Autorizan emisión de duplicado de diploma de Grado Académico de Bachiller en Matemática, mención Estadística, a favor de egresada de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco
UNIVERSIDAD NACIONAL
DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO
SECRETARÍA GENERAL
RESOLUCIÓN Nº CU-180-2022-UNSAAC
Cusco, 5 de agosto de 2022
EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO:
VISTO, el Expediente Nº 407601, presentado por Doña JESSIKA CORAHUA ORDOÑEZ, egresada de la hoy Escuela Profesional de Matemáticas de la Facultad de Ciencias de la UNSAAC, con Código Universitario Nº 942035-D, solicitando emisión de duplicado de Diploma de Grado Académico de Bachiller en Matemática, mención Estadística, por motivo de pérdida, y;
CONSIDERANDO:
Que, por Ley Nº 28626 y la modificatoria del TUO del Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país, aprobado por Resolución Nº 1256-2013-ANR, se faculta a las universidades públicas y privadas, la expedición de duplicados de diplomas de Grado s y Títulos Profesionales, por motivos de pérdida, deterioro y mutilación; siempre que se cumpla las formalidades y requisitos de seguridad previstos por cada universidad; norma concordante con el Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos de la SUNEDU, aprobado por Resolución del Consejo Directivo Nº 009-2015-SUNEDU/ CD, de fecha 18 de diciembre de 2015 y modificado por Resolución del Consejo Directivo Nº 038-2016-SUNEDU/CD de fecha 11 de noviembre de 2016 y Resolución de Consejo Directivo Nº 010-2017SUNEDU/CD de fecha 16 de marzo de 2017;
Que, el otorgamiento de Duplicado de Diploma de Grados y Títulos Profesionales emitidos por la Universidad Nacional de San Antonio Abad de Cusco, está regulado por la Directiva aprobada por Resolución Nº CU-224-2006-UNSAAC, de 09 de febrero de 2006, actualizada por Resolución Nº R-1152-2017-UNSAAC, de fecha 19 de setiembre de 2017;
Que, la administrada mediante expediente del Visto, solicita emisión duplicado de Diploma de Grado Académico de Bachiller en Matemática, mención Estadística, por la causal de perdida, para cuyo efecto cumple con adjuntar a su petición los requisitos exigidos en la Directiva para el otorgamiento de Duplicados de Grados y títulos Profesionales emitidos por la UNSAAC;
Que, mediante Informe Nº 037-2022-GT-UNSAAC, el Equipo de Grados y Títulos de Secretaría General, en atención al Oficio Nº 253-2022-FC-UNSAAC cursado por el Decano de la Facultad de Ciencias de la Institución, hace de conocimiento que doña JESSIKA CORAHUA ORDOÑEZ ha sido declarada apta para optar al Grado Académico de Bachiller en Matemática, mención Estadística, mediante la Resolución Nº D-349-2002-FCQFM con fecha 01 de Julio del año 2002, otorgándole el Diploma Nº 1047.
Que, asimismo de acuerdo a la Base de Datos y el Libro de Registros del Equipo de Grados y Títulos, la administrada ha optado al Grado Académico de Bachiller en Matemática, mención Estadística, según consta de la Resolución Nº CU-1047-2022-GT de fecha 10 de julio de 2002, inscrito en el Libro 11-A, Folio 332, Diploma 1047; asimismo se ha verificado que el referido diploma se encuentra inscrito en el Registro de Grados y Títulos de la SUNEDU.;
Que, la petición formulada por la administrada ha sido puesta a consideración del Consejo Universitario, en Sesión Ordinaria Virtual efectuada el día miércoles 03 de agosto de 2022, siendo aprobada por unanimidad;
Estando a lo referido, al acuerdo adoptado por el Consejo Universitario y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley y el Estatuto Universitario;
RESUELVE:
Primero.- AUTORIZAR a la Secretaría General de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, proceda a la emisión de DUPLICADO DE DIPLOMA de Grado Académico de Bachiller en Matemática, mención Estadística, a favor de Doña JESSIKA CORAHUA ORDOÑEZ egresada de la hoy Escuela Profesional de Matemática de la Facultad de Ciencias de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, con Código Universitario Nº 942035-D, por motivo de pérdida y por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución, anulándose el diploma otorgado anteriormente.
Segundo.- DAR CUENTA de la presente Resolución a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - SUNEDU.
Tercero.- DISPONER que la Oficina de Trámite Documentario y Comunicaciones de la UNSAAC, notifique bajo cargo la presente Resolución a la interesada.
Cuarto.- DISPONER que la Unidad de Abastecimiento de la Dirección General de Administración, proceda a la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”, bajo responsabilidad.
La Secretaría General deberá adoptar las medidas complementarias necesarias para el cumplimiento de la presente resolución.
Regístrese, comuníquese y archívese.
Eleazar Crucinta Ugarte
Rector
M. Myluska Villagarcia Zereceda
Secretaria General (e)
2098117-1