP”; Resolución de Secretaría de Integridad Pública Nº 001-2019-PCM/SIP “Lineamientos para la implementación de la función de integridad en las entidades de Administración Pública”; y Resolución de Contraloría Nº 392-2020-CG “Directiva de los Órganos de Control Institucional”;

Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 104-2021-CR/GRL, se acuerda SOLICITAR al Gobernador Regional de Lima, que las gerencias regionales y direcciones regional en el plazo de 60 días calendarios presenten proyectos de Ordenanzas Regionales y/o Modificatorias de los Instrumentos de Gestión como: TUPA, MOF, ROF, CAP adecuado a las actuales circunstancias, así como de sus reglamentos de acuerdo a las especialidades, para que estas pasen a las Comisiones Ordinarias respectivas, para ser evaluadas antes de su aprobación.

SOBRE EL ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 104-2021-CR/GRL EN LA CUAL SE SOLICITA LA PRESENTACION PRESENTEN PROYECTOS DE ORDENANZAS REGIONALES Y/O MODIFICATORIAS DE LOS INSTRUMENTOS DE GESTIÓN COMO: TUPA, MOF, ROF, CAP

Mediante la Carta Nº 18-2021.GRL/CRL,VRL, suscrita por el Sr. Vicente Sabino Rivera Loarte, consejero regional por la provincia de Cajatambo, quien solicita se considere como punto de agenda para la próxima sesión ordinaria del pleno del Consejo Regional, que el Consejo Regional pueda discutir y/o aprobar que el ejecutivo del Gobierno Regional, Gerencias Regionales, Direcciones Regionales presenten en el plazo de 60 días calendarios los proyectos de Ordenanzas Regionales y/o Modificatorias de los Instrumentos de Gestión como: TUPA, MOF, ROF, CAP, adecuado a las actuales circunstancias, así como de sus reglamentos de acuerdo a las especialidades para que pase a las Comisiones Ordinarias respectivas, para ser evaluadas antes de su aprobación.

El Sr. Vicente Sabino Rivera Loarte, consejero regional por la provincia de Cajatambo, manifiesta que, algunas gerencias regionales y direcciones regionales de la parte ejecutiva del Gobierno Regional de Lima, no están actuando de acuerdo a las nuevas modificaciones de las normas, además que en algunos casos estas normativas se encuentran desactualizadas, en ese sentido, no se estarían cumpliendo a cabalidad con sus funciones.

Tras esta experiencia los plenos del Consejo Regional de Lima aprueban solicitar al Gobernación del Gobierno Regional de Lima, a que las gerencias regionales y direcciones regionales en el plazo de 60 días calendarios presenten proyectos de Ordenanzas Regionales yo Modificatorias de los Instrumentos de Gestión como: TUPA, MOF, ROF, CAP adecuado a las actuales circunstancias, así como de sus reglamentos de acuerdo a las especialidades.

SOBRE LA IMPLEMENTACIÓN DEL ACUERDO DEL GOBIERNO REGIONAL Nº 104-2021-CR/GRL POR PARTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LIMA

Mediante el Informe Nº 1049-2021-GRL/SGRAJ de acuerdo a la revisión de actuados esta instancia concluye que el Consejo Regional de Lima se encuentra facultado para aprobar mediante Ordenanza Regional los instrumentos de gestión como el TUPA, ROF, CAP del Gobierno Regional de Lima amparado en el DS Nº 054-2018-PCM, Decreto Supremo que aprueba los lineamientos de organización del estado y la resolución de la Secretaría Pública Nº 003-2018-PCM/SGP, que aprueba la directiva Nº 001-2018-PCM/SGP “Directiva que regula el sustento técnico legal de proyectos normativos en materia de organización, estructura y funcionamiento del estado”. No incluyéndose el MOF por lo establecido en el mencionado informe técnico.

Mediante el Informe Nº 347-2021-GRL/GRPPAT/OP se remiten las observaciones sobre la incorporación de las funciones establecidas en el artículo 6.2. de la Directiva Nº 001-2019-PCM/SIP y conforme a lo dispuesto en el artículo 6.5.3. con la finalidad de garantizar el alto nivel jerárquico y el adecuado empoderamiento para las funciones que debe realizar ante la Gerencia General Regional con delegación a la Oficina de recursos Humanos, sujetos a los criterios de evaluación de Alta dirección; asimismo propone el ajuste del organigrama conforme al literal C del Subcapítulo V de los lineamientos Nº 02-2020-SGP que establecen orientaciones sobre el reglamento de organización y funciones – ROF aprobado mediante resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2020-PCM/SGP.

Mediante el Informe Nº 0333-2021-GRL/SGRAJ la Subgerencia de Asesoría Jurídica, conforme lo establece el numeral 6.2.1 literal a.4 de la directiva Nº 001-2018-PCM/SGP “Directiva que regula el sustento técnico legal de los proyectos normativos en materia de organización, estructura y funcionamiento del estado”, VALIDA LA LEGALIDAD DE LAS FUNCIONES SUSTANTIVAS ASIGNADAS a las unidades de organización y la no duplicidad de funciones, en la aprobación de la modificación del Reglamento de Organización y funciones del Gobierno Regional de Lima.

Mediante el Oficio Nº 879-2021-GRL/GRPPAT la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial emite el estado situacional de los documentos de gestión institucional del Gobierno regional de Lima, mencionando lo siguiente:

- Estado de gestión de proyecto de modificación del reglamento de organización y funciones - ROF del Gobierno Regional de Lima; donde se elabora el proyecto de modificación del ROF, el informe técnico sustentatorio, exposición y motivos y el proyecto de ordenanza.

- Proyecto de modificación del ROF; se actualiza la normativa legal general sobre las funciones y competencias de los gobiernos regionales, se incorporó las modificaciones parciales del ROF aprobadas por el Consejo Regional de Lima (2005-2021), se incorpora las funciones estandarizadas a las unidades orgánicas vinculadas a los sistemas administrativos del estado, entre otros.

- Modificaciones del organigrama; alta dirección, órganos de asesoría, órganos de apoyo, órganos de línea.

- Normatividad legal utilizado, lineamientos en el marco normativo para que se elabore el manual de operaciones para las unidades ejecutoras de educación, salud y agricultura. En coordinación con los sectores correspondientes.

Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 224-2021-CR/GRL, se aprobó DERIVAR, a la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Cuenta General, el pedido verbal del Sr. Juan Rosalino Reyes Ysla consejero regional por la provincia de Yauyos, respecto de que se convoque al Gerente General Regional, a fin de que informe de manera documentada y detallada, el estado de la elaboración de los documentos de gestión, que permita actualizar la estructura orgánica del Gobierno Regional de Lima y que servirá para mejorar la gestión del Gobierno Regional de Lima y todos los actuados; para su análisis, debate, informe y/o dictamen correspondiente.

SOBRE EL ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 224-2021-CR/GRL EN LA QUE SE DERIVA A LA COMISIÓN ORDINARIA DE PLANEAMIENTO, PRESUPUESTO, ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL Y CUENTA GENERAL, EL PEDIDO VERBAL DEL SR. JUAN ROSALINO REYES YSLA, RESPECTO A QUE SE CONVOQUE AL GERENTE GENERAL REGIONAL, A FIN DE QUE INFORME DE MANERA DOCUMENTADA Y DETALLADA, EL ESTADO DE LA ELABORACIÓN DE LOS DOCUMENTOS DE GESTIÓN

La Abg. Aurea García Laos en su condición de Secretaria General Regional, señala que, a fin de dar cumplimiento al Acuerdo de Consejo Regional Nº 104-2021-CR/GRL, la secretaría general ha solicitado a las Gerencias, Sub Gerencias y Direcciones Regionales, informen de manera detallada y documentada los estados del procedimiento de actualización con aprobación o modificación de los instrumentos de gestión TUPA, ROF, MOF y CAP, así como de sus reglamentos de sus especialidades. Al respecto la Sub Gerencia Regional de Asesoría Jurídica mediante el Informe Nº 1049-2021, señala que el Consejo Regional de Lima se encuentra facultado aprobar mediante Ordenanza Regional los instrumentos de gestión ROF, TUPA Y CAP del Gobierno Regional de Lima, no incluyendo el MOF señalándose al respecto que SERVIR mediante informe técnico ha dejado establecido que sobre la formulación de manual de puestos no es posible modificar el MOF aplicando la Directiva 001-INAP-DNR, en tal sentido esos instrumentos de gestión se encuentran vigentes, en tanto no se apruebe el manual de perfil de puestos, en ese sentido las entidades no cuentan con base legal para la modificación del MOF.

La Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial informa que la Oficina de Planeamiento ha remitido al Consejo Regional de Lima el estado situacional y las acciones realizadas para la actualización y modificación de los instrumentos de gestión siguiente, ROF, Sistema Único de Trámite que considera el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA y el Manual de Procedimientos Administrativos MAPRO y Cuadro de Asignación de Personal - CAP.

Posteriormente el Ing. Cesar Galván Maldonado en su condición de jefe de la Oficina de Planeamiento, indica que el estado situacional del ROF; la oficina tiene culminado el informe de elaboración el proyecto de modificación del Reglamento de Organización y Funciones, conteniendo el informe técnico sustentado, la exposición de motivos y el proyecto de ordenanza regional de aprobación y modificación, y se está a la espera de la opinión favorable de la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica, para su posterior aprobación. Respecto a los fines, se ha modificado las funciones y competencias a la fecha, como se sabe se tiene un ROF aprobado en el año 2007 y a la fecha se ha actualizado la normativa legal, asimismo se han incorporado todas las modificaciones parciales que se han aprobado en el ROF desde el año 2005, hasta el 2021.

Por lo que mediante Acuerdo de Consejo Regional de Lima Nº 224-2021-CR/GRL se acuerda DERIVAR, a la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Cuenta General, el pedido verbal del Sr. Juan Rosalino Reyes Ysla consejero regional por la provincia de Yauyos, respecto de que se convoque al Gerente General Regional, a fin de que informe de manera documentada y detallada, el estado de la elaboración de los documentos de gestión, que permita actualizar la estructura orgánica del Gobierno Regional de Lima y que servirá para mejorar la gestión del Gobierno Regional de Lima y todos los actuados.

SOBRE LA PROPUESTA DE ORDENANZA REGIONAL EN LA QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES - ROF DEL PLIEGO

Mediante el Oficio Nº 0368-2021-GRL/GOB se derivan los actuados de la propuesta de ordenanza Regional que aprueba la modificación del reglamento de organización y funciones - ROF del Gobierno Regional de Lima, cuyo contenido presenta la exposición de motivos, costo beneficio, efecto de vigencia de la norma, fórmula legal el cual solicita:

Artículo Primero: Aprobar la modificación del reglamento de organización y funciones - ROF del Gobierno Regional de Lima, compuesto por ocho títulos, el mismo que en anexo forma parte de la presente Ordenanza regional.

(...)

Artículo Segundo: Derogar la Ordenanza regional Nº 006-2003-CR/GRL, y las demás disposiciones legales que aprueban el Reglamento de Organización y funciones - ROF de las unidades de organización del Gobierno regional de Lima que opongan a la presente ordenanza regional.

(...)

(...)

SOBRE EL ANÁLISIS Y OPINIÓN TÉCNICA DE LA PROPUESTA DE ORDENANZA REGIONAL EN LA QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES - ROF DEL PLIEGO

Política Nacional de Modernización de la gestión; es el principal instrumento orientador de la modernización de la gestión pública en el Perú, en la que establece la visión, los principios y lineamientos para una actuación coherente y eficaz del sector público al servicio de los ciudadanos y el desarrollo del país. A través de la gestión pública se busca generar incentivos para que las entidades del estado mejoren de manera constante respecto a su funcionamiento e intervenciones. Diremos entonces que la modernización de la gestión pública es el proceso de transformación constante a fin de mejorar lo que realizan las entidades públicas, y de esta manera general el valor público.

A través de los años se han emitido diferentes normativas en donde han permitido el funcionamiento de los diferentes organismos de la administración pública, entre las más actuales se reconocen las siguientes normas legales:

- DECRETO SUPREMO Nº 054-2018-PCM, se aprueba los lineamientos de Organización del Estado.

- DECRETO SUPREMO Nº 131-2018-PCM, modifica los lineamientos de Organización del Estado, aprobado con Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM.

- RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE GESTIÓN PÚBLICA Nº 005-2020-PCM, se aprueba los lineamientos que establecen orientaciones sobre el Reglamento de Organizaciones y Funciones-ROF y el Manual de Operaciones-MOP.

El Reglamento de Organización y Funciones - ROF vigente es el documento normativo de gestión organizacional que formaliza la estructura orgánica de la entidad que contiene: las competencias y funciones generales, que son aquellas que la ley o norma con rango de ley le asigna a la entidad, provienen de su ley de creación y normas sustantivas, las funciones específicas, que son aquellas que se derivan de las funciones generales de la entidad y que esta asigna entre sus unidades de organización y el organigrama de la entidad, que es la representación gráfica de la estructura orgánica. Como documento normativo de gestión institucional, considera: Técnico, pues es resultado de un diseño organizacional para definir la estructura orgánica más idónea para el cumplimiento de las funciones y logro de resultados, Normativo, pues constituye una norma de carácter público y de obligatorio cumplimiento para la entidad y de gestión organizacional, pues es una guía administrativa para la entidad y su personal sobre cómo se han asignado las funciones y responsabilidades al interior de la organización.

Sobre la estructura vigente del reglamento de organización y funciones - ROF, se identifica lo siguiente:

- TÍTULO I: CONTENIDO, ALCANCE Y DEFINICIONES

- TÍTULO II: NATURALEZA, MISIÓN, OBJETIVOS Y FUNCIONES GENERALES

- TÍTULO III: ESTRUCTURA ORGANICA

- TÍTULO IV: ORGANO NORMATIVO Y FISCALIZADOR: Consejo Regional, Presidencia Regional.

- TÍTULO V: DE LA DIRECCIÓN SUPERIOR: Presidencia Regional, Gerencia General Regional

- TÍTULO VI: ORGANOS CONSULTIVOS Y DE COORDINACIÓN: Consejo de Coordinación Regional, Agencia de Fomento a la Inversión Privada, Consejo Regional de Micro y Pequeñas Empresas, Directorio Regional.

- TÍTULO VII: ORGANOS DE DEFENSA Y DEFENSA JUDICIAL: Órgano Regional de Control Institucional, Procuraduría Pública Regional.

- TÍTULO VIII: ORGANOS DE ASESORÍA: Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Sub Gerencia Regional de Asesoría Jurídica.

- TÍTULO IX: ÓRGANOS DE APOYO: Secretaría del Consejo Regional, Sub Gerencia Regional de Administración, Oficina de Relaciones Públicas y de Comunicaciones, Secretaría General, Oficina de Promoción de Inversiones.

- TÍTULO X: ÓRGANOS DE LÍNEA: Gerencia regional de Desarrollo Económico, Gerencia Regional de Desarrollo Social, Gerencia Regional de Infraestructura, Gerencia Regional de Rec. Naturales y GMA.

- TÍTULO XI: ÓRGANOS DESCONCENTRADOS: Oficinas de Coordinación, Iniciativa y Concertación Provincial, Direcciones Regionales Sectoriales.

- TÍTULO XII: RELACIONES INTERINSTITUCIONALES

- TÍTULO XIII: RÉGIMEN ECONÓMICO Y LABORAL

- TÍTULO XIV: DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS, TRANSITORIAS Y FINALES

Sobre la propuesta del reglamento de organización y funciones - ROF; se identifica lo siguiente:

SECCIÓN PRIMERA

TÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES

TÍTULO II: ORGANOS DE PRIMER NIVEL ORGANIZACIONAL

01. Órgano Normativo y Fiscalizador. Consejo Regional.

02. Órganos de Gobierno y Dirección: Gobernación Regional, Vice Gobernación Regional, Gerencia General Regional.

03. Órgano de Control Institucional: Órgano de Control Institucional

04. Órgano de Defensa Jurídica: Procuraduría Pública Regional.

05. Órganos Consultivos: Consejo de Coordinación Regional, Directorio Gerencial General, Consejos Consultivos Especializados.

TÍTULO III: ORGANOS DE SEGUNDO NIVEL ORGANIZACIONAL

06. Órganos de Administración Interna: De Asesoramiento: Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Sub Gerencia Regional de Asesoría Jurídica

07. Órganos de Administración Interna: De Apoyo: Gerencia Regional de Administración, Secretaria de Consejo Regional, Secretaría General Regional, Oficina de Promoción de la Inversión Privada, Oficina de Relaciones Públicas y Comunicaciones, Centro de Operaciones de Emergencia Regional-COER

08. Órganos de Línea: Gerencia Regional de Desarrollo Social, Gerencia Regional de Desarrollo Económico, Gerencia Regional de Infraestructura, Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente.

SECCIÓN SEGUNDA

TÍTULO IV: ÓRGANOS DE TERCER NIVEL ORGANIZACIONAL

09. Unidades orgánicas de Administración Interna: De Asesoramiento: Oficina de Planeamiento Estratégico y Modernización, Oficina de Presupuesto y Economía, Oficina de Programación Multianual de Inversiones, Oficina de Acondicionamiento Territoriales

10. Unidades orgánicas de Administración Interna: De Apoyo: Oficina de Contabilidad, Oficina de Tesorería, Oficina de Logística, Oficina e Informática, Oficina de Recursos Humanos. Oficina de Archivo General, Oficina de Trámite Documentario, Oficina de Archivo Regional.

11. Unidades orgánicas de los Órganos de Línea: OREDIS, Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo, Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Dirección Regional de Producción, Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo, Dirección Regional Energía y Minas, Dirección Regional de Formalización de la Propiedad Rural, Dirección Regional Transportes y Comunicaciones, Oficina de Obras, Oficina de Estudios y Proyectos, Oficina de Recursos Naturales Medio Ambiente, Oficina de Defensa Civil y Seguridad Nacional, Oficina de Seguridad Ciudadana.

12. Órganos Desconcentrados: Dirección Regional de Salud, Dirección Regional de Educación, Dirección Regional de Agricultura, Gerencia Subregional Lima Sur, Áreas Funcionales de Coordinación, Proyectos Especiales, Empresas Regionales

TÍTULO V: RELACIONES INTERINSTITUCIONALES

TÍTULO VI: RÉGIMEN LABORAL Y PENSIONARIO

TÍTULO VII: RÉGIMEN ECONÓMICO

TÍTULO VIII: DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES

Se han creado un total de siete Unidades Orgánicas:

- Oficina de Trámite Documentario. Con dependencia de Secretaría General

- Oficina de Archivo Central. Con Dependencia de Secretaría General.

- Oficina de Recursos Naturales y Medio Ambiente. Con dependencia de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente.

- Oficina Regional de Seguridad Ciudadana. Con dependencia de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente.

- Centro de Operaciones de Emergencia Regional. Con dependencia de Gerencia General Regional.

- Proyectos Regionales Especiales. Con dependencia de Gerencia General Regional

- Empresas Regionales. Con dependencia de Gerencia General Regional

Se ha incorporado al ROF cinco unidades orgánicas aprobadas con Ordenanza regional:

- Dirección Regional de Formalización de la Propiedad Rural.

- Oficina Regional de Atención de Personas con Discapacidad.

- Gerencia Subregional Lima Sur

- Archivo Regional

- Oficina de Coordinación Regional

Se modificaron las denominaciones de trece unidades orgánicas:

- Presidencia Regional a Gobernador Regional.

- Vice Presidencia Regional a Vice Gobernador Regional.

- Órgano Regional de Control Institucional a Órgano de Control Institucional.

- Sub Gerencia Regional de Administración a Gerencia Regional de Administración.

- Directorio Regional a Directorio General Regional.

- Secretaría General a Secretaría General Regional.

- Oficina de Planeamiento a Oficina de Planeamiento Estratégico y de Modernización.

- Oficina de Presupuesto a Oficina de Presupuesto y de Economía.

- Oficina de Programación de Inversiones a Oficina Multianual de Programación de Inversiones.

- Oficina de Relaciones Públicas a Oficina de Relaciones Públicas y de Comunicaciones.

- Oficina de Promoción de Inversiones a Oficina de Promoción de Inversión Privada.

- Archivo Regional a Oficina de Archivo Regional.

- Oficina de Defensa Civil a Oficina Regional de Defensa Civil y Defensa Nacional.

En Sesión ordinaria Virtual del Consejo Regional de Lima, realizada el día 27 de abril de 2022, desde la Sala de Sesiones “José Luis Romero Aguilar” del Consejo Regional de Lima, en la ciudad de Huacho, con los consejeros regionales presentes y consejeros regionales conectados vía el software de video llamadas y reuniones virtuales ZOOM, se dío cuenta del pedido del visto; del debate entre los miembros del Consejo Regional de Lima, y; con el voto por UNANIMIDAD de los consejeros regionales presentes en la sesión ordinaria del consejo regional.

En uso de sus facultades conferidas en los literales a), c) y s) del Artículo 15º, Artículo 37º y Artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias; el Consejo Regional;

HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA REGIONAL:

ORDENANZA REGIONAL QUE:

“APROBAR LA MODIFICACIÓN

DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN

Y FUNCIONES - ROF DEL GOBIERNO

REGIONAL DE LIMA”

Artículo Primero.- APROBAR la modificación del reglamento de organización y funciones - ROF del Gobierno Regional de Lima, compuesto por ocho títulos, el mismo que en anexo forma parte de la Ordenanza Regional.

- Creación de Unidades Orgánicas

- Oficina de Trámite Documentario.

- Oficina de Archivo Central.

- Oficina de Recursos Naturales y Medio Ambiente.

- Oficina Regional de Seguridad Ciudadana.

- Centro de Operaciones de Emergencia Regional.

- Proyectos Regionales Especiales.

- Empresas Regionales.

- Modificación de denominación de Unidades Orgánicas

- Presidencia Regional. Gobernador Regional.

- Vice Presidencia Regional. Vice Gobernador Regional.

- Órgano Regional de Control Institucional. Órgano de Control Institucional.

- Sub Gerencia Regional de Administración. Gerencia Regional de Administración.

- Directorio Regional. Directorio General Regional.

- Secretaría General. Secretaría General Regional.

- Oficina de Planeamiento. Oficina de Planeamiento Estratégico y de Modernización.

- Oficina de Presupuesto. Oficina de Presupuesto y de Economía.

- Oficina de Programación de Inversiones. Oficina Multianual de Programación de Inversiones.

- Oficina de Relaciones Públicas. Oficina de Relaciones Públicas y de Comunicaciones.

- Oficina de Promoción de Inversiones. Oficina de Promoción de Inversión Privada.

- Archivo Regional. Oficina de Archivo Regional.

- Oficina de Defensa Civil. Oficina Regional de Defensa Civil y Defensa Nacional.

Incorporación al ROF de unidades orgánicas creadas

- Dirección Regional de Formalización de la Propiedad Rural. Con Ordenanza Regional Nº 009-2012-CR-GR

- Oficina Regional de Atención de Personas con Discapacidad. Con Ordenanza Regional Nº 002-2016-CR-GR

- Gerencia Subregional Lima Sur. Con Ordenanza Regional Nº 009-2009-CR-GR

- Archivo Regional. Con Ordenanza Regional Nº 005-2008-CR-GR

- Oficina de Coordinación Regional. Con Ordenanza Regional Nº 009-2012-CR-GR

- Oficina Regional de Seguridad Ciudadana. Con ordenanza regional Nº 009-2015-CR-RL

- Incorporación y/o modificación de funciones orgánicas vigentes

Gobernador Regional.

Consejo Regional.

Gerencia General Regional

Órgano de Control Institucional.

Secretaría General Regional.

Secretaría de Consejo Regional.

Procuraduría Pública Regional.

Gerencia Regional de Infraestructura.

Gerencia Regional de Desarrollo Social.

Gerencia Regional de Desarrollo Económico.

Gerencia Regional de Administración.

Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente.

Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial.

Oficina de Planeamiento Estratégico y de Modernización.

Oficina de Presupuesto y de Economía.

Oficina Multianual de Programación de Inversiones.

Oficina de Recursos Humanos.

Oficina de Logística.

Oficina de Tesorería.

Oficina de Contabilidad.

Oficina de Promoción de Inversión Privada.

Oficina de Relaciones Públicas y de Comunicaciones.

Artículo Segundo.- DEROGAR la Ordenanza regional Nº 006-2003-CR/GRL, y las demás disposiciones legales que aprueban el Reglamento de Organización y funciones - ROF de las Unidades de Organización del Gobierno regional de Lima que opongan a la Ordenanza Regional.

Artículo Tercero.- ENCARGAR al Gerente General Regional de Lima, para que, a través de sus órganos competentes, proceda a implementar las acciones administrativas, a fin de dar cumplimiento a la Ordenanza Regional.

Artículo Cuarto.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación de
acta.

Artículo Quinto.- PUBLICAR, la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y en el portal electrónico del Gobierno Regional de Lima
(www.regionlima.gob.pe).

En Huacho, a los veintisiete días del mes de abril de dos mil veintidós.

POR TANTO:

Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Lima para su promulgación.

Juan Rosalino Reyes Ysla

Presidente del Consejo Regional

Mando se comunique, publique y cumpla.

Dado en la ciudad de Huacho, sede central del Gobierno Regional de Lima, a los 21 días del mes de julio del año dos mil veintidós.

Ricardo Chavarría Oria

Gobernador Regional de Lima

2098215-1