LEY Nº 31545

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE DECLARA DE INTERÉS

NACIONAL Y NECESIDAD PÚBLICA

LA CREACIÓN, CONSTRUCCIÓN E IMPLEMENTACIÓN DEL HOSPITAL DE

CATEGORÍA III-1 DENOMINADO

MIGUEL GRAU SEMINARIO, EN EL

DISTRITO DE PIURA, PROVINCIA

Y DEPARTAMENTO DE PIURA

Artículo 1. Objeto de la Ley

Declárase de interés nacional y necesidad pública la creación, construcción e implementación del Hospital de categoría III-1 denominado Miguel Grau Seminario, en el distrito de Piura, provincia y departamento de Piura.

Artículo 2. Acciones del Ministerio de Salud y del Gobierno Regional

El Ministerio de Salud y el Gobierno Regional de Piura, en el marco de sus competencias y funciones, realizan acciones pertinentes para el cumplimiento de la presente ley.

Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los catorce días del mes de julio de dos mil veintidós.

MARÍA DEL CARMEN ALVA PRIETO

Presidenta del Congreso de la República

LADY MERCEDES CAMONES SORIANO

Primera Vicepresidenta del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del mes de agosto del año dos mil veintidós.

JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES

Presidente de la República

ANÍBAL TORRES VÁSQUEZ

Presidente del Consejo de Ministros

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