Aprueban el Factor de Recargo del Fondo de Compensación Social Eléctrica aplicable a los cargos tarifarios de los usuarios del servicio público de electricidad de los sistemas interconectados a que se refiere el Artículo 2 de la Ley N° 27510, y dictan otras disposiciones

RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN

EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN

N° 155-2022-OS/CD

Lima, 26 de julio de 2022

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley N° 27510, se creó el Fondo de Compensación Social Eléctrica (en adelante FOSE), a efectos de favorecer el acceso y permanencia del servicio eléctrico a usuarios residenciales, de la opción tarifaria BT5, cuyo consumo mensual sea menor a 100 kW.h mes;

Que, la Ley N° 28307, Ley que modifica y amplía los factores de reducción tarifaria de la Ley N° 27510, otorga vigencia indefinida al FOSE y sustituye la Tabla contenida en el Artículo 3 de la Ley N° 27510, determinando así una ampliación del universo de beneficiarios del FOSE;

Que, la Ley N° 30319, Ley que amplía y modifica los factores de reducción tarifaria de la Ley N° 27510, adecuó los parámetros de aplicación del FOSE para los usuarios de los Sistemas Eléctricos Urbano-Rural y Rural de los Sectores Típicos 3 y 4;

Que, a partir del año 2023, de acuerdo con la Ley N° 31429, publicada en el diario oficial El Peruano el día 26 de febrero de 2022, el rango de beneficiados se amplía hasta 140 kW.h mes y para el financiamiento se incorpora a los usuarios libres. Asimismo, la nueva norma establece criterios de exclusión de usuarios del beneficio del FOSE, como la ubicación del punto de entrega del suministro, pues si este se encuentra en zonas calificadas como estrato alto y medio alto, no podrían acogerse a este beneficio, lo cual también será aplicable a partir de la fecha indicada;

Que, con Resolución Osinergmin N° 2123-2001-OS/CD, se aprobó la norma denominada “Procedimientos de Aplicación del FOSE”, en la cual se definen los criterios y procedimientos para la administración y aplicación del FOSE, habiéndose aprobado el Texto Único Ordenado de la referida norma, mediante la Resolución Osinergmin N° 689-2007-OS/CD;

Que, de conformidad con lo expuesto en el Artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Norma Procedimiento de Aplicación del FOSE, Osinergmin trimestralmente fija el recargo que se aplica en la facturación en los cargos tarifarios de potencia, energía y cargo fijo de los usuarios del servicio público de electricidad a que se refiere el Artículo 2 de la Ley N° 27510;

Que, con Resolución Osinergmin N° 075-2022-OS/CD, se aprobó el factor de recargo del FOSE y el Programa Trimestral de Transferencias Externas correspondientes al periodo del 1 de mayo de 2022 al 3 de agosto de 2022, siendo por tanto necesaria la fijación del factor de recargo del FOSE y el Programa de Transferencias Externas para el trimestre siguiente;

Que, se ha considerado para el cálculo del factor de recargo del FOSE, la información de los sistemas fotovoltaicos, de conformidad con el numeral 16.2 del Artículo 16 del Reglamento para la Promoción de la Inversión Eléctrica en Áreas No Conectadas a Red, aprobado por Decreto Supremo N° 020-2013-EM, así como lo dispuesto por el numeral 1 del Artículo 4 de la Resolución Osinergmin N° 122-2018-OS/CD, según el cual las empresas operadoras de sistemas fotovoltaicos para la atención de suministros de energía eléctrica, a efectos de la aplicación y uso del FOSE, deberán seguir los criterios y procedimientos dispuestos por el Texto Único Ordenado de la Norma Procedimiento de Aplicación del Fondo de Compensación Social Eléctrica;

Que, la vigencia del factor de recargo del FOSE y el Programa de Transferencias Externas que se establece mediante la presente resolución corresponde al periodo comprendido del 4 de agosto de 2022 al 31 de octubre de 2022, toda vez que el 4 de agosto de 2022 se producirá la actualización de las tarifas eléctricas, por lo que a efectos de evitar recálculos continuos y de conformidad con el principio de simplicidad, previsto en el numeral 1.13 del artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, en virtud del cual se deben eliminar complejidades innecesarias, resulta conveniente en esta oportunidad que el factor del recargo del FOSE y el programa de transferencias externas tengan vigencia a partir del día de actualización, es decir, el día 4 de agosto de 2022;

Que, se ha emitido el Informe Técnico N° 460-2022-GRT y el Informe Legal N° 459-2022-GRT de la División de Distribución Eléctrica y de la Asesoría Legal de la Gerencia de Regulación de Tarifas de Osinergmin, respectivamente. Los mencionados informes complementan la motivación que sustenta la decisión del Consejo Directivo Osinergmin, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos;

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, en la Ley N° 27510 que creó el Fondo de Compensación Social Eléctrica, en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, y en la Ley N° 30468, Ley que crea el Mecanismo de Compensación de la Tarifa Eléctrica Residencial y en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; así como en sus normas modificatorias y complementarias.

Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesión N° 25-2022, de fecha 26 de julio de 2022.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobación del Factor de Recargo

Aprobar en 1,049 el Factor de Recargo del Fondo de Compensación Social Eléctrica aplicable a los cargos tarifarios de los usuarios del servicio público de electricidad de los sistemas interconectados a que se refiere el Artículo 2 de la Ley N° 27510, aplicable en la facturación del periodo del 4 de agosto de 2022 al 31 de octubre de 2022.

Artículo 2.- Aprobación del Programa de Transferencia

Aprobar el Programa Trimestral de Transferencias Externas correspondiente al periodo del 4 de agosto de 2022 al 31 de octubre de 2022, de acuerdo a los siguientes cuadros:

Programa de Transferencias Externas

(En Soles)

Empresas Aportantes

Enel Distribución

Luz del Sur

 

 

Fecha Límite de

15/09/2022

15/10/2022

15/11/2022

15/09/2022

15/10/2022

15/11/2022

Transferencia

 

 

 

 

 

 

Receptoras

Adinelsa

296 637

296 520

296 401

380 730

381 038

381 347

 

Chavimochic

3 574

3 612

3 650

4 587

4 642

4 697

 

Edelsa

24 191

24 197

24 204

31 048

31 094

31 140

 

Egepsa

7 616

7 599

7 583

9 776

9 766

9 757

 

Electro Oriente

1 034 818

1 033 047

1 031 270

1 328 174

1 327 502

1 326 823

 

Electro Pangoa

19 678

19 819

19 961

25 256

25 468

25 681

 

Electro Puno

727 451

726 447

725 439

933 672

933 509

933 343

 

Electro Sur Este

748 118

745 859

743 597

960 199

958 455

956 705

 

Electro Tocache

265 201

265 273

265 346

340 381

340 886

341 392

 

Electrocentro

463 672

457 245

450 808

595 117

587 575

580 005

 

Electronoroeste

222 670

224 498

226 330

285 793

288 488

291 194

 

Electronorte

125 389

124 834

124 278

160 935

160 415

159 894

 

Emseusa

16 600

16 514

16 427

21 306

21 221

21 135

 

Hidrandina

190 202

189 196

188 190

244 121

243 123

242 123

 

Sersa

3 698

3 683

3 667

4 747

4 733

4 719

 

Acciona.org Perú

195 912

195 758

195 598

251 450

251 555

251 654

 

Eilhicha

24 924

24 913

24 902

31 990

32 014

32 039

 

Esempat

5 189

5 195

5 201

6 659

6 675

6 692

 

Entelin

188 879

188 863

188 846

242 424

242 695

242 968

 

Fideicomiso Fotovoltaico Minem-Ergon

4 079 832

4 077 065

4 074 289

5 236 404

5 239 171

5 241 947

 

Tre Perú

145 343

145 244

145 145

186 545

186 644

186 743

Empresas Aportantes

 

Coelvisac

 

Electro Dunas

Fecha Límite de

15/09/2022

15/10/2022

15/11/2022

15/09/2022

15/10/2022

15/11/2022

Transferencia

 

 

 

 

 

 

Empresas

Electrocentro

142 158

142 427

142 695

562 722

563 951

565 183

Receptoras

 

 

 

 

 

 

 

Empresas Aportantes

Empresas Aportantes

Electro Ucayali

Electrosur

Fecha Límite de

15/09/2022

15/10/2022

15/11/2022

15/09/2022

15/10/2022

15/11/2022

Transferencia

 

 

 

 

 

 

Empresas

Electrocentro

440 425

444 558

448 706

82 388

83 077

83 765

Receptoras

 

 

 

 

 

 

 

Empresas Aportantes

 

Seal

 

Fecha Límite de

15/09/2022

15/10/2022

15/11/2022

Transferencia

 

 

 

Empresas

Electrocentro

317 550

320 253

322 960

Receptoras

 

 

 

 

Artículo 3.- Publicación de la Resolución

Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en el Portal Institucional de Osinergmin: https://www.osinergmin.gob.pe/Resoluciones/Resoluciones-GRT-2022.aspx, conjuntamente con el Informe Técnico N° 460-2022-GRT y el Informe Legal N° 459-2022-GRT, que forman parte integrante de esta resolución.

Omar Chambergo Rodríguez

Presidente del Consejo Directivo

Osinergmin

2090457-1