Ordenanza que modifica el Plano de Zonificación del distrito de San Juan de Lurigancho aprobado por Ordenanza N° 1081
ORDENANZA N° 2487 -2022
Lima, 20 de julio de 2022
EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA
POR CUANTO:
El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha;
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, de acuerdo con lo indicado en los numerales 1.1 y 1.2 del artículo 79 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, son funciones exclusivas de las municipalidades provinciales, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo: Aprobar el Plan de Acondicionamiento Territorial de nivel provincial, que identifique las áreas urbanas y de expansión urbana, así como las áreas de protección o de seguridad por riesgos naturales; las áreas agrícolas y las áreas de conservación ambiental; y aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zonificación de áreas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás planes específicos de acuerdo con el Plan de Acondicionamiento Territorial;
Que, mediante Ordenanza N° 1862, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 28 de diciembre de 2014, se regula el Proceso de Planificación del Desarrollo Territorial Urbano del Área Metropolitana de Lima;
Que, mediante Ordenanza N° 2086, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 13 de abril de 2018, se regula el Cambio de Zonificación de Lima Metropolitana y deroga la Ordenanza N° 1911;
Que, con Ordenanza N° 1081, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 07 de octubre de 2007, se aprueba el Reajuste Integral de la Zonificación de los Usos del Suelo de un Sector del distrito de San Juan de Lurigancho conformante del Área de Tratamiento Normativo I de Lima Metropolitana;
Que, con Expediente N° 2021-00176103, de fecha 16 de diciembre de 2021, la Clínica Nuevo San Juan SAC, con RUC N° 20508790971, representada por la señora Sara Elena Rosado Silva con DNI N° 06598492, solicita el Cambio de Zonificación de Comercio Vecinal (CV) y Comercio Zonal (CZ) a Hospital General Clínica (H3), de un área de 1,600.00 m², constituido por el Lote 06, 07, 08 de la Manzana G, ubicados con frente al Jirón Los Zafiros (antes Calle A) y el Lote Acumulado 09, 10,11,20 y 21, de la Manzana G, con frente a la Av. Próceres de Independencia, de la Urbanización Las Flores 78, del distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, inscrito en las Partidas N° 43038699, N° 43051431, N° 43038702 y N° 12775725, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza N° 2086, norma que regula el cambio de zonificación en Lima Metropolitana y deroga la Ordenanza N° 1911;
Que, la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Oficio N° D000097-2022-MML-GDU-SPHU de fecha 25 de febrero de 2022, solicitó a la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, que en uso de sus competencias aplique la consulta vecinal y emita la opinión técnica correspondiente, dentro del plazo de 30 días. Y, mediante D.S. N° 2022-0055161 de fecha 06 de abril de 2022 y el D.S N° 2022-0079732 de fecha 20 de mayo de 2022, la Municipalidad de San Juan de Lurigancho solicitó ampliación de plazo y mediante Oficio N° D000177-2022-MML-GDU-SPHU de fecha 11 de abril de 2022 y Oficio N° D000241-2022-MML-GDU-SPHU de fecha 25 de mayo de 2022, se otorgó lo solicitado. A la fecha, la Corporación Distrital de San Juan de Lurigancho no ha emitido respuesta alguna;
Que, la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Metropolitana de Lima, mediante Oficio N° D000096-2022-MML-GDU-SPHU de fecha 25 de febrero de 2022, solicitó al Instituto Metropolitano de Planificación-IMP emitir opinión técnica sobre la propuesta presentada por la Clínica Nuevo San Juan SAC, con RUC N° 20508790971, representada por la señora Sara Elena Rosado Silva y mediante Oficio N° 1059-22-MML-IMP-DE de fecha 22 de junio de 2022, remite el Informe CEZ N° 0034-2022-MML-IMP-DE/DGPT de fecha 22 de junio de 2022, mediante el cual emite opinión favorable al Cambio de Zonificación Comercio Vecinal (CV) y Comercio Zonal (CZ) a Hospital General - Clínica (H3), indicando que la solicitud se hace para complementar los servicios que actualmente viene prestando a la población del distrito de San Juan de Lurigancho, tales como atención de urgencias hospitalarias. El Reglamento Nacional de Edificaciones en la Norma A.050, señala que toda obra de carácter hospitalario o establecimiento para la salud, se ubicara en los lugares que expresamente lo señalan los Planes de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano. De acuerdo al Plan Urbano al 2040 se ha detectado el déficit de Equipamiento de Salud existente en el distrito de San Juan de Lurigancho y específicamente en el sector de la solicitud. El Plan de Desarrollo Metropolitano al 2040, propone la localización de Equipamientos en Lima Metropolitana en cada una de las Áreas Interdistritales Metropolitanas y la estrategia de fortalecimiento o impulso de centralidades, conectada a través del Sistema de Modalidad Urbana con un radio que implica tener “ciudad atendida a una distancia no mayor de 15 minutos, es decir en un radio de impacto de 2.5 km de distancia y propone para el distrito de San juan de Lurigancho;
Que, a través del Informe Nº D000326-2022-MML-GDU-SPHU-DP de fecha 27 de junio de 2022 de la División de Planeamiento de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Gerencia de Desarrollo Urbano, concluyó entre otros que el Cambio de Zonificación solicitado, de Comercio Vecinal (CV) y Comercio Zonal (CZ) a Hospital General Clínica (H3), de un área de 1,600.00 m², constituido por el Lote 06, 07, 08 de la Manzana G, ubicados con frente al Jirón Los Zafiros (antes Calle A) y el Lote Acumulado 09,10,11,20 y 21, de la Manzana G, con frente a la Av. Próceres de Independencia, de la Urbanización Las Flores 78, del distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, solicitado por la Clínica Nuevo San Juan SAC, con RUC N° 20508790971, representada por la señora Sara Elena Rosado Silva con DNI N° 06598492, tiene opinión Favorable, por cuanto el uso propuesto, es concordante con la visión y objetivo de desarrollo del distrito, según el PDLC (2017-2021) donde se propone “Mejorar la calidad de los servicios públicos a favor de la población”, mediante su Acción Estratégica de “Promover la incorporación de nuevas tecnologías y alternativas de atención en salud”. Asimismo, la propuesta a H3 permitirá ampliar y mejorar los servicios de salud en un sector que carece de este tipo de equipamiento, considerando además que San Juan de Lurigancho es uno de los distritos de mayor extensión territorial y concentración poblacional en Lima Metropolitana. Del mismo modo, el predio reúne las características físicas en cuanto a ubicación, topografía, además de contar con los servicios públicos necesarios para su funcionamiento; por lo tanto, cumple con las disposiciones específicas establecidas en la NTS N°119-MINSA/DGIEM-V.01. Cuenta con una ubicación estratégica, con acceso principal por la Avenida Próceres de la Independencia, vía arterial, que constituye uno de los ejes principales para articularse con Lima Centro, Norte y Sur a través de la Vía Evitamiento, además de interconectarse con el distrito a través de otras vías clasificadas como colectoras; otro de los accesos secundarios es el Jirón Los Zafiros, lo cual permitiría establecer accesos diferenciados de acuerdo a las funciones propias de la infraestructura de salud;
Que, estando a lo señalado en los considerandos que anteceden, en uso de las facultades previstas según Artículos 9 y 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, en su Dictamen N° 37-2022-MML-CMDUVN, de fecha 30 de junio de 2022; el Concejo Metropolitano de Lima, con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó lo siguiente:
ORDENANZA
QUE MODIFICA EL PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO APROBADO POR ORDENANZA N° 1081
Artículo 1. Aprobar la Modificación del Plano de Zonificación del distrito de San Juan de Lurigancho, aprobado mediante Ordenanza N° 1081, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 07 de octubre de 2007, de Comercio Vecinal (CV) y Comercio Zonal (CZ) a Hospital General Clínica (H3), de un área de 1,600.00 m², constituido por el Lote 06, 07, 08 de la Manzana G, ubicados con frente al Jirón Los Zafiros (antes Calle A) y el Lote Acumulado 09,10,11,20 y 21, de la Manzana G, con frente a la Av. Próceres de Independencia, de la Urbanización Las Flores 78, del distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, presentado por la Clínica Nuevo San Juan SAC, con RUC N° 20508790971, representada por la señora Sara Elena Rosado Silva, a través del Expediente Nº 2021-00176103 conforme al Anexo N° 1, que forma parte de la presente Ordenanza.
Artículo 2. Disponer que en las etapas siguientes de Licencia de Habilitación Urbana y Edificación del proyecto de remodelación y/o ampliación de la infraestructura, el propietario deberá cumplir con garantizar las condiciones óptimas de accesibilidad a través de bahías de ingreso y salida para taxis, zona de emergencia, área de estacionamiento al interior del lote o aquellas que establezca el Estudio de Impacto Vial a presentar en la etapa de edificación, que logre mitigar el impacto ocasionado por el tráfico vehicular.
Artículo 3. Encargar al Instituto Metropolitano de Planificación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorpore en el Plano de Zonificación del distrito de San Juan de Lurigancho, la modificación aprobada en el Artículo 1 de la presente Ordenanza.
Artículo 4. Notificar la presente Ordenanza a la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, a fin que se encargue de la respectiva notificación al administrado.
Artículo 5. Encargar, a la Secretaría General del Concejo, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, y a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación su publicación, incluido el Anexo N° 1, en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe), el mismo día de su publicación.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
MIGUEL EUGENIO ROMERO SOTELO
Alcalde
2090331-2