LEY Nº 31545
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE DECLARA DE INTERÉS
NACIONAL Y NECESIDAD PÚBLICA
LA CREACIÓN, CONSTRUCCIÓN E IMPLEMENTACIÓN DEL HOSPITAL DE
CATEGORÍA III-1 DENOMINADO
MIGUEL GRAU SEMINARIO, EN EL
DISTRITO DE PIURA, PROVINCIA
Y DEPARTAMENTO DE PIURA
Artículo 1. Objeto de la Ley
Declárase de interés nacional y necesidad pública la creación, construcción e implementación del Hospital de categoría III-1 denominado Miguel Grau Seminario, en el distrito de Piura, provincia y departamento de Piura.
Artículo 2. Acciones del Ministerio de Salud y del Gobierno Regional
El Ministerio de Salud y el Gobierno Regional de Piura, en el marco de sus competencias y funciones, realizan acciones pertinentes para el cumplimiento de la presente ley.
Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.
En Lima, a los catorce días del mes de julio de dos mil veintidós.
MARÍA DEL CARMEN ALVA PRIETO
Presidenta del Congreso de la República
LADY MERCEDES CAMONES SORIANO
Primera Vicepresidenta del Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del mes de agosto del año dos mil veintidós.
JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES
Presidente de la República
ANÍBAL TORRES VÁSQUEZ
Presidente del Consejo de Ministros
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