Autorizan viaje de personal militar de la Escuela Superior Conjunta de las Fuerzas Armadas a Colombia, en comisión de servicios
Resolución Ministerial
Nº 0729-2022-DE
Lima, 4 de agosto de 2022
VISTOS:
El Oficio Nº 00530-2022-MINDEF/VPD-DIGEDOC-ESCOFFAA de la Dirección de la Escuela Superior Conjunta de las Fuerzas Armadas; el Oficio Nº 03143-2022-MINDEF/VPD-DIGEDOC de la Dirección General de Educación y Doctrina, el Oficio Nº 01187-2022-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal Nº 01207-2022-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Oficio Nº 021/MDN-CGFM-JEMC-DASIN-AGREMIL-PERU.59.1, el Agregado Militar de Colombia ante la República del Perú remite a la Dirección de la Escuela Superior Conjunta de las Fuerzas Armadas del Perú (ESCOFFAA) el Radicado 0122002429102 de la Jefatura de Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Militares de la República de Colombia, sobre la viabilidad de recibir la visita de cuatro (4) Oficiales Superiores de dicha Escuela Superior;
Que, a través del Informe Técnico Nº 002-2022-MINDEF/VPD/ ESCOFFAA/ECSG/GTL, la Dirección de la Escuela Superior Conjunta de las Fuerzas Armadas informa a la Dirección General de Educación y Doctrina que, en el marco de las rondas de conversaciones entre los altos mandos de Perú y Colombia, se estudió la posibilidad de que una Comisión de Trabajo de la ESCOFFAA pueda concurrir a la Escuela Superior de Guerra de las FFAA de Colombia “General Rafael Reyes Prieto”, para recibir diferente información, la posibilidad de articular un ejercicio operativo combinado, bajo la modalidad virtual y sincrónica, sobre uno de los roles de asignación común para ambos países; asimismo, recomienda se autorice el citado viaje al exterior de personal militar de la Escuela Superior Conjunta de las Fuerzas Armadas, en comisión de servicio, por encontrarse conforme a los objetivos institucionales, lo cual permitirá fortalecer las medidas de confianza mutua y cooperación entre los países de Colombia y Perú en materia de defensa, así como los lazos de cooperación existente entre ambas fuerzas armadas, además de reforzar otros aspectos de interés para las partes;
Que, con Oficio Nº 01187-2022-MINDEF/VPD-DIGRIN e Informe Técnico Nº 234-2022- MINDEF/VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales recomienda autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal militar de la Escuela Superior Conjunta de las Fuerzas Armadas, para que efectúen una visita a la Escuela Superior de Guerra “General Rafael Reyes Prieto, en la ciudad de Bogotá, República de Colombia;
Que, mediante Oficio Nº 069/MDN-CGFM-JEMC-DASIN-AGREMIL-PERU. 59.1, el Agregado Militar de Colombia ante la República del Perú remite a la Dirección de la Escuela Superior Conjunta de las Fuerzas Armadas del Perú (ESCOFFAA) el Radicado 110064/MDN-COGFM-JEMCO-ESDEG-SBESG-VPROI-DEINT del Director de la Escuela Superior de Guerra “General Rafael Reyes Prieto” de la República de Colombia, a través del cual confirma e informa que considera viable la visita de la delegación de la Escuela Superior Conjunta de las Fuerzas Armadas del Perú, del 15 al 18 de agosto de 2022;
Que, con Oficio Nº 00530-2022-MINDEF/VPD-DIGEDOC-ESCOFFAA, la Dirección de la Escuela Superior Conjunta de las Fuerzas Armadas solicita se autorice el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal militar de la Escuela Superior Conjunta de las Fuerzas Armadas, para que realicen una visita a la Escuela Superior de Guerra “General Rafael Reyes Prieto”, en el lugar y fechas programadas;
Que, con Oficio Nº 03143-2022-MINDEF/VPD-DIGEDOC, la Dirección General de Educación y Doctrina remite la documentación pertinente para la tramitación de la autorización del viaje, en comisión de servicio, del personal militar de la Escuela Superior Conjunta de las Fuerzas Armadas, para que realicen una visita a la Escuela Superior de Guerra “General Rafael Reyes Prieto”, en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 15 al 18 de agosto de 2022; así como, autorizar su salida del país el 14 de agosto y el retorno el 19 de agosto de 2022;
Que, con la Hoja de Gastos, suscrita por la Dirección de la Escuela Superior Conjunta de las Fuerzas Armadas, se precisa que los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales y viáticos se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2022 de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Defensa - Administración General, conforme a lo establecido en el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y en el artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG;
Que, las Certificaciones de Crédito Presupuestario Nº 0000000811 y Nº 0000000851 emitidas por el Director de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Defensa garantizan el financiamiento del citado viaje al exterior;
Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación oportuna del personal designado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación, así como su retorno un (1) día después del término de la misma, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público;
Que, mediante el Informe Legal Nº 01207-2022-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el viaje al exterior del personal militar de la Escuela Superior Conjunta de las Fuerzas Armadas, en comisión de servicio, para que realicen una visita a la Escuela Superior de Guerra “General Rafael Reyes Prieto”, en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Secretaría General; de la Dirección General de Educación y Doctrina; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal militar de la Escuela Superior Conjunta de las Fuerzas Armadas que se detalla a continuación, para que participen en una visita a la Escuela Superior de Guerra “General Rafael Reyes Prieto”, en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 15 al 18 de agosto de 2022; así como, autorizar su salida del país el 14 de agosto y el retorno el 19 de agosto de 2022,
Crl EP José Alberto Mauricio Girón (DNI 02636975)
Crl EP Rommel Enrique Belloso Morante (DNI 43719271)
Tte Crl EP Gino Raúl Fuentes Morante (DNI 09854052)
C de F MGP Martin Alberto Alva Ramis (DNI 10268782)
Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Administración General, efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2022, de acuerdo a los siguientes conceptos:
Pasajes aéreos: Lima -Bogotá (República de Colombia) -
Lima
US$ 800.57 x 4 personas (incluye importe TUUA) US$ 3,202.28
Viáticos:
US$ 370.00 x 4 personas x 4 días US$ 5,920.00
Total a pagar: US$ 9,122.28
Artículo 3.- El personal autorizado comisionado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria.
Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
José Luis Gavidia Arrascue
Ministro de Defensa
2092918-1