ley nº 31555
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE DECLARA DE INTERÉS
NACIONAL LA CREACIÓN, CONSTRUCCIÓN E IMPLEMENTACIÓN DEL PARQUE CIENTÍFICO-TECNOLÓGICO DE PIURA,
EN EL DEPARTAMENTO DE PIURA
Artículo único. Declaratoria de interés nacional
Se declara de interés nacional la creación, construcción e implementación del Parque Científico-Tecnológico de Piura, ubicado en el departamento de Piura, bajo la administración del Gobierno Regional de Piura, con la finalidad de fortalecer la investigación, la innovación, el desarrollo tecnológico, el capital humano en investigación, la transferencia tecnológica, el aprovechamiento de las tecnologías emergentes, así como de mejorar la productividad y competitividad empresarial, y dar valor agregado a los recursos naturales y productos del departamento de Piura.
Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.
En Lima, a los veinte días del mes de julio de dos mil veintidós.
LADY MERCEDES CAMONES SORIANO
Primera Vicepresidenta encargada de la
Presidencia del Congreso de la República
ENRIQUE WONG PUJADA
Segundo Vicepresidente del Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce días del mes de agosto del año dos mil veintidós.
JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES
Presidente de la República
ANÍBAL TORRES VÁSQUEZ
Presidente del Consejo de Ministros
2095516-1