Autorizan viaje de docente de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco para participar en evento a realizarse en España

UNIVERSIDAD NACIONAL DE

SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO

SECRETARÍA GENERAL

RESOLUCIÓN Nº CU-163-2022-UNSAAC

Cusco, 13 de julio de 2022

EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO:

VISTO, el Oficio Virtual Nº 496-2022-VRIN-UNSAAC, signado con el Expediente Nº 417650, presentado por el DR. LEONCIO ROBERTO ACURIO CANAL, Vicerrector de Investigación de la Institución, solicitando Licencia Oficializada, pasajes y viáticos para estancia de carácter internacional en Madrid – España a la Mgt. Yeshica Isela Ormeño Ayala responsable del proyecto de investigación “APLICACIÓN DE LA INGENIERÍA DE REQUISITOS A LOS PROYECTO DE INVESTIGACIÓN DE LA UNSAAC EN DESARROLLO SOFTWARE Y USO DE TICS”; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Oficio Nº 002-2022-AINGREQ-UNSAAC la Docente Mgt. Yeshica Isela Ormeño del Departamento Académico de Ingeniería Informática, de la Facultad de Ingeniería Eléctrica, Electrónica, Informática y Mecánica de la UNSAAC, solicita Licencia Oficializada, pasajes y viáticos para estancia de carácter internacional en Madrid – España para llevar a cabo actividades planificadas en torno al proyecto de investigación previsto en el Plan Operativo del Proyecto 016-2018-FONDECYT-DE: “APLICACIÓN DE LA INGENIERÍA DE REQUISITOS A LOS PROYECTO DE INVESTIGACIÓN DE LA UNSAAC EN DESARROLLO SOFTWARE Y USO DE TICS” desde el 29 de agosto al 26 de setiembre del año 2022;

Que, mediante Contrato Nº 021-2018-UNSAAC celebrado por FONDECYT y la Universidad Nacional San Antonio Abad del Cusco, precisa que con Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 016-2018-FONDECYT-DE de fecha 02 de febrero 2018 la UNSAAC resultó beneficiaria del financiamiento de la Convocatoria del Esquema Financiero E041-2017-UNSAAC-02 denominado “Proyectos de Investigación”;

Que, con Resolución Nº R-0395-2018-UNSAAC de fecha 21 de marzo de 2018 se aprueba el presupuesto en la suma de S/. 300,000.00 (Trescientos mil con 00/100 soles) para ejecución de gastos del Proyecto de Investigación Tipo Aplicada Intermedio titulado: “APLICACIÓN DE LA INGENIERÍA DE REQUISITOS A LOS PROYECTO DE INVESTIGACIÓN DE LA UNSAAC EN DESARROLLO SOFTWARE Y USO DE TICS” bajo la responsabilidad de la Mgt. Yeshica Isela Ormeño;

Que, mediante Resolución Nº R-114-2022-UNSAAC de fecha 21 de febrero de 2022 se amplía el plazo de los Esquemas Financieros 20117-1 y 2017-2, Proyectos de Investigación y Tesis de Pre y Posgrado en el Maco del Convenio Específico CONCYTEC-UNSAAC-FONDECYT de las Convocatorias 2017-1 y 2017-2, a partir del día siguiente de la emisión de la presente resolución conforme a los plazos establecidos en el referido cuadro de manera definitiva, a favor de los referidos Esquemas Financieros y con las acciones administrativas del caso de los responsables docentes y estudiantes;

Que, a la fecha en lo concerniente a la ejecución de gasto público, está vigente la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; especialmente la Ley que regula viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos Nº 27619, Reglamentado por el D.S. Nº 047-2002-PCM, de fecha 05 de junio de 2002; Normas Legales que establecen procedimientos rigurosos para dichos fines;

Que, al respecto el Art. 1º de la Ley 27619, ordena expresamente que los viajes al exterior de servidores de las Universidades Públicas, se autorizan mediante Resolución de la más alta autoridad; asimismo el Art. 3 de la referida Ley señala que las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje;

Que, conforme a lo señalado la Jefe de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, expide la Certificación de Crédito Presupuestario Nota Nº 01596 indicando la afectación presupuestal para atender lo solicitado, conforme aparece en el Anexo que forma parte de la presente resolución.

Que, la petición formulada ha sido puesta a consideración del Consejo Universitario, en Sesión Ordinaria Virtual efectuada el día miércoles 06 de julio de 2022, siendo aprobada por unanimidad;

Estando a lo solicitado; Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, Ley 27619, D.S. 047-2002-PCM, Resolución R-0395-2018-UNSAAC, Resolución Nº R-114-2022-UNSAAC, Certificación de Crédito Presupuestario Nota Nº 01596 y en uso de las atribuciones conferidas a este Consejo Universitario por la Ley y Estatuto Universitario;

RESUELVE:

Primero.- AUTORIZAR la Licencia, pasajes y viáticos para estancia de carácter internacional en Madrid – España a la Docente MGT. YESHICA ISELA ORMEÑO AYALA del Departamento Académico de Ingeniería Informática, de la Facultad de Ingeniería Eléctrica, Electrónica, Informática y Mecánica de la UNSAAC, responsable del proyecto de investigación “APLICACIÓN DE LA INGENIERÍA DE REQUISITOS A LOS PROYECTO DE INVESTIGACIÓN DE LA UNSAAC EN DESARROLLO SOFTWARE Y USO DE TICS” desde el 29 de agosto al 26 de setiembre del año 2022 quien se constituirá en la ciudad de Madrid-España, en mérito a los fundamentos señalados en la parte considerativa de la presente resolución.

Segundo.- AUTORIZAR a la Dirección General de Administración, otorgue a favor de la citada docente:

- Pasaje aéreo ida: Cusco-Lima-Madrid Valencia (España) en fecha 29 de agosto.

- Pasaje aéreo ida: Madrid Valencia (España)-Lima-Cusco en fecha 25 de setiembre.

- Viáticos internacionales (por el monto de S/. 12,012.00)

- Seguro de vida (por el monto de S/. 300.00)

Tercero.- EL EGRESO que se origine por aplicación de la presente Resolución se atenderá con cargo a la Certificación de Crédito Presupuestario Nota Nº 01596, de acuerdo al anexo que forma parte de la presente resolución.

Cuarto.- DISPONER, que la Unidad de Logística de la Dirección General de Administración, proceda a la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, de conformidad con lo establecido en el Art. 3º de la Ley 27619.

Quinto.- DEJAR ESTABLECIDA la obligación de la Decana, de presentar ante la Dirección General de Administración, el Formato Nº 1 Declaración de Compromiso; asimismo está en la obligación de presentar la rendición de cuenta documentada con los comprobantes de pago que constituyen la sustentación del gasto (Facturas, Boletas de Venta y/o Electrónica, Tickets, Boletos de Viaje y Declaración de Gastos realizados solamente por movilidad local y otros gastos diversos en el lugar de Comisión de Servicio e hasta por el 30 % del monto total y el 70% deberá de sustentarse con alimentación y alojamiento (caso de no adjuntar gastos de alojamiento se tomara hasta un 40% en alimentación), debidamente girados a nombre de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco-UNSAAC, por concepto de ALIMENTACIÓN, ALOJAMIENTO Y/O MOVILIDAD LOCAL; rendición de cuentas que debe ser presentada en el plazo máximo de diez (10) días hábiles, computados desde su retorno a la ciudad del Cusco, perdiendo el derecho luego del citado periodo, el Formato 3 deberá ser remitido de manera virtual al Correo Electrónico Institucional área.integracioncontable@unsaac.edu.pe el mismo día de la presentación de la documentación física, con tenor “Rendición de Cuentas, Resolución Nº, Nombre del Beneficiario, Formatos Nºs. 02, 03 y 04 aprobados con Resolución Nº CU-309-2020-UNSAAC de fecha 10 de setiembre de 2020 proporcionados por el Área de Tesorería de la Dirección General de Administración; igualmente presentará ante el Área de Escalafón copia del certificado correspondiente, asimismo informe ante el Decanato de Facultad, Vicerrectorado de Investigación y Despacho Rectoral, respectivamente.

Sexto.- DISPONER que al vencimiento del plazo establecido, la Dirección General de Administración, deberá comunicar el incumplimiento a la Unidad de Talento Humano, para la correspondiente retención en Planilla Única de Pagos y demás acciones contempladas en el Numeral 7.1.6.3 de la DIRECTIVA PARA AUTORIZACIÓN DE VIAJES Y OTORGAMIENTO DE VIÁTICOS POR COMISIÓN DE SERVICIO DENTRO Y FUERA DEL PAÍS de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, aprobada por Resolución Nº CU-309-2020-UNSAAC.

El Vicerrectorado de Investigación y la Dirección General de Administración adoptarán las medidas complementarias del caso, para el cumplimiento de la presente resolución.

Regístrese, comuníquese y archívese.

ELEAZAR CRUCINTA UGARTE

Rector

M. MYLUSKA VILLAGARCIA ZERECEDA

Secretaria General (e)

2091194-1