Aprueban texto de minuta y autorizan al Director General de Electricidad a suscribir la Segunda Modificación al Contrato de Concesión N° 549-2020

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 296-2022-MINEM/DM

Lima,11 de agosto de 2022

VISTOS: El Expediente Nº 14391219 sobre la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica otorgada a favor de CSF CONTINUA MISTI S.A.C. (en adelante, CSF MISTI); la solicitud presentada con documento con registro Nº 3136665 por CSF MISTI; los Informes Nº 163-2022-MINEM/DGE-DCE y Nº 383-2022-MINEM/DGE-DCE de la Dirección General de Electricidad; los Informes Nº 0382-2022-MINEM/OGAJ y Nº 0703-2022-MINEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 245-2020-MINEM/DM publicada en el diario oficial “El Peruano” con fecha 05 de setiembre de 2020, se otorga a favor de CSF MISTI la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Misti – S.E. San José y S.E. Misti (en adelante, la CONCESIÓN), y se aprueba el Contrato de Concesión Nº 549-2020, el cual consta de 19 cláusulas y 4 anexos (en adelante, el CONTRATO);

Que, con fecha 19 de setiembre de 2020, CSF MISTI y la Dirección General de Electricidad (en adelante, DGE) suscribieron el CONTRATO, a efectos de desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Misti – S.E. San José y S.E. Misti;

Que, mediante documento con registro Nº 3136665 de fecha 12 de abril de 2021, CSF MISTI solicita realizar la rectificación de la redacción de la Cláusula Décimo Sexta del CONTRATO, a fin de incluir la mención del Anexo Nº 4, considerando que existe un error material e involuntario en la redacción del mismo, relacionado a la omisión del citado anexo;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 008-2022-MINEM/DM publicada en el diario oficial “El Peruano” con fecha 12 de enero de 2022, se aprueba la primera modificación de la CONCESIÓN y el CONTRATO, a fin de establecer como nuevas fechas de inicio de obra y Puesta en Operación Comercial el 3 de diciembre de 2021 y 14 de octubre de 2022, respectivamente;

Que, CSF MISTI manifiesta que, durante el proceso de inscripción del CONTRATO en el Registro de Concesiones para la Explotación de Servicios Públicos, la Superintendencia Nacional de Registros Públicos, emite la Esquela de Observación de fecha 24 de marzo de 2021, a través de la cual da cuenta de la omisión referida en el considerando anterior;

Que, en los Informes de Vistos, la Dirección General de Electricidad y la Oficina General de Asesoría Jurídica, de acuerdo a sus competencias, recomiendan aceptar el pedido de CSF MISTI y rectificar la redacción de la Cláusula Décimo Sexta del CONTRATO, con la finalidad de incluir la mención del Anexo Nº 4, el cual forma parte del CONTRATO, por lo que corresponde suscribir la respectiva adenda, la misma que deberá ser elevada a Escritura Pública, incorporando el texto de la presente Resolución e inscribirla en el Registro de Concesiones para la explotación de servicios públicos del Registro de Propiedad Inmueble, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 7 y 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones eléctricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas; el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, que aprueba el Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; y, el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el texto de la minuta de la Segunda Modificación al Contrato de Concesión Nº 549-2020, a fin de rectificar la redacción de la Cláusula Décimo Sexta, por las razones y fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir, en representación del Estado, la Segunda Modificación al Contrato de Concesión Nº 549-2020, aprobada en el artículo precedente, y la Escritura Pública correspondiente.

Artículo 3.- Insertar el texto de la presente Resolución Ministerial en la Escritura Pública que origine la Segunda Modificación al Contrato de Concesión Nº 549-2020, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-93-EM.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial, por una sola vez, en el diario oficial “El Peruano”, por cuenta de la empresa CSF CONTINUA MISTI S.A.C., de acuerdo a lo previsto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALESSANDRA G. HERRERA JARA

Ministra de Energía y Minas

2095230-1