ley nº 31555

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE DECLARA DE INTERÉS

NACIONAL LA CREACIÓN, CONSTRUCCIÓN E IMPLEMENTACIÓN DEL PARQUE CIENTÍFICO-TECNOLÓGICO DE PIURA,

EN EL DEPARTAMENTO DE PIURA

Artículo único. Declaratoria de interés nacional

Se declara de interés nacional la creación, construcción e implementación del Parque Científico-Tecnológico de Piura, ubicado en el departamento de Piura, bajo la administración del Gobierno Regional de Piura, con la finalidad de fortalecer la investigación, la innovación, el desarrollo tecnológico, el capital humano en investigación, la transferencia tecnológica, el aprovechamiento de las tecnologías emergentes, así como de mejorar la productividad y competitividad empresarial, y dar valor agregado a los recursos naturales y productos del departamento de Piura.

Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los veinte días del mes de julio de dos mil veintidós.

LADY MERCEDES CAMONES SORIANO

Primera Vicepresidenta encargada de la

Presidencia del Congreso de la República

ENRIQUE WONG PUJADA

Segundo Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce días del mes de agosto del año dos mil veintidós.

JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES

Presidente de la República

ANÍBAL TORRES VÁSQUEZ

Presidente del Consejo de Ministros

2095516-1