Otorgan a favor de la empresa RANDA S.R.L. la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en el proyecto la “Línea de Transmisión en 22,9 kV Chala - Tocota - Tamboccasa”, ubicada en los distritos de Chala y Huanuhuanu, provincia de Caravelí, departamento de Arequipa

RESOLUCIóN MINISTERIAL

Nº 287-2022-MINEM/DM

Lima, 10 de agosto de 2022

VISTOS: El Expediente Nº 14396821, sobre la solicitud de otorgamiento de concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la “Línea de Transmisión en 22,9 kV Chala – Tocota – Tamboccasa” presentada por la empresa RANDA S.R.L.; el Informe Nº 488-2022-MINEM/DGE-DCE y el Memorando Nº 01264-2022-MINEM/DGE de la Dirección General de Electricidad; el Informe Nº 0740-2022-MINEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante documento con registro Nº 3129845 de fecha 15 de marzo de 2021, la empresa RANDA S.R.L. solicita el otorgamiento de concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la “Línea de Transmisión en 22,9 kV Chala – Tocota – Tamboccasa”, ubicada en los distritos de Chala y Huanuhuanu, provincia de Caravelí, departamento de Arequipa;

Que, según los Informes de Vistos, la Dirección General de Electricidad y la Oficina General de Asesoría Jurídica, de acuerdo a sus competencias, han verificado que se ha cumplido con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM; por lo que recomiendan otorgar la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la “Línea de Transmisión en 22,9 kV Chala – Tocota – Tamboccasa”, presentada por la empresa RANDA S.R.L.;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, y sus modificatorias; y, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado con Decreto Supremo Nº 038-2014-EM;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Otorgar a favor de la empresa RANDA S.R.L. la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en el proyecto la “Línea de Transmisión en 22,9 kV Chala – Tocota – Tamboccasa”, ubicada en los distritos de Chala y Huanuhuanu, provincia de Caravelí, departamento de Arequipa; en los términos y condiciones de la presente Resolución Ministerial y los que se detallan en el texto del Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 3 de la presente Resolución.

Artículo 2.- Las características principales de los bienes indispensables para operar la concesión son las siguientes:

Salida/Llegada de la

Línea de Transmisión

Tensión

(kV)

Nº de

Ternas

Longitud

(km)

Ancho de Faja de Servidumbre que corresponde (m)

S.E. Chala – S.E. Tocota – S.E. Tamboccasa

22,9

01

33,38

11

Artículo 3.- Aprobar el texto de la minuta del Contrato de Concesión Nº 577-2022 a suscribirse entre el Ministerio de Energía y Minas y la empresa RANDA S.R.L., el cual consta de 19 cláusulas y 4 anexos.

Artículo 4.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir, en representación del Estado, el Contrato de Concesión Nº 577-2022, cuyo texto se encuentra aprobado en el artículo que antecede, así como la Escritura Pública correspondiente.

Artículo 5.- Insertar el texto de la presente Resolución Ministerial en la Escritura Pública que dé origen al Contrato de Concesión Nº 577-2022, referido en el artículo 3 de la presente Resolución, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM.

Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial por una sola vez en el diario oficial “El Peruano”, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición, por cuenta de la empresa RANDA S.R.L., de acuerdo a lo previsto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALESSANDRA G. HERRERA JARA

Ministra de Energía y Minas

2096119-1